SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN,
OFICINA ANTICORRUPCIÓN,
AGENCIA DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
Y
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución Conjunta 1/2023
RESFC-2023-1-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2023
VISTO el Expediente N° EX-2021-21543782- -APN-OA#PTE del Registro de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorios, las Leyes Nros. 24.759, 25.233, 27.275, el Decreto N°
50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 592 del 14 de junio de 2021, y la Resolución Conjunta
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN N° 1 del 10 de junio de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 13 de la Ley N° 25.233 se crea la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN con el objeto de elaborar y coordinar programas de lucha
contra la corrupción en el Sector Público Nacional como autoridad de
aplicación de la Ley N° 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función
Pública.
Que el citado organismo tiene entre sus objetivos el diseño e
implementación de políticas, programas, instrumentos y acciones que
promuevan la integridad y la transparencia en la gestión pública, así
como también la asistencia técnica a los organismos que comprenden a la
Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorios, establece
que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN es el órgano rector del sistema
de control interno del Sector Público Nacional, el que se conforma con
distintos componentes y principios, entre otros la integridad y valores
éticos, como así también la evaluación de riesgo de fraude (conforme
Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN Nº 172 del 28 de
noviembre de 2014).
Que en tal sentido y con arreglo a lo establecido en el artículo 104,
incisos a) y e) de la ley aludida, se le encomienda supervisar el
funcionamiento de dicho sistema, y emitir y supervisar la aplicación de
normas de control interno.
Que la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA fue creada por la Ley
N° 27.275, la que tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del
derecho de acceso a la información pública, promover la participación
ciudadana y la transparencia de la gestión pública.
Que el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, ha incluido entre los objetivos de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS el de asistir en el diseño, desarrollo e implementación de
políticas públicas que fortalezcan la integridad en la función pública
y prevengan la corrupción, en coordinación con los organismos del
Estado Nacional con competencias en la materia.
Que dicha norma establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el de “desarrollar y
administrar instrumentos de seguimiento y análisis referidos a las
políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional en el
ámbito de la Administración Pública Nacional.”
Que al aprobar la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN por
Ley N° 24.759, nuestro país se comprometió a desarrollar acciones de
prevención y lucha contra la corrupción fortaleciendo la cooperación y
coordinación entre todos los organismos del Estado para la efectiva
implementación de la Convención y prestando a éstos la asistencia
técnica que con tal fin le requieran.
Que resulta de vital importancia la cooperación interinstitucional
especialmente entre los organismos mencionados para la instalación,
consolidación y/o ampliación de las acciones en materia de integridad y
transparencia.
Que la transversalización de la transparencia en la gestión pública
requiere de recursos y herramientas que faciliten el diseño e
implementación de la política preventiva en el ámbito jurisdiccional.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 592 del 31 de mayo de 2021
se creó la MESA NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA en la órbita de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS como ámbito de coordinación y articulación para el
desarrollo, implementación, seguimiento y evaluación de políticas
públicas de integridad y transparencia de los organismos comprendidos
en el artículo 8º de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorios.
Que se conforma la MESA NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA con los
y las titulares, y representantes alternos y alternas por ellos y ellas
designados y designadas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN,
organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; de la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA, ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en el estudio de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL
DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) sobre Integridad en Argentina (2019), se
recomendó extender y adoptar el uso de cuestionarios y guías de trabajo
para medir aspectos relevantes acerca del grado de adopción y
cumplimiento de las medidas, acciones y políticas de integridad en el
Sector Público Nacional. Que conforme la referida recomendación,
resulta indispensable contar con dicha información a los efectos de
construir una línea de base que permita eventualmente generar acciones
tendientes a fortalecer la cultura organizacional basada en los valores
de integridad y transparencia a lo largo y ancho del Estado Nacional.
Que, en el citado estudio, se sostuvo la importancia de desarrollar
políticas públicas basadas en evidencia confiable y relevante, elemento
central que contribuye en mejorar el diseño, la planificación, la
ejecución, el monitoreo y la evaluación de las políticas de integridad
pública bajo un enfoque estratégico.
