MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 126/2023
RESOL-2023-126-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-13044429-APN-DGD#MC, la Ley N° 27.275 de
Acceso a la Información Pública, el Decreto N° 206 de fecha 27 de marzo
de 2017, la Resolución N° 674 de fecha 13 de mayo de 2022 del registro
del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública tiene por
objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la
información pública, promover la participación ciudadana y la
transparencia de la gestión pública.
Que el artículo 13 de la referida Ley establece que el sujeto requerido
sólo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto
fundado, si se verificara que la misma no existe y que no está obligado
legalmente a producirla o que está incluida dentro de alguna de las
excepciones previstas en el artículo 8° de la mencionada ley, y
prescribe que dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima
autoridad del organismo o entidad requerida.
Que mediante el Decreto N° 206/17 se aprobó, como Anexo I, la
reglamentación de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública.
Que por el artículo 13 del Anexo I del Decreto N° 206/17, se dispuso,
entre otros aspectos, que se entenderá como máxima autoridad a
Ministros o autoridad de igual rango y máxima autoridad de entes
autárquicos y/o descentralizados, entre otros, y se facultó a la máxima
autoridad a delegar la emisión del acto de denegatoria de información
en un funcionario cuyo cargo no sea inferior al de Director Nacional o
equivalente, según el sujeto obligado de que se trate.
Que mediante la Resolución M.C. N° 674/22 (RESOL-2022-674-APN-MC) se
designó al Dr. Sebastián BERARDI BOSANO (D.N.I. N°20.008.456), como
titular de la UNIDAD DE ENLACE DE INTEGRIDAD, que por la citada medida
se crea y como Responsable de Acceso a la Información Pública, en los
términos del artículo 30 de la Ley N° 27.275. Que, en ese marco,
resulta oportuno delegar la atribución conferida por el artículo 13 de
la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública en el titular de la
UNIDAD DE ENLACE DE INTEGRIDAD y Responsable de Acceso a la Información
Pública del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el artículo 13 de la Ley N°
27.275 de Acceso a la Información Pública y el artículo 13 del Anexo I
del Decreto N° 206/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Delegar en el titular de la UNIDAD DE ENLACE DE
INTEGRIDAD y Responsable de Acceso a la Información Pública del
MINISTERIO DE CULTURA, Dr. Sebastián BERARDI BOSANO (D.N.I.
N°20.008.456), la facultad para emitir el acto denegatorio de
información en el marco del artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a
la Información Pública.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución comenzará a regir a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese
Tristán Bauer
e. 14/02/2023 N° 7357/23 v. 14/02/2023