MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 326/2023
RESOL-2023-326-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-22371940- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO
DE CULTURA DE LA NACIÓN Y LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº
CONVE-2022-75301991-APN-MC de fecha 21 de julio de 2022 y el CONVENIO
ESPECÍFICO Nº 1 AL CONVENIO MARCO (CONVE-2022-100351368-APN-SPC#MC) de
fecha 21 de septiembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE
CULTURA, entre otras acciones, las de “Dirigir políticas de
conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la
Nación (…) Promover políticas de integración e intercambio cultural
entre las jurisdicciones del país (…) mediante la formulación y
celebración de convenios nacionales (…) Intervenir en el ámbito de su
competencia en la promoción, organización y participación de
exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales,
espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e
internacionales, con criterio federal y en coordinación con los
organismos competentes (…) Producir y promover contenidos relacionados
con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de
todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de
diversidad social, de género, religiosos y étnicos” y “Ejecutar
políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad
cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la
identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular
garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción
cultural”.
Que a su vez, entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL de la citada Cartera, por el Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios, se encuentran los de “Fomentar la divulgación del
Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la
multiplicidad de vías existentes” y “Proponer y gestionar estrategias
para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar
su instrumentación, contribuyendo a la promoción de la cultura y la
formación ciudadana”.
Que, en tal aspecto, el 21 de julio de 2022 el MINISTERIO DE CULTURA y
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, celebraron el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN Nº
CONVE-2022-75301991-APN-MC, en virtud del cual ambas partes acordaron
llevar a cabo actividades de colaboración, cooperación, complementación
e intercambio, que abarcarán preferentemente estudios, proyectos de
investigación y tareas de asistencia en temas de interés común.
Que en línea con tales objetivos, se estima adecuado llevar adelante el
Programa “RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES. CONVOCATORIA
2023”, el cual tiene por objetivo la promoción de experiencias
interdisciplinarias entre artistas pertenecientes al campo de la
cultura y profesionales de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, así
como también la difusión de los reservorios naturales que conforman
dichos ámbitos.
Que el referido programa constituye una plataforma de producción e
investigación artística, integrando las diferentes prácticas artísticas
y la naturaleza de nuestro país, transformando a los y las artistas
participantes en actores activos y nexos entre la naturaleza y las
comunidades.
Que a través de este modo de residencia, se prevé facilitar la creación
de nuevos proyectos artísticos vinculados a la experiencia en el
territorio y con el valor agregado que otorga el intercambio entre
pares, actores culturales, educadores, divulgadores y profesionales de
la conservación del medio ambiente, en las áreas protegidas.
Que mediante el Programa “RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES.
CONVOCATORIA 2023”, se otorgarán DIECIOCHO (18) becas a los/las/les
participantes que resulten seleccionados/as/es, que consistirán en su
traslado sin cargo desde sitios ubicados hasta TREINTA KILÓMETROS (30)
de distancia de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, hasta los parques
nacionales SIERRA DE LAS QUIJADAS, Provincia de SAN LUIS; EL LEONCITO,
Provincia de SAN JUAN y MBURUCUYÁ, Provincia de CORRIENTES, y el
alojamiento sin cargo, con pensión completa durante toda la estancia,
así como los traslados complementarios necesarios para la realización
de las actividades que conforman el Proyecto.
Que, para la implementación de las becas, a través del CONVENIO
ESPECÍFICO Nº 1 AL CONVENIO MARCO (CONVE-2022-100351368-APN-SPC#MC)
celebrado el 21 de septiembre de 2022 entre el MINISTERIO DE CULTURA y
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, se estableció que la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES se compromete a: “Brindar hasta un
total de OCHO (8) plazas en cada uno de los Parques para alojar a los y
las participantes del programa ya sea en calidad de artista residente
como en calidad de personal operativo o de apoyo. Suministrar el
desayuno, almuerzo, merienda y cena para los y las participantes, ya
sea en forma de comida preparada o adquiriendo los alimentos necesarios
para su preparación (…) organizar actividades para los participantes
con el objetivo de que conozcan al área protegida, el trabajo que allí
se realiza y para que se vinculen con personal de la APN,
investigadores y comunidades de acuerdo con las posibilidades de cada
área”, en tanto que el MINISTERIO DE CULTURA se compromete a: “Abonar
todos los gastos de traslado de los participantes y tutores (…) Abonar
los gastos de contratación de tutores y acompañantes de los residentes.
Contratar las coberturas de riesgos de trabajo y de seguros de
accidentes personales, según corresponda, para los tutores y
residentes. Realizar el registro audiovisual de las actividades y
proceso de trabajo de los residentes …”.
Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, mediante Nota Nº
NO-2023-22011443-APN-DPE#APNAC de fecha 28 de febrero de 2023, ha
prestado conformidad a las Bases y Condiciones para el Programa
“RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES. CONVOCATORIA 2023”.
Que, entonces, resulta procedente aprobar el citado Programa y las Bases y Condiciones aplicables a él.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y por el artículo
1º, inciso g) del Decreto Nº 101/85.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la realización del Programa “RESIDENCIAS
ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES. CONVOCATORIA 2023”, de conformidad
con las Bases y Condiciones que, como ANEXO I
(IF-2023-31160941-APN-DNGP#MC), forman parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL, dependiente
de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, será la autoridad de
aplicación e interpretación de las bases y condiciones aprobadas en el
Artículo 1º y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter
operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/04/2023 N° 21580/23 v. 03/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)