Que mejorar el entorno de integridad requiere que, en cada organismo de
la Administración Pública Nacional y en cada Empresa con Participación
Estatal, se adopten medidas que faciliten la implementación de una
política integral de transparencia, contemplando su propia realidad
organizacional y los desafíos sectoriales.
Que la mediante la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN y la OFICINA ANTICORRUPCIÓN N°1 del 10 de junio de
2021 se aprobó la “ENCUESTA NACIONAL DE INTEGRIDAD”.
Que, en virtud de ello, se realizó la ENCUESTA NACIONAL DE INTEGRIDAD a
fin de contar con evidencia sobre la situación de las políticas de
integridad y transparencia brindando al Estado Nacional la capacidad de
prevenir riesgos y fortalecer capacidades de manera cohesiva e integral.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN instrumentó la ENCUESTA
NACIONAL DE INTEGRIDAD y una vez finalizada la tarea compartió los
datos recabados con los demás organismos firmantes de la presente
resolución, a fin de analizar y ponderar las respuestas obtenidas.
Que los organismos firmantes de la presente resolución elaboraron un
informe en base al procesamiento de los resultados de la ENCUESTA
NACIONAL DE INTEGRIDAD sobre el diseño institucional y políticas de
integridad de 146 organismos de la Administración Pública Nacional y 45
Empresas con Participación Estatal Mayoritaria.
Que la medida adoptada no implica erogación presupuestaria adicional
para el ESTADO NACIONAL.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdicciones
involucradas han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas el Decreto
N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN,
EL TITULAR DE LA OFICINA ANTICORRUPCIÓN,
LA DIRECTORA DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Y
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
RESUELVEN:
ARTICULO 1º.- Apruébase el INFORME DE PROCESAMIENTO: DISEÑO
INSTITUCIONAL Y POLÍTICAS DE INTEGRIDAD que, como Anexo I
IF-2022-140124588-APN-SGYEP#JGM, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente medida no implica erogación presupuestaria
alguna para el ESTADO NACIONAL.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Antonio Montero - Verónica María Gómez - Beatriz de Anchorena -
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/05/2023 N° 38336/23 v. 24/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Encuesta Nacional de Integridad
Primer informe de procesamiento: diseño institucional y políticas de
integridad
Documento
elaborado por la Mesa Nacional de Integridad y Transparencia
Introducción
La Encuesta Nacional de Integridad (ENdI), creada a través de la
Resolución
Conjunta 1/2021,
es una iniciativa que resulta del trabajo colaborativo desarrollado por
la Sindicatura General de la Nación (SiGeN), la Oficina Anticorrupción
(OA) y la Subsecretaría de Fortalecimiento Institucional de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público (SGyEP) en el marco de la
Mesa Nacional
de Integridad y Transparencia.
Su objetivo principal es relevar el grado de desarrollo e
implementación de políticas de integridad y transparencia en organismos
de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada y
en Empresas con Participación Estatal. Esta iniciativa desarrollada en
el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional tiene un carácter innovador y
sin experiencia equivalente en otros poderes del Estado Argentino.
La transversalización de la transparencia en la gestión pública
requiere no solo de lineamientos claros sobre lo que constituye una
política integral de transparencia sino también de un compromiso de los
distintos actores institucionales del Estado Nacional para garantizar
su implementación. Mejorar el entorno de integridad requiere que en
cada jurisdicción del Sector Público Nacional se adopten medidas que
faciliten la implementación de una política integral de transparencia,
contemplando su propia realidad organizacional y los desafíos
sectoriales.
Para ello, resulta crucial contar con un diagnóstico que permita
identificar el grado de desarrollo e implementación de políticas de
integridad y transparencia. Esta información reviste especial
relevancia para construir una línea de base que permita diseñar de
manera precisa acciones para fortalecer la cultura organizacional
basada en la integridad y transparencia en cada organismo público.
