MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 125/2023
RESOL-2023-125-APN-SGA#MS
Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2023
Visto, el expediente EX-2023-34923212-APN-SGA#MS, los Decretos Nros.
1023 del 13 de agosto de 2001, 434 del 1 de marzo de 2016, 1030 del 15
de septiembre de 2016, 50 del 19 de diciembre de 2019 y su
modificatorio 223 del 28 de marzo de 2021, la Decisión Administrativa
Nro. 891 del 12 de septiembre de 2022, la Resolución del MINISTERIO DE
SALUD Nro. 1159 del 28 de abril de 2021, las Resoluciones de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE SALUD Nro. 73
del 27 de mayo de 2021 y Nro. 246 del 30 de septiembre de 2021, la
Resolución Nro. 946 del 10 de junio de 2019 de la entonces Secretaría
de Gobierno de Salud del entonces Ministerio de Salud y Desarrollo
Social, la Disposición Nro. 62 del 27 de septiembre de 2016 de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1030/16 se aprueba la reglamentación del
Decreto delegado N° 1023/2001 sobre el Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, especificando en su capítulo segundo la
conformación y funciones de la Comisión de Recepción.
Que la Resolución N° 946/19 de la entonces Secretaría de Gobierno de
Salud del entonces Ministerio de Salud y Desarrollo Social establece la
obligatoriedad de la intervención de la Comisión de Recepción –con las
funciones, atribuciones, facultades y obligaciones establecidas por el
Decreto N° 1030/16– para todas las contrataciones y adquisiciones
financiadas con instituciones multilaterales de crédito que se
encuentran excluidas del referido decreto, a excepción de las
contrataciones por urgencia mediante fondo rotatorio o caja chica y las
que correspondan a cumplimiento de demandas judiciales.
Que, por la dinámica adquirida en la Administración Pública Nacional
con motivo de la transformación y modernización de sus organizaciones,
acaecida en estos últimos años, resulta pertinente diseñar
procedimientos que tiendan a la transparencia, eficiencia y
optimización en la administración de dichos bienes.
Que mediante Resolución Ministerial N° 1159/21 quedó oportunamente conformada la Comisión de Recepción Definitiva.
Que por Resolución Secretarial N° 246 de 2021 la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA aprobó el reglamento de la Comisión de Recepción
Definitiva del MINISTERIO DE SALUD.
Que por Decisión Administrativa N° 891/22 se estableció como
responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Desarrollar la gestión contable, económica, financiera y patrimonial de
la Jurisdicción, entre otras; y que esta, haciendo uso de sus
competencias recomendó a la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
revisar el alcance de la intervención de la Comisión de Recepción
Definitiva.
Que, por lo expuesto, haciendo uso de sus facultades y competencias,
esta SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA considera que la intervención
de dicha Comisión en todos los casos no resulta recomendable por
razones de economía, debido al gran número de operaciones que
involucran montos menores que no justifican el dispendio administrativo
que conlleva tal intervención.
Que por Decisión Administrativa N° 891 de 2022 se establece entre los
objetivos de la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de
esta SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, el de implementar acciones,
en el ámbito de su competencia, para optimizar y mejorar los procesos
administrativos y hacerlos más eficientes, en coordinación con las
áreas con competencia en la materia.
Que, asimismo, la referida Decisión Administrativa establece entre las
competencias de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA emitir opinión respecto
de los reglamentos y manuales de procedimientos y de sus
modificaciones, en forma previa a su aprobación, constatando que posean
instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.
Que la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN y UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA han tomado la intervención
de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en función de las facultades conferidas mediante Decreto N° 223/2021.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- “Sustitúyese el Artículo 1° del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN
DE RECEPCIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION aprobado por
Resolución Secretarial N°246 del 30 de septiembre de 2021, por el
siguiente:
ARTÍCULO 1.- El presente reglamento instrumenta las responsabilidades y
funciones de la Comisión de Recepción del Ministerio de Salud de la
Nación ante los procedimientos de compras y contrataciones del Régimen
de Contrataciones de la Administración Nacional establecidos en el
Decreto N°1023/2021, los adicionalmente descritos en la Resolución
N°946 de 2019 emitida por la entonces Secretaría de Gobierno de Salud
del entonces Ministerio de Salud y Desarrollo Social y ante las
donaciones de bienes recibidas por el Ministerio. Quedarán exceptuadas
de la intervención de la COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA aquellas
adquisiciones de bienes y servicios realizadas fuera de lo establecido
por el Decreto N°1023/2021 a las empresas y sociedades del Estado
descritas por el inciso b del artículo octavo de la Ley N° 24156/1992.
Quedarán también exceptuadas las compras de bienes y servicios cuyo
monto no supere los 30 módulos de compra de acuerdo con la Decisión
Administrativa N° 76/2023 y sus modificatorias.”
ARTÍCULO 2.-Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Mauricio Alberto Monsalvo
e. 16/05/2023 N° 35215/23 v. 16/05/2023