MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 167/2023
RESOL-2023-167-APN-SIYDP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2023
VISTO el Expediente N° EX-2021-72657206-APN-DGD#MDP, los Decretos Nros.
1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, 945 de fecha 17 de noviembre de
2017, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la
Resolución N° 105 de fecha 14 de octubre de 2021 y su modificatoria de
la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el Contrato de Préstamo
BID Nº 3174/OC-AR de fecha 30 de septiembre de 2014 suscripto por el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, se aprobó
el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR- L1154, celebrado entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S
200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Competitividad de Economías Regionales” (PROCER).
Que el día 30 de septiembre de 2014, se celebró el Contrato de Préstamo
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), cuya Cláusula 3.03 de las “Estipulaciones Especiales” dispuso
que el Organismo Ejecutor debía constituir una Unidad Ejecutora Central
del Programa, siendo que por la Cláusula 4.02 del Anexo Único del
Contrato se estableció que la Unidad Ejecutora Central deberá contar
con UN (1) Coordinador General y UN (1) Coordinador de la Unidad
Ejecutora del Programa.
Que mediante el Artículo 2° del Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre
de 2017, se estableció que las funciones de coordinación y ejecución
técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo
multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación
público-privada, desarrolladas por las unidades ejecutoras técnicas o
por las áreas técnicas de unidades ejecutoras de programas, serían
llevadas a cabo por las Secretarías y Subsecretarías o áreas
equivalentes de carácter sustantivo de las Jurisdicciones y Entidades
comprendidas por el inciso a) del Artículo 8° de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones con responsabilidad
primaria en la materia de que se trate.
Que el día 21 de diciembre de 2018, se suscribió entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) un Contrato
Modificatorio del Contrato de Préstamo N° 3.174/OC-AR en el que se
convino que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos
del préstamo otorgado por dicho Banco serán llevadas a cabo por el
Prestatario por intermedio del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a
través de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y
Especiales, dependiente de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del citado
ex Ministerio, que será denominado indistintamente Prestatario u
Organismo Ejecutor.
Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022, se
modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92), y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a
todos sus efectos del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, debiendo
considerarse modificado por tal denominación cada vez que se hace
referencia a la cartera ministerial citada en segundo término.
Que por el Decreto N° 480 de fecha 10 de agosto de 2022, modificatorio
del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO
PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el de participar en la gestión y
obtención de cooperación técnica y financiera internacional proveniente
de otros países y organismos internacionales, para el cumplimiento de
los objetivos y políticas del sector, en coordinación con las áreas con
competencia en la materia.
Que, de conformidad a lo establecido mediante Nota
NO-2022-99844402-APN-SIYDP#MEC de fecha 20 de septiembre de 2022 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, se estableció que el
Organismo Ejecutor del Programa de Competitividad de Economías
Regionales (PROCER) – Contrato de Préstamo BID 3174/OC-AR será la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, a través de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA,
y la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y
Especiales de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO de la mencionada Secretaría.
Que mediante la Resolución N° 105 de fecha 14 de octubre de 2021 de la
ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, se sustituyó
el anterior Reglamento Operativo, y por la Resolución N° 48 de fecha 1°
de junio de 2022 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
LOS EMPRENDEDORES se introdujeron modificaciones al mismo.
Que mediante la Nota NO-2023-29335172-APN-SAEYFI#MEC, emitida por la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de la Comunicación BCRA “A” 7667,
se solicitó la apertura de “Cuentas Especiales para Exportadores” y la
adecuación de los reglamentos operativos para los organismos ejecutores
de préstamos con financiamiento externo.
Que mediante la Nota NO-2023-34425879-APN-DGPYPSYE#MDP de fecha 29 de
marzo de 2023, la Dirección General de Programas y Proyectos
Sectoriales y Especiales de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, remitió al BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), la propuesta de modificación al
Reglamento Operativo del Programa para su No Objeción.
Que la nueva versión del Reglamento Operativo del Programa cuenta con
la No Objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) conforme la
Nota CSC/CAR-787/2023, de fecha 30 de marzo de 2023, obrante en el
Expediente de la referencia como IF-2023-46357449-APN-SSPYME#MEC.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los Decretos Nros. 1.518/14 y 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Reglamento Operativo del “Programa de
Competitividad de Economías Regionales”, aprobado mediante la
Resolución N° 105 de fecha 14 de octubre de 2021 de la ex SECRETARÍA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del ex MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, por el nuevo Reglamento
Operativo que como Anexo (IF-2023-46562376-APN-SSPYME#MEC) forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Jose Ignacio De Mendiguren
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/04/2023 N° 29476/23 v. 27/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)