Anexo I
LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA”
1. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
El PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA” procura
promover el Abordaje Integral y la accesibilidad territorial mediante
acciones y estrategias de remoción de obstáculos a programas, bienes y
recursos públicos en territorio y promoción de derechos destinadas a
personas, familias y comunidades en situación de vulnerabilidad social
y/o grave vulneración de derechos humanos, sociales, económicos y
culturales; y que por la gravedad de la situación, características de
la población atendida, y otras particularidades del caso no puedan ser
atendidas en forma inmediata por los recursos y programas públicos
ordinarios disponibles en el territorio.
Al tal fin, tiene por objeto garantizar un sistema de prestaciones que
permita, dentro de las funciones del Ministerio de Desarrollo Social y
su Secretaría de Abordaje Integral, asistir con elementos e insumos a
personas que deban ser atendidas con inmediatez por encontrarse en
situación de vulnerabilidad social o grave vulneración de sus derechos
básicos, sociales, económicos y culturales
Para ello procura promover en todo el territorio nacional el
fortalecimiento de las capacidades de los actores sociales para mejorar
la integralidad de las acciones comunitarias en materia de acceso a
políticas, programas y recursos destinados a personas en situación de
vulnerabilidad social, mediante acciones puntuales en el corto y
mediano plazo de asistencia directa a organismos estatales,
organizaciones sociales, referentes comunitarios, familias y ciudadanía
en general, acompañando las acciones que faciliten la accesibilidad
territorial, la integralidad de las políticas públicas y la remoción de
obstáculos en el territorio para el pleno ejercicio de sus derechos
sociales.
En última instancia el propósito del PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO
“ABRAZAR ARGENTINA” es concurrir a los esfuerzos de política social de
todos los niveles estaduales y los actores comunitarios, y entendiendo
que la articulación y corresponsabilidad de todas las áreas que
trabajan con la misma población es la mejor manera de efectivizar la
integralidad de políticas, programas y acciones públicas y de este modo
fortalecer la trama comunitaria de atención integral a personas en
situación de vulnerabilidad social, ante contingencias que requieren
refuerzos inaplazables de bienes y servicios indispensables para
superar condiciones críticas que afectan su calidad de vida.
2. ESTADO DE SITUACIÓN
El deterioro del entramado social que provocaron las políticas
neoliberales y de ajuste en los últimos años, y la complejidad adunada
por el fenómeno pandémico COVID-19, es un hecho incontrastable e
intensamente atendido por los dispositivos de este Ministerio de
Desarrollo Social. Estas Políticas Socioeconómicas de los últimos años
que provocaron mayor exclusión e inequidad generaron un notable aumento
de la pobreza, indigencia y demás indicadores fácilmente verificables
cuantitativamente de deterioro son de difícil reversión. Pero otros
efectos dañinos, como el debilitamiento de la capacidad estatal para
atender en forma efectiva a sus ciudadanos, son más complejas de
mensurar.
En función de esta realidad, una Política Pública con perspectiva de
derechos y orientada al bienestar general, todas las políticas -no sólo
las Sociales- procuran satisfacer las necesidades y derechos de sus
destinatarios, por ello las políticas y recursos en materias económica,
tributaria, fiscal, administrativa, de educación y salud concurren a
tal fin. En ese entendimiento, la especificidad de la política social
de nivel federal encuentra sentido en la mejor articulación y
coordinación de políticas públicas con los recursos y acciones de las
demás agencias públicas y herramientas de todos los niveles estaduales
y organizaciones sociales.
Por ello la integralidad deviene necesaria, y así entendida incluso las
mismas políticas, programas y acciones que antes podrían resultar
esfuerzos esporádicos, focales, parciales o paliativos, pueden ser
resignificadas para cumplir una finalidad integral.
Por su parte, la dimensión de la territorialidad implica el desafío de
llevar esas políticas, programas y acciones a un nivel de accesibilidad
con un estándar de universalidad equivalente en todo el país. Esto
implica necesariamente articular, coordinar y complementar los
esfuerzos de los gobiernos locales y actores en territorio.
