MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Disposición 1/2023
DI-2023-1-APN-SSPYME#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-133521988- -APN-DGD#MDP, los Decretos
Nros. 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, 945 de fecha 17 de
noviembre de 2017, 451 fecha 3 de agosto de 2022 y 480 de fecha 10 de
agosto de 2022, la Resolución N° 105 de fecha 14 de octubre de 2021 de
la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias, la
Disposición N° 56 de fecha 27 de diciembre de 2022 de la SUBSECRETARÍA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y el Contrato de
Préstamo BID Nº 3174/OC-AR de fecha 30 de septiembre de 2014 suscripto
por la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, se aprobó
el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1154 a celebrarse entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S
200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Competitividad de Economías Regionales” (PROCER).
Que el día 30 de septiembre de 2014, se celebró el Contrato de Préstamo
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), cuya Cláusula 3.03 de las “Estipulaciones Especiales” dispuso
que el Organismo Ejecutor debía constituir una Unidad Ejecutora Central
del Programa, siendo que por la Cláusula 4.02 del Anexo Único del
Contrato se estableció que la Unidad Ejecutora Central deberá contar
con UN (1) Coordinador General y UN (1) Coordinador de la Unidad
Ejecutora del Programa.
Que por el Artículo 2° del Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de
2017, se estableció que las funciones de coordinación y ejecución
técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo
multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación
público-privada, desarrolladas por las unidades ejecutoras técnicas o
por las áreas técnicas de unidades ejecutoras de programas, serían
llevadas a cabo por las Secretarías y Subsecretarías o áreas
equivalentes de carácter sustantivo de las Jurisdicciones y Entidades
comprendidas por el inciso a) del Artículo 8° de la Ley Nº 24.156 con
responsabilidad primaria en la materia de que se trate.
Que con fecha 21 de diciembre de 2018, se suscribió entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) un Contrato
Modificatorio del Contrato de Préstamo N° 3174/OC-AR en el que se
convino que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos
del préstamo otorgado por dicho Banco serán llevadas a cabo por el
Prestatario por intermedio del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a
través de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y
Especiales, dependiente de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del citado
ex Ministerio, que será denominado indistintamente Prestatario u
Organismo Ejecutor.
Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022 se
sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto
ordenado por Decreto N°438/1992 y sus modificatorios) determinando los
ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con
las responsabilidades que le son propias, estableciendo también sus
competencias.
Que, por el citado decreto, en sus Artículos 9° y 11, el entonces
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y todas sus dependencias fueron
transferidos al MINISTERIO DE ECONOMÍA siendo este su continuador a
todos los efectos.
Que por el Decreto N° 480 de fecha 10 de agosto de 2022, modificatorio
del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, se sustituyó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la
SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA dependiente de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, el de participar en la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional proveniente de otros países y
organismos internacionales, para el cumplimiento de los objetivos y
políticas del sector, en coordinación con las áreas con competencia en
la materia.
Que, de acuerdo a la Nota obrante en las presentes actuaciones como
NO-2022-99844402-APN-SIYDP#MEC de fecha 20 de septiembre de 2022 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, el Organismo Ejecutor
del Programa de Competitividad de Economías Regionales (PROCER) –
Contrato de Préstamo BID 3174/OC-AR será la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, a través
de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y la Dirección
General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la mencionada
Secretaría.
Que mediante la Resolución N° 105 de fecha 14 de octubre de 2021 de la
ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
entonces MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó el nuevo
Reglamento Operativo (IF-2021-90597100-APN-SSPYDRP#MDP) el que fue
posteriormente modificado mediante la Resolución N° 48 de fecha 1° de
junio de 2022.
Que a través de la Disposición N° 56 de fecha 27 de diciembre de 2022
de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, se aprobó la Convocatoria a la Presentación de Proyectos
PROCER – Programa de Competitividad de Economías Regionales – CENTROS
UNIVERSITARIOS PYME – CUP 2022– BID 3174/OC-AR.
Que, considerando la complejidad que implica la formulación de
Proyectos y a los fines de incrementar las posibilidades para formular
y presentar proyectos elegibles y con representatividad de todas las
Universidades estatales del Sistema Educativo Nacional resguardando los
principios de igualdad y transparencia en la convocatoria, se estima
necesario prorrogar hasta el día 15 de febrero de 2023 el plazo de la
Convocatoria abierta por medio de la Disposición N° 56 de fecha 27 de
diciembre de 2022 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1.518/14 y 480/22.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el día 15 de febrero de 2023 el plazo de
la Convocatoria estipulado en la Disposición N° 56 de fecha 27 de
diciembre de 2022 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA,
dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, para la presentación de proyectos para acceder
al financiamiento, a través de los componentes 1 y 2 del PROGRAMA DE
COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES (PROCER) Préstamo BID
3174/OC-AR, de la creación y/o el fortalecimiento de Centros
Universitarios Pymes (CUP) y, por su intermedio, el fomento de
actividades de asistencia técnica destinadas a fortalecer las
capacidades de las cadenas de valor que involucran a las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), la adquisición de equipamientos
y gastos asociados a su puesta en funcionamiento así como
eventualmente, el relevamiento, investigación y diagnóstico para la
formulación de un plan o planes estratégicos de desarrollo sectorial,
local y/o regional.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tomas Bernardo Canosa Argerich
e. 13/01/2023 N° 1556/23 v. 13/01/2023