MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 462/2023
RESOL-2023-462-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2023
VISTO el EX-2022-140070429-APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 23.546
(t.o. 2.004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/4 del RE-2022-140069261-APN-DGDYD#JGM del
Expediente de referencia, obra agregado el acuerdo suscripto por la
UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDyC), por la
parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO, por el
sector empleador, cuya homologación las partes solicitan conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del acuerdo referido las partes pactan cuestiones
referidas a la implementación de los Regímenes de Guardería y
Teletrabajo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 780/20,
conforme la vigencia y términos allí consignados.
Que corresponde aclarar que respecto de la renovación del plazo de
vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 780/20, deberá tenerse
presente lo establecido en la RESOL-2019-2711-APN-SECT#MPYT que
oportunamente homologara el mismo.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo encuentra
correspondencia entre el objeto de la representación empleadora
firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
Personería Gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDyC), por la parte
sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO, por el sector
empleador, obrante en las páginas 1/4 del
RE-2022-140069261-APN-DGDYD#JGM del EX-2022-140070429-APN-DGDYD#JGM,
conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 780/20.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/04/2023 N° 27404/23 v. 24/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)