Para eso se debe tener en cuenta que la intervención pública en un
estado social de derecho tiene por fundamento de legitimidad y
principios la legalidad, la accesibilidad, la consideración del
ciudadano como sujeto de derechos, la presencia efectiva, accesible y
corresponsable de un estado garante de los derechos, y la intervención
irrenunciable, inescindible, progresiva e irreversible.
Por esto, la consideración de los destinatarios como sujetos de derecho
y la evaluación del impacto en términos de reconocimiento, promoción y
restauración de derechos es el mejor fundamento de la intervención
estatal. Sin conciencia de las particularidades locales
-personalísimas, culturales o identitarias- no hay estrategias de
abordaje eficaces que hagan efectivos los derechos ni mejoren la
calidad de vida de manera sustentable.
Una política social en clave derechos, promueve un acceso universal y
efectivo a bienes y servicios públicos, evitando el doble estándar o la
mirada pobrista de las políticas sociales. Así entendida, una acción
estatal debe igualar en lo que tenemos derecho a ser iguales, y
reconocer en lo que tenemos derecho a ser diferentes.
Por estas razones, el abordaje territorial en clave integral, no sólo
apunta a responder ante las situaciones sociales imprevistas o
puntuales que presentan las comunidades, sino que también procura
morigerar los efectos de condiciones estructurales concurrentes como la
pobreza y la desigualdad.
A este respecto compete al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a través de
la SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL, la función de dirigir el análisis
de las realidades territoriales, estableciendo prioridades de
relevamiento de necesidades y diseñando las acciones a fin de
posibilitar su cumplimiento. Este trabajo requiere de la coordinación
con los distintos actores sociales para que la ejecución de las
políticas sociales redunde en una mayor optimización de recursos y en
mayor eficiencia en el logro de resultados.
A tal fin el Programa de Abordaje Comunitario “Abrazar Argentina”
pretende ser una herramienta idónea para complementar en forma puntual
e inmediata en casos de particular gravedad, y eventualmente en el
corto y mediano plazo, los esfuerzos de disponibilidad de bienes y
servicios de los actores en territorio que por las características de
la situación puedan ser optimizados con acciones y estrategias
acompañadas desde esta instancia.
3. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
La Autoridad de Aplicación del PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO
“ABRAZAR ARGENTINA” es la SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL, quien podrá
delegar implementación total o parcial a quien se designe a tal efecto.
4. OBJETIVO GENERAL
El PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA” tiene como objetivo general:
Promover el Abordaje Integral mediante acciones y estrategias de
accesibilidad y remoción de obstáculos a bienes, políticas, programas,
y recursos públicos en territorio mediante acciones y estrategias de
promoción y protección de derechos destinadas a personas, familias y
comunidades en situación de vulnerabilidad social y/o grave vulneración
de derechos humanos, sociales, económicos y culturales; y que por la
gravedad de la situación, características de la población atendida, y
otras particularidades del caso no puedan ser atendidas en forma
inmediata por los recursos y programas públicos disponibles en el
territorio.
5. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
El PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA” tiene por objetivos específicos:
5.1. Facilitar acciones comunitarias que permitan asistir en forma
directa con elementos e insumos a aquellas personas, familias y
comunidades en situación de vulnerabilidad social o vulneración de sus
derechos que deban ser atendidas con inmediatez.
5.2. Promover la acción articulada de los recursos destinados a la
población en situación de vulnerabilidad o vulneración de sus derechos
en territorio, mediante el acompañamiento a organismos estatales,
organizaciones sociales y actores sociales, para profundizar el
desarrollo comunitario, el alcance territorial y el impacto integral de
las políticas sociales.
5.3. Promover el desarrollo humano y la accesibilidad universal a
bienes, recursos y programas mediante actividades de promoción de
derechos, destinadas a la concientización, reconocimiento de derechos y
remoción de obstáculos para la accesibilidad, destinadas a personas,
grupos y comunidades vulneradas o vulnerables.
