ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 120/2023
ACTA N° 1815
Expediente ENRE N° EX-2022-92976507-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 9 DE ENERO DE 2023
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación de la Capacidad de
Transporte de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE
DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) a requerimiento de ENERGÍA DE
CATAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (EC
SAPEM) consistente en UN (1) nuevo punto de conexión de 13,2 kV en la
Estación Transformadora (ET) La Paz.
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de esta resolución,
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio en su portal de internet, por el plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos y publicar por DOS (2) días consecutivos en un diario
de amplia difusión del lugar en donde se llevará a cabo la obra
proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, consignando que se
otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser
computados desde el día siguiente de la última publicación efectuada
para que, quién considere que la obra pueda afectarlo, en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee
su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso, en caso de que la oposición planteada sea
común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para
recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus
argumentos.
4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada
al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a
dictar un acto administrativo autorizando las obras y emitiendo el
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública correspondiente.
5.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que en el marco de lo dispuesto
mediante Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá
incorporar en el primer informe de avance que presente luego de
finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y
ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de
mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar
el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE N°
77/1998 en el perímetro de la ET La Paz.
6.- Notificar a TRANSNOA S.A., a EC SAPEM, al ENTE REGULADOR DE
SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES de CATAMARCA y a CAMMESA. 7.-
Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del
ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente administrativa, Secretaria del Directorio.
e. 13/01/2023 N° 1533/23 v. 13/01/2023