AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 977/2022
DI-2022-977-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2022
VISTO: El expediente EX-2022-79918895- -APN-DGA#ANSV del registro de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante
en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros.
19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos Reglamentarios
Nros. 779 del 20 de noviembre de 1995, 1.232 del 11 de septiembre de
2007 y 1.716 del 5 de noviembre de 2008, las resoluciones de la
Secretaría de Comercio Interior Nros. 129 del 7 de mayo de 2020 y 331
del 8 de abril de 2021, las Disposiciones ANSV Nros. 252 del 13 de
junio de 2019, 254 del 11 de junio de 2020, 263 del 8 de abril de 2022
y 899 del 25 de noviembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición ANSV N° 899/22, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL (ANSV) homologó y autorizó el uso, por parte del municipio de
Ituzaingó, provincia de Buenos Aires, de DOS (2) cinemómetros
controladores de velocidad de instalación fija marca ANCA, modelo NEO
REV 2 A, Nros. de serie 329 y 393, para ser utilizados en el Km 29
(sentidos ascendente y descendente, respectivamente) de la Ruta
Nacional N° 7 (Acceso Oeste); DOS (2) cinemómetros controladores de
velocidad de instalación fija, marca DYGOLD, modelo ENFORCER, Nros. de
serie 208 y 209, para ser utilizados en el Km 29 (sentidos ascendente y
descendente, respectivamente) de la Ruta Nacional 7 (Acceso Oeste), DOS
(2) cinemómetros controladores de velocidad de instalación fija marca
DYGOLD, modelo ENFORCER, Nros. de serie 210 y 211, para ser utilizados
en el Km 25 (sentido descendente) de la Ruta Nacional 7 (Acceso Oeste)
y UN (1) cinemómetro controlador de velocidad de instalación fija,
marca ANCA, modelo NEO REV 2 A, Nro. de serie 394, para ser utilizado
en el Km 25 (sentido descendente) de la Ruta Nacional N° 7 (Acceso
Oeste).
Que, debido a un error involuntario, en la Disposición referida se ha
consignado erróneamente el número de serie del equipo cinemómetro marca
ANCA, modelo NEO REV 2 A, que será utilizado en el kilómetro 29 sentido
ascendente, de la Ruta Nacional N° 7 (Acceso Oeste).
Que, consecuentemente, corresponde rectificar la disposición ANSV N°
899/22 con el fin de subsanar dicho error, indicando el número de serie
correcto.
Que el artículo 101 del Decreto N.° 1.759/72, (T.O por Decreto N.°
894/17), dispone que “…en cualquier momento podrán rectificarse los
errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la
enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión. En los
expedientes electrónicos se realizará mediante la subsanación de
errores materiales en el sistema de Gestión Documental Electrónica,
previa vinculación del acto administrativo que la autorice…”.
Que los efectos de la rectificación son retroactivos, considerándose el
acto corregido desde su nacimiento como si se lo hubiera emitido
correctamente.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL, la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención de su
competencia.
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 4° inciso ñ) y el artículo 7 inciso b) de la Ley N°
26.363 y concordantes del Decreto Reglamentario N° 1.716/2008.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el artículo 1° de la Disposición ANSV N°
DI-2022-899-APN-ANSV#MTR del 25 de noviembre de 2022, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1°.- Homológase y autorízase el uso por parte del municipio de
Ituzaingó, provincia de Buenos Aires, de DOS (2) cinemómetros
controladores de velocidad de instalación fija marca ANCA, modelo NEO
REV 2 A, Nros. de serie 392 y 393, para ser utilizados en el Km 29
(sentidos ascendente y descendente, respectivamente) de la Ruta
Nacional N° 7 (Acceso Oeste); DOS (2) cinemómetros controladores de
velocidad de instalación fija, marca DYGOLD, modelo ENFORCER, Nros. de
serie 208 y 209, para ser utilizados en el Km 29 (sentidos ascendente y
descendente, respectivamente) de la Ruta Nacional 7 (Acceso Oeste), DOS
(2) cinemómetros controladores de velocidad de instalación fija marca
DYGOLD, modelo ENFORCER, Nros. de serie 210 y 211, para ser utilizados
en el Km 25 (sentido descendente) de la Ruta Nacional 7 (Acceso Oeste)
y UN (1) cinemómetro controlador de velocidad de instalación fija,
marca ANCA, modelo NEO REV 2 A, Nro. de serie 394, para ser utilizado
en el Km 25 (sentido descendente) de la Ruta Nacional N° 7 (Acceso
Oeste).
ARTÍCULO 2°.- Ratifíquense todos los términos de la ANSV N°
DI-2022-899-APN-ANSV#MTR del 25 de noviembre de 2022, que no han sido
objeto de modificación por la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al municipio de ITUZAINGÓ, Provincia de
Buenos Aires, a la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a la COMISIÓN NACIONAL
DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, al CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL, a
GENDARMERÍA NACIONAL, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, a la
DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN y a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese en Boletín Oficial y, cumplido, archívese.
Pablo Julian Martinez Carignano
e. 27/12/2022 N° 105406/22 v. 27/12/2022