MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 39/2023
RESOL-2023-39-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2023
VISTO el EX-2020-86777903- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744, (t.o.1.976), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/2 del RE-2020-86777178-APN-DGD#MT del expediente
de la referencia, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES, por
la parte sindical, y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan
conforme a lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio del acuerdo de marras, las partes convienen el
otorgamiento de un bono de fin de año, para los trabajadores que
prestan servicios como repositores en al ámbito del Área Metropolitana
del Gran Buenos Aires, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
244/94, conforme a los lineamientos allí consignados.
Que, con relación al carácter asignado a las sumas pactadas,
corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103
de la Ley N° 20744 (t.o. 1976).
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el objeto de la entidad empleadora
firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
Personería Gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL
BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa MONDELEZ ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en las páginas 1/2
del RE-2020-86777178-APN-DGD#MT del EX-2020-86777903- -APN-DGD#MT,
conforme a lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del
registro del instrumento identificado en el Artículo 1º de la presente
Resolución..
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 244/94.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/01/2023 N° 3583/23 v. 30/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)