ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 158/2023
Resolución RESOL-2023-158-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1821
Expediente ENRE N° EX-2022-84832627- -APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 1 de FEBRERO de 2023
El señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación de la Capacidad de
Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD
ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE
ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.),
consistente en la ampliación de DOS (2) salidas en 13,2 kV en la
Estación Transformadora (ET) Santiago Este, bajo jurisdicción de
TRANSNOA S.A.
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de esta resolución,
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio en su portal de Internet, por el plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos y publicar por DOS (2) días consecutivos en un diario
de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada
o en donde pueda afectar eléctricamente, consignando que se otorga un
plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde
el día siguiente de la última publicación efectuada para que, quien
considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones
eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición
fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública
para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y
exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada
al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a
dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la obra mencionada en el
artículo 1 de esta resolución.
5.- EDESE S.A. deberá incorporar en su proyecto las observaciones y
requerimientos técnicos presentados por TRANSNOA S.A. y CAMMESA a
efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino
de Interconexión (SADI).
6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental (SGA), deberá incorporar en el primer Informe de
Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría
Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a
fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos
Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex
SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la ET
Santiago Este.
7.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que las instalaciones involucradas
deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente en
materia de Seguridad Pública: a) Resolución ENRE Nº 400 de fecha 16 de
noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas); b)
Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones
Transformadoras) y; c) Resolución 620 de fecha de fecha 15 de diciembre
de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de
las Empresas Transportistas).
8.- Notificar a TRANSNOA S.A., a EDESE S.A., a CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE ENERGÍA SANTIAGO DEL ESTERO (ENRESE).
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello-.
Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.
e. 03/02/2023 N° 4889/23 v. 03/02/2023