MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 454/2023
RESOL-2023-454-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-140321396- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto N° 392 de fecha 17 de marzo de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias es función de este Ministerio
elaborar y promover políticas de participación institucional que
fortalezcan las identidades culturales de la Nación, entre otras.
Que en el estado actual de la legislación no se encuentra establecido
el marco normativo bajo el cual debería contratarse al Director/a y
Subdirector/a del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL.
Que resulta procedente y oportuno convocar a una selección de proyectos
para la Dirección y Subdirección del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL según las BASES Y CONDICIONES PARA LA
SELECCIÓN DEL PROYECTO DE TRABAJO que, como ANEXO I
(IF-2023-35316294-APN-DNEE#MC), forma parte integrante de la presente
medida.
Que la selección de los proyectos estará a cargo de UN (1) Comité de
Selección compuesto por DIEZ (10) Miembros el que tendrá como función
la evaluación y la elevación al titular del MINISTERIO DE CULTURA, a
través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES, del orden de
mérito de los candidatos.
Que, para todo ello, es necesario proceder a la designación de los
Miembros del Comité de Selección de Proyectos de trabajo para la
Dirección y Subdirección del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL, a las personas cuyos datos se detallan en el ANEXO III que,
como (IF-2023-35316412-APN-DNEE#MC), forma parte integrante de la
presente medida.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades delegadas
por el Decreto Nº 392/86 y las misiones y funciones previstas en la Ley
de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus
modificatorias).
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar y declarar abierta la Convocatoria a la SELECCIÓN
DEL PROYECTO DE TRABAJO para la Dirección y Subdirección del BALLET
FOLKLÓRICO NACIONAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS
ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar las BASES Y CONDICIONES para la SELECCIÓN DEL
PROYECTO DE TRABAJO de la Dirección y Subdirección del BALLET
FOLKLÓRICO NACIONAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS
ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL y la DESCRIPCIÓN DEL
PUESTO que, como ANEXO I (IF-2023-35316294-APN-DNEE#MC) y ANEXO II
(IF-2023-37112250-APN-DNEE#MC) - respectivamente, forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Crear UN (1) Comité de Selección el que estará compuesto
por DIEZ (10) Miembros, de conformidad a lo establecido en el Punto 6
de las BASES Y CONDICIONES, aprobado en el artículo 2° de la presente
medida.
ARTÍCULO 4°.- Designar como Miembros del Comité de SELECCIÓN DEL
PROYECTO DE TRABAJO de la Dirección y Subdirección del BALLET
FOLKLÓRICO NACIONAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS
ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, a las personas cuyos
datos se detallan en el ANEXO III que, como
(IF-2023-35316412-APN-DNEE#MC), forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 5°.- La difusión de la convocatoria se efectuará mediante su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL y en las páginas web del MINISTERIO
DE CULTURA. Se procurará, asimismo, realizar la más amplia difusión por
medios de prensa o cualquier otro procedimiento adecuado.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/04/2023 N° 29359/23 v. 27/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)