MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 132/2023
RESOL-2023-132-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2023
Visto el expediente EX-2023-01317228-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por
Construcción de Vivienda para la Armada Empresa del Estado, actuante en
el ámbito del Ministerio de Defensa.
Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el
Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023, de Construcción de Vivienda para la Armada Empresa del
Estado actuante en el ámbito del Ministerio de Defensa, de acuerdo con
el detalle obrante en los anexos I (IF-2023-06458009-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-06458037-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de setecientos ochenta y nueve
millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y siete
pesos ($ 789.763.657) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de
novecientos cuarenta y un millones trescientos cincuenta y dos mil
ochocientos noventa y seis pesos ($ 941.352.896) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Pérdida de Operación) estimado en la suma de ciento cincuenta y un
millones quinientos ochenta y nueve mil doscientos treinta y nueve
pesos ($ 151.589.239), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2023-06458037-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de novecientos cincuenta millones
doscientos sesenta y nueve mil quinientos ochenta pesos ($ 950.269.580)
los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de novecientos sesenta y
siete millones trescientos cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y
tres pesos ($ 967.356.863) los gastos corrientes, y como consecuencia
de ello apruébase el Resultado Económico (Desahorro) estimado en la
suma de diecisiete millones ochenta y siete mil doscientos ochenta y
tres pesos ($ 17.087.283), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2023-06458037-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de ciento diez millones novecientos
veinticinco mil ochocientos cuatro pesos ($ 110.925.804) los recursos
de capital y fíjanse en la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000)
los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2023, en
la suma de noventa y tres millones quinientos treinta y ocho mil
quinientos veintiún pesos ($ 93.538.521), de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del anexo II (IF-2023-06458037-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/02/2023 N° 8527/23 v. 17/02/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)