5.4. Propiciar la optimización del impacto favorable de la acciones de
los actores sociales locales, mediante la asistencia destinada a
promover el enfoque de derechos y la accesibilidad efectiva a bienes,
insumos y recursos públicos destinados a la población vulnerables
5.5. Proveer de recursos materiales indispensables para mitigar y
reducir las consecuencias de contingencias que en forma imprevista
impacten gravemente en la población más vulnerable.
5.6. Relevar las necesidades en el territorio, a fin de facilitar una
proyección, ejecución y evaluación de los recursos públicos y
capacidades comunitarias que tienda a la universalidad, articulación,
integralidad, accesibilidad que tienda una mejora en el impacto
favorable en la restauración promoción, protección y restauración de
derechos en los grupos o comunidades en situación de vulnerabilidad
social.
5.7. Fortalecer las capacidades de los actores sociales para prevenir y
planificar respuestas efectivas e inmediatas a fin de mitigar las
consecuencias desfavorables de las distintas situaciones críticas que
atraviesan los grupos vulnerables.
5.8. Favorecer prácticas de acompañamiento comunitario acordes a las
particularidades de vulnerabilidad social, etarias, de género,
culturales o rasgos particulares de las poblaciones, comunidades o
grupos vulnerables.
5.9. Generar acciones intersectoriales y de articulación con los
actores en territorio que aborden problemáticas sociales estructurales,
estacionales o recurrentes fortaleciendo la corresponsabilidad, la
universalidad y la accesibilidad de la acción territorial.
5.10. Mejorar la capacidad de proyección, implementación, evaluación y
de respuesta, de los actores sociales en territorio, promoviendo
acciones sensibles y acordes a las características de situación y
personas afectadas.
5.11. Fortalecer las capacidades de los actores en territorio mediante
el otorgamiento de subsidios económicos institucionales, destinados a
la compra y provisión de los elementos e insumos o servicios necesarios
para dar respuesta adecuada a cada situación de vulnerabilidad.
5.12. Promover la prevención y morigerar el impacto de situaciones
estructurales u ocurrentes de vulnerabilidad facilitando acciones de
sensibilización sobre los aspectos críticos o cuidados necesarios
acorde a las circunstancias y grupos de población alcanzada.
6. LÍNEAS DE ACCIÓN
La autoridad de aplicación podrá determinar, líneas de acción,
componentes programáticos, directrices o documentos de trabajo que
permitan evaluar la elegibilidad y prioridad de las acciones a
implementarse. Estos criterios pueden motivarse en indicadores
socioeconómicos, características de una población vulnerable
determinada, o criterios categoriales prioritarios en materia de
derechos humanos como la atención a niñas, niños y adolescentes,
protección de las violencias, géneros y diversidad y cualquier o otra
que permita abordar en forma más eficaz los objetivos del programa.
7.- MODALIDAD DE IMPLEMENTACIÓN
La modalidad de implementación será a través de la transferencia de
subsidios no reintegrables, de asistencia técnica por parte del equipo
del MDS y/o de la firma de convenios, de acuerdo a los requisitos
previstos en la presente, y demás procedimientos establecidos en la
Resolución MDS N° 2458/2004, según corresponda al tipo de proyecto o
actividad que se presente.
El organismo solicitante, remitirá nota de requerimiento a la autoridad
de aplicación, la que estará acompañada por tres presupuestos, por cada
elemento a adquirir y un proyecto breve con las cantidades y valores
individuales y totales de los insumos y/o elementos.
Cuando las particularidades del caso no hagan posible cumplir
parcialmente alguno de estos requisitos, deberán justificar por nota
dirigida la autoridad de aplicación el motivo de la imposibilidad. El
equipo técnico interviniente evaluará mediante informe la razonabilidad
de las circunstancias aludidas, indicando la forma de estimar el valor
de lo proyectado o salvar los obstáculos planteados según su criterio
técnico.
