MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 12/2023
RESOL-2023-12-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2023
Visto el expediente EX-2022-104561271- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por Nación
Reaseguros Sociedad Anónima, actuante en el ámbito del Ministerio de
Economía.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de Nación Reaseguros Sociedad Anónima, actuante en el
ámbito del Ministerio de Economía, de acuerdo con el detalle obrante en
los anexos I (IF-2022-133967919-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2022-133967794-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de seis mil setecientos treinta y
seis millones doscientos cuatro mil doscientos treinta y ocho pesos ($
6.736.204.238) los ingresos de operación, y fíjanse en la suma de cinco
mil ochocientos sesenta y nueve millones ciento ochenta y seis mil
quinientos ochenta y ocho pesos ($ 5.869.186.588) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Ganancia de Operación) estimado en la suma de ochocientos sesenta y
siete millones diecisiete mil seiscientos cincuenta pesos ($
867.017.650), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2022-133967794-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de siete mil noventa y un millones
treinta y seis mil novecientos cincuenta y nueve pesos ($
7.091.036.959) los ingresos corrientes, y fíjanse en la suma de seis
mil ciento setenta y un millones quinientos noventa y cuatro mil
quinientos cincuenta y cinco pesos ($ 6.171.594.555) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (Ahorro) estimado en la suma de novecientos diecinueve
millones cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos cuatro pesos ($
919.442.404), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2022-133967794-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de dos millones trescientos treinta
y siete mil trescientos noventa y siete pesos ($ 2.337.397) los
recursos de capital, y fíjanse en la suma de seiscientos setenta y
cinco mil novecientos ochenta y cuatro pesos ($ 675.984) los gastos de
capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución, estímase el
Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2023 en la suma de
novecientos veintiún millones ciento tres mil ochocientos diecisiete
pesos ($ 921.103.817), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2022-133967794-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/01/2023 N° 1557/23 v. 13/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)