MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 40/2023
DI-2023-40-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2023
VISTO el EX-2018-37261471- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546
(t.o.2.004) y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/5 del IF-2018-37268544-APN-DGD#MT del
EX-2018-37261471- -APN-DGD#MT obra el Acuerdo suscripto entre la UNION
TRANVIARIOS AUTOMOTOR, por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA
DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS, por la parte empleadora,
cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley
N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido acuerdo las partes pactan el pago de una suma
fija de carácter no remunerativo, conforme surge de los términos y
contenido del texto.
Que mediante el referido Acuerdo las partes complementan el acuerdo
paritario celebrado el 27 de julio de 2018, para el personal
correspondiente a Ios servicios de corta y media distancia de las
jurisdicciones del interior del país, incluidos los servicios que se
prestan en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, conforme los
detalles del texto convencional acordado.
Que en este sentido, el ámbito de aplicación del mentado instrumento se
circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de
representación de la parte empleadora, y los ámbitos personal y
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta, surgen de lo normado por Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION
TRANVIARIOS AUTOMOTOR, por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA
DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS, por la parte empleadora,
obrante en las páginas 3/5 del IF-2018-37268544-APN-DGD#MT, del
Expediente de Referencia, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaria de Gestión Documental. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del
registro del instrumento identificado en el Artículo 1° del Expediente
de Referencia.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado, y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/02/2023 N° 4180/23 v. 02/02/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)