A este efecto son Acciones de Abordaje Integral aquellas iniciativas
que proponen mejorar la situación de la población destinataria en forma
inmediata con acciones de ejecución única, en corto plazo, en forma de
asistencia directa, o insumos necesarios para restaurar, promover
derechos o facilitar la accesibilidad a recursos y programas públicos
existentes.
Y se entiende por Estrategias de Abordaje Integral aquellos proyectos
de corto o mediano plazo que tienen por finalidad fortalecer las
capacidades y recursos de personas, familias y comunidades
destinatarias del programa en materia de acceso a políticas, programas
y recursos públicos y la promoción de derechos sociales, económicos y
culturales.
8. DESTINATARIOS
Serán destinatarios del PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR
ARGENTINA” las personas físicas, familias y comunidades que se
encuentren en situación de vulnerabilidad, a los que se alcanzará por
medio de los organismos gubernamentales y no gubernamentales con
personería jurídica y a las organizaciones sociales con base
territorial, conformadas de hecho o sin personería jurídica, referentes
comunitarios o personas que desarrollen proyectos socio comunitarios,
para atender a aquellas personas que se encuentren en situación de
vulnerabilidad social. Las organizaciones sociales con base
territorial, conformadas de hecho o sin personería jurídica aplicarán a
través de una persona humana que ejercerá la representación de la
agrupación.
9. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
9.1. Requerimientos para organismos gubernamentales, estados municipales y provinciales:
9.1.1. Nota de solicitud del subsidio suscrita por la máxima autoridad
del Organismo gubernamental solicitante dirigida a la Titular de la
SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL.
9.1.2. Proyecto social acompañado del cuadro de referencia presupuestario.
9.1.3. Acta de Asunción o decreto de designación de la autoridad solicitante del subsidio y DNI de la misma.
9.1.4. Constancia actualizada del CUIT de la entidad.
9.1.5. Constancia de apertura de Cuenta Bancaria Especial abierta en
sucursal en BANCOS adheridos al SISTEMA DE LA CUENTA ÚNICA DEL TESORO.
Esta cuenta deberá ser utilizada como receptora de recursos y pagadora
de acciones financiadas por el Gobierno Nacional, con destino al
organismo gubernamental beneficiario, de conformidad con las normas
vigentes que regulan la materia.
9.1.6. Nota solicitando la acreditación de fondos en la cuenta bancaria.
9.2. Requerimientos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:
9.2.1. Nota de solicitud del subsidio suscripta por la máxima autoridad
de la organización no gubernamental y dirigida a la Titular de la
SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL.
9.2.2. Proyecto social acompañado del cuadro de referencia presupuestario, acta constitutiva y estatuto social.
9.2.3. Acta de designación de autoridades vigentes y DNI de las autoridades.
9.2.4. Resolución de personería jurídica.
9.2.5. Constancia actualizada del CUIT de la entidad.
9.2.6. Acta de Comisión Directiva que autorice al Presidente a solicitar el subsidio.
9.2.7. Constancia de apertura y solicitud de Alta de Cuenta Corriente
Bancaria o Cuenta Corriente Especial en Banco público nacional,
provincial o privado, que estuviere habilitado y adherido al SISTEMA DE
LA CUENTA ÚNICA DEL TESORO para recibir fondos de subsidios nacionales
de conformidad con las normas vigentes que regulan la materia.
9.2.8. Nota solicitando la acreditación de los fondos en la cuenta bancaria.
9.3. Requerimientos para las
organizaciones sociales, conformadas de hecho o sin personería
jurídica, que solicitan el subsidio representadas por una persona
humana, deberán presentar:
9.3.1. Nota de solicitud del subsidio dirigida a la Titular de la SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL, con firma ológrafa.
9.3.2. Documentación de la persona que ejercerá la representación de la
organización: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).
