SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
Resolución 66/2023
RESOL-2023-66-APN-SEGEMAR#MEC
Ciudad del Libertador General San Martín, Buenos Aires, 16/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-03644503- -APN-SA#SEGEMAR, las Leyes
Nros. 25.164 Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y 355 de fecha 22 de
mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 970 de fecha 12 de octubre
de 2021 y sus modificatorias, las Resoluciones Nros. 48 de fecha 30 de
diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, 39 de fecha 18
de marzo 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, 146 de fecha 26 de
noviembre de 2021 y sus modificatorias, 53 de fecha 27 de mayo de 2021
ambas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, 227 de fecha 17 de diciembre de 2021, 20 de
fecha 17 de febrero de 2022 y 48 de fecha 13 de diciembre de 2022 del
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).
Que mediante el dictado de la Decisión Administrativa N° 970 de fecha
12 de octubre de 2021 y sus modificatorias, se aprobó el “Plan Integral
para el Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Organismos que
integran al Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICyT)
pertenecientes a la Administración Pública Nacional”, del que este
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO forma parte, incorporando y
asignando cargos vacantes a la planta permanente con el fin de proceder
a su cobertura, mediante los correspondientes procesos de selección de
personal.
Que por la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y sus modificatorias, se aprobó el “Reglamento de Selección
para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.
Que por la Resolución N° 146 de fecha 26 de noviembre de 2021 de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y sus modificatorias, se estableció la desconcentración de la
realización de los procesos de selección de personal, estableciendo que
serán organizados, convocados y coordinados en sus respectivos
organismos.
Que, en ese marco, por la Resolución N° 227 de fecha 17 de diciembre de
2021 del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
(RESOL-2021-227-APN-SEGEMAR#MDP), se dio inicio al proceso para la
cobertura de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y financiados de la
planta permanente correspondientes al Agrupamiento Científico-Técnico
del SEGEMAR, y se designaron los integrantes de los Comités de
Selección Nros. 1, 2, 3 y 4, la Coordinadora Concursal y su alterna,
conforme con lo establecido por el Artículo 14 del Anexo I a la
Resolución N° 39/2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, en consecuencia, por la Resolución N° 20 de fecha 17 de febrero de
2022 del SEGEMAR (RESOL-2022-20-APN-SEGEMAR#MDP), se aprobaron las
bases del concurso correspondientes al Comité de Selección N° 3 y se
procedió al llamado mediante Convocatoria Abierta para la cobertura de
VEINTICINCO (25) cargos vacantes y financiados correspondientes al
Agrupamiento Científico-Técnico de la planta permanente del SERVICIO
GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO.
Que los integrantes del Comité de Selección N° 3 han actuado en un todo
de acuerdo con el Decreto N° 2.098/2008 y con los procedimientos de
selección establecidos por la Resolución N° 39/2010 de la ex SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y sus
modificatorias.
Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 48 de fecha 13 de
diciembre de 2022 del SEGEMAR (RESOL-2022-48-APN-SEGEMAR#MEC), se
aprobaron las Órdenes de Mérito elevadas por el Comité de Selección N°
3, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I
(IF-2022-125615184-APN-SA#SEGEMAR), y se declararon desiertos los
cargos comprendidos en el Anexo II (IF-2022-125615224-APN-SA#SEGEMAR),
correspondientes al presente proceso.
Que mediante el IF-2023-19932955-APN-SA#SEGEMAR se indican aquellos agentes que forman e integran la presente medida.
Que por la Resolución N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS se dispuso que, previo a iniciar una designación en planta
permanente producto de la sustanciación de procesos de selección, se
deberá incluir en el expediente que la tramita, los informes de
dotación, incompatibilidad y Retiro Voluntario elaborados por las áreas
pertinentes de la mencionada Secretaría.
Que de conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 31
y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SI.N.E.P., homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus
modificatorios, se ha determinado la asignación del grado
correspondiente.
Que corresponde la aceptación de las renuncias condicionadas
presentadas por los y las agentes del SEGEMAR al contrato celebrado
bajo la modalidad del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, detallados en el Anexo
I (IF-2023-19938014-APN-SA#SEGEMAR), que forma parte de la presente
medida.
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde designar en la planta
permanente del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, a las personas que
se detallan en el Anexo II (IF-2023-19941926-APN-SA#SEGEMAR), que forma
parte integrante de la presente medida.
Que, así también, conforme lo normado por la Resolución N° 39/2010 de
la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y sus modificatorias, resulta propicio declarar desierto el
proceso de selección para los cargos mencionados en Anexo III
(IF-2023-19949525-APN-SA#SEGEMAR), que forma parte de la presente
medida.
Que el Artículo 2° del Decreto N° 859 de fecha 26 de septiembre de
2018, modificatorio del Artículo 3° del Decreto N° 355 de fecha 22 de
mayo de 2017, establece que “la designación del personal ingresante a
la planta permanente como asimismo la promoción del personal que
revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los
respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados
presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional
centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán
efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de
Gobierno, como así también serán competentes para disponer asignaciones
transitorias de funciones en sus respectivas Jurisdicciones. Dichos
actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial”.
Que mediante el Informe IF-2023-19844141-APN-DA#SEGEMAR, la titular del
Servicio Administrativo Financiero del SEGEMAR, ha certificado la
existencia de crédito presupuestario en el presente ejercicio, a fin de
efectivizar la medida en cuestión.
Que la Dirección de Administración, la Subdirección de Administración -
Área de Recursos Humanos- y la Asesoría Legal del SERVICIO GEOLÓGICO
MINERO ARGENTINO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA de la OFICINA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los Decretos Nros. 1.663 de fecha 27 de diciembre de
1996, 859 de fecha 26 de septiembre de 2018 modificatorio del Decreto
N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, 399 de fecha 23 de abril de 2020 y
la Resolución N° 53 de fecha 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por aceptadas las renuncias condicionadas de las
personas que se consignan en el Anexo I
(IF-2023-19938014-APN-SA#SEGEMAR) que forma parte de la presente
Resolución, a los contratos de prestación de servicios celebrados con
el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, en los términos del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto
Reglamentario N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución N°
48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus
modificatorias, las que se harán efectivas a partir de la toma de
posesión de los cargos, conforme lo dispuesto en el artículo siguiente.
ARTÍCULO 2°.- Desígnanse en la planta de personal permanente del
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a
las personas que se detallan en el Anexo II
(IF-2023-19941926-APN-SA#SEGEMAR) que forma parte del presente acto, en
los cargos, Niveles, Grados, Agrupamiento, Tramo y Suplementos que allí
se consignan, en el marco del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- Declárase desierto el Proceso de Selección para los
cargos comprendidos en el Anexo III (IF-2023-19949525-APN-SA#SEGEMAR),
que forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas
específicas del presupuesto vigente para el Ejercicio 2023 del SERVICIO
GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Osvaldo Zappettini
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/03/2023 N° 17901/23 v. 22/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)