MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 500/2023
RESOL-2023-500-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2023
Visto el expediente EX-2023-09492707- -APN-DGDA#MEC, y el artículo 5°
de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o
2014), y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 5° de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014) se determina que el Poder Ejecutivo Nacional, a
través del actual Ministerio de Economía, aprobará anualmente a través
del Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía, el Plan de
Acción y el Presupuesto de las Instituciones pertenecientes al Sistema
Bancario Oficial.
Que, en el segundo párrafo del artículo citado en el considerando
precedente, se establece que la Jefatura de Gabinete de Ministros
deberá comunicar al Honorable Congreso de la Nación las medidas por las
que se aprueben los Presupuesto y Planes de Acción dentro de los
treinta (30) días corridos contados a partir de su dictado.
Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida por la cual
se aprueba el Plan de Acción y Presupuesto pertenecientes al Banco de
la Nación Argentina, para el ejercicio 2023.
Que obra en el expediente señalado el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el
artículo 20 de la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones,
y el artículo 5° de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción para el ejercicio 2023 y
Presupuesto correspondientes al Banco de la Nación Argentina, Entes del
Sector Público Nacional Financiero actuante en el ámbito del Ministerio
de Economía, que como anexos I (IF-2023-43760904-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-18656179-APN-SSP#MEC), respectivamente, integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Nivel de Recursos afectados a la
financiación del Presupuesto del Banco de la Nación Argentina al que se
refiere el artículo 1° de esta resolución, de acuerdo con el detalle
obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que como anexo III
(IF-2023-18656240-APN-SSP#MEC), integra la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Directorio del Banco de la Nación Argentina
a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de
los gastos corrientes y de capital, sin exceder la suma total fijada en
las Planillas Anexas al artículo 1°, que como anexo II
(IF-2023-18656179-APN-SSP#MEC), integra esta medida.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros en
virtud de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/04/2023 N° 28796/23 v. 26/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)