9.3.3. Acta de asamblea de la organización donde conste el año de
inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI),
objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar
aval firmado sus miembros autorizando a la persona que ejercerá la
representación y gestión relacionadas administración, y rendición del
subsidio otorgado. La voluntad de asociarse por sus miembros
manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de
base, conformadas de hecho o sin personería jurídica, deberá ser
certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de
Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad
policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura
pública.
9.3.4. Declaración Jurada por parte de la/el representante de la
Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro
Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia
o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
9.3.5. Constancia de CBU de una cuenta bancaria con titularidad
compartida de al menos dos o más miembros de la asociación de base que
figuren en el acta de asamblea de la organización y formulario donde
consten sus datos personales y de contacto.
9.3.6. DOS (2) documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de
manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el
territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales,
provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar
firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución
que tiene a su cargo la temática motivo del aval.
9.3.7. Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la
organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que
acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro
documento que permita acreditar la existencia real e inserción
territorial del colectivo.
9.3.8. Formulario de Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro
Nacional. Las personas físicas, familias o referentes comunitarios
podrán solicitar su inclusión en el programa en las mismas condiciones
y cumpliendo los requisitos arriba indicados en cuanto corresponda. En
este caso el equipo técnico interviniente elaborará un informe que dé
cuenta de la necesidad, conveniencia e imposibilidad que hace
aconsejable dar curso a lo solicitado en esa situación.
Una vez analizada la propuesta y definida su viabilidad de acuerdo al
circuito administrativo pertinente, se procederá a la firma de un
convenio cuando se trate de organizaciones de la sociedad civil,
organizaciones de base, conformadas de hecho o sin personería jurídica,
organismos provinciales y/o municipales.
Las organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de base,
conformadas de hecho o sin personería jurídica, organismos provinciales
y municipales deberán presentar una rendición contable del subsidio
institucional no reintegrable otorgado, de acuerdo a lo establecido en
la Resolución 2458/2004 y un informe final que dé cuenta de los
aspectos relevantes en términos cuantitativos y cualitativos de las
actividades realizadas, incluyendo la cantidad de personas atendidas y
sus características específicas.
La autoridad de aplicación del Programa realizará un informe técnico
/social que convalide el efectivo cumplimiento del objeto social del
subsidio.
10. APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS
Para la aprobación de los Proyectos, se evaluará:
10.1. Que el objeto del Proyecto esté destinado a personas, familias o
comunidades que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y/o
vulneración de sus derechos básicos, económicos, sociales y culturales.
10.2. La consistencia y factibilidad del Proyecto y su eventual impacto social.
10.3. La relevancia del Proyecto como herramienta que fortalezca el
tejido social y promueva las iniciativas que permitan una mejora de la
situación inicial de la población en situación de vulnerabilidad y su
entramado comunitario.
10.4. El reconocimiento institucional de la Organización que presenta
el Proyecto, ya sea, a través de su personería, y/o su experiencia, y/o
de su capacidad de gestión en el marco de las actividades que
desarrolla.
10.5. La distribución equitativa de los proyectos.
La aprobación de los Proyectos estará a cargo de la Secretaría de
Abordaje Integral, previo informe técnico del equipo interviniente que
dé cuenta de la relevancia o impacto favorable de las acciones
propuestas, la pertinencia en relación a los objetivos del programa y
las funciones de la autoridad de aplicación, la idoneidad del
solicitante para llevar adelante lo proyectado y la suficiencia de los
recursos previstos en relación a los objetivos planteados.
11. FINANCIAMIENTO
El financiamiento podrá utilizarse en acciones que deriven del objeto del presente Programa, tales como:
11.1. Ejecución de proyectos socio-comunitarios;
11.2. Realización de talleres de formación y/o capacitaciones,
11.3. Realización de actividades socio comunitarias y barriales para la mejora y puesta en valor de espacios de uso comunitario;
11.4. Gastos correspondientes a la póliza de seguro de Accidentes Personales;
11.5. Gastos correspondientes a la póliza de seguro de Responsabilidad Civil;
11.6. Gastos inherentes al pago de los impuestos a los débitos y
créditos bancarios de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 25.413;
11.7. Serán asignados fondos para la atención de recursos humanos sólo
en los casos que resulten necesarios, a las organizaciones no
gubernamentales con personería jurídica y a las organizaciones sociales
con base territorial, conformadas de hecho o sin personería jurídica,
por el tiempo que resulte necesario en el marco de la implementación de
los objetivos del presente programa. La contraprestación por dichos
recursos no podrá ser superior al valor de dos (2) Salarios Mínimos,
Vitales y Móviles, por persona y por mes.
11.8. Acciones que surjan de la construcción colectiva mediante la
realización de diagnósticos participativos y abordajes territoriales
11.9. Financiamientos que permitan la formalización o fortalecimiento
de las organizaciones con la finalidad de que puedan ser sujetos
sustentables en la implementación de proyectos comunitarios.
11.10.Subsidios para la adquisición de los elementos contemplados en el punto 12.
12. COMPONENTE SUBSIDIOS
Con la finalidad de potenciar capacidades comunitarias mediante
refuerzos necesarios, a fin de mitigar las carestías apremiantes que
sufren los sectores vulnerables y en pos de mejorar las condiciones de
vida, con el convencimiento que los elementos y herramientas son
imprescindibles para cubrir las necesidades dinámicas de esos sectores
de la sociedad, la Secretaría de Abordaje Integral como autoridad de
aplicación será la encargada de evaluar la oportunidad y conveniencia
de dichos otorgamientos para cubrir los riesgos que van surgiendo en
situaciones de vulnerabilidad.
La Secretaría de Abordaje Integral podrá otorgar los subsidios para la
adquisición de elementos que resulten necesarios para brindar solución
a la demanda que origina la solicitud de subsidio.
Por lo expuesto, a modo orientativo, se establecen los elementos que pueden ser adquiridos.
El presente listado no es taxativo, pudiendo la Secretaría de Abordaje
Integral establecer la necesidad de adquisición de otros elementos que
resulten necesarios de atender conforme los objetivos del programa. A
saber:
-Agua
-Artefactos de calefacción
-Artefactos de refrigeración
-Artefactos e insumos de fumigación
-Calefón
-Calzado
-Camas
-Cocina
-Colchones
-Conservadoras
-Elementos de higiene personal
-Elementos de protección sanitaria
-Frazadas
-Garrafas
-Garrafas Zeppelín
-Heladeras
-Kits Infantiles
-Leña
-Pañales
-Purificador de agua
-Repelente
-Ropa
-Ropa Blanca (sábanas, toallas, toallones)
-Termómetros digitales
-Termotanque
-Utensilios de cocina
13.- PRESUPUESTO
Los gastos del Programa serán imputados al programa presupuestario 57.
14.- REFERENCIA GEOGRÁFICA
El Programa tendrá alcance nacional.
15.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
La autoridad de aplicación podrá especificar los criterios de
elegibilidad, indicadores de seguimiento y la evaluación de impacto del
programa y demás herramientas técnicas a fin de garantizar una
ejecución que maximice el alcance y efectividad de su objeto
programático.
16.- CONTROL Y AUDITORÍAS
El MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, tendrá por sí o por quien
determine, amplias facultades de supervisión y control de las
actividades, de las obligaciones asumidas y de la inversión de los
fondos de los convenios que se suscriban. Las tareas de supervisión y
control podrán ser efectuadas por el personal del MINISTERIO, o bien a
través de los organismos públicos, privados y/o de organizaciones de la
sociedad civil que éste determine.
A tales efectos, podrán tomar intervención la Unidad de Auditoría
Interna del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN y la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
La institución, organismo o persona conveniante deberá mantener a
disposición para su evaluación y verificación, los libros, registros,
facturas, comprobantes respaldatorios y demás información y
documentación relevante vinculada al proyecto por el plazo de DIEZ (10)
años.