Este primer informe sistematiza las respuestas informadas por 146
organismos de la Administración Pública Nacional y 45 Empresas con
Participación Estatal Mayoritaria (EcPEs)
1. La información
aquí procesada se focaliza en dos dimensiones de la ENdI consideradas
clave para el desarrollo de las políticas de integridad y
transparencia: esto es, el diseño institucional y las políticas
generales de integridad. Cada dimensión presenta una serie de preguntas
que apuntan a mapear el cumplimiento de las obligaciones en materia de
integridad y transparencia como también aquellas acciones que
constituyen prácticas recomendables en cada jurisdicción.
De forma complementaria, proponemos analizar los datos recabados en
perspectiva con otras acciones que el Estado Nacional está llevando
adelante en función de fortalecer una cultura de integridad como es el
caso de la
Estrategia
Nacional de Integridad, la
Red de Áreas y
Enlaces de Integridad, la
Mesa Nacional
de Integridad y Transparencia, el
Programa
Nacional de Capacitaciones en Integridad y Transparencia,
entre otras. Así, se busca articular una mirada holística de los
distintos elementos que apuntan a configurar un Sistema Nacional de
Integridad transversal a todo el sector público nacional.
Este reporte será complementado con otros que desarrollaremos
oportunamente a medida que se analiza la información cuantitativa y
cualitativa recolectada. Esperamos, con este primer informe de
procesamiento, comenzar a dar cuenta del estado general de situación
como punto de partida desde el cual se desarrollarán acciones que
propendan a lograr mejores políticas de integridad y transparencia.
Metodología de trabajo
La metodología de la ENdI se basa en la implementación de un formulario
con un formato estructurado, que consta de preguntas con opciones
múltiples y preguntas abiertas que requieren, en determinados casos,
documentar las respuestas. Las preguntas constituyen un abanico de
acciones que abarcan una política comprensiva de integridad y
transparencia. Este amplio espectro de iniciativas comprende cuestiones
clave tanto para evaluar el desarrollo actual de políticas de
prevención y control, como para analizar caminos posibles hacia el
fortalecimiento de las capacidades estatales en la materia. En tal
sentido, la identificación de acciones no exploradas puede conformar
una guía de políticas a emprender en el futuro.
En este marco, la ENdI se desarrolla a partir de dos cuestionarios. Una
encuesta
específica para los organismos de la Administración Pública
Nacional centralizada y descentralizada; otra
encuesta
específica
para las Empresas con Participación Estatal. Cada cuestionario recepta
las particularidades sectoriales, la realidad organizacional y el
lenguaje propio de estos dos ámbitos, reflejado tanto en las
dimensiones como en las preguntas desarrolladas. Más allá de estas
particularidades, se buscó en la medida de lo posible homogeneizar las
variables consultadas a los fines de lograr un análisis comparado entre
ambos cuestionarios.
Las cuatro dimensiones del cuestionario dirigido a los organismos de la
Administración Pública Nacional son: diseño institucional; políticas de
integridad; información pública, transparencia activa y gobierno
abierto; políticas de integridad y transparencia en procesos de compras
y contrataciones. Este se estructura a partir de 59 preguntas -y sus
correspondientes subpreguntas- distribuidas en las dimensiones
mencionadas.
Las cinco dimensiones del cuestionario dirigido a las Empresas con
Participación Estatal son: gobierno corporativo; diseño institucional;
políticas generales de integridad; políticas de integridad, información
y transparencia; políticas de integridad y transparencia en proceso de
compras y contrataciones. Este se estructura a partir de 39 preguntas
-y sus correspondientes subpreguntas- distribuidas en las dimensiones
mencionadas.
La ENdI fue instrumentada por la Sindicatura General de la Nación
(SIGEN) a través de las Unidades de Auditoría Interna (UAIs) entre el
25 de julio y el 29 de agosto de 2021. Del universo total de 154
organismos de la administración pública nacional centralizada y
descentralizada, fueron 146 los que respondieron a la encuesta. Esto da
como resultado una tasa de respuesta de 95% para las jurisdicciones de
la administración pública nacional en esta primera edición de la ENdI.
Cabe aclarar que todos los 20 ministerios fueron encuestados en esta
etapa. Mientras tanto, de un universo total de 46 empresas con
participación estatal, fueron 45 las que respondieron al cuestionario.
La tasa de respuesta por parte de las empresas públicas fue entonces
del 98%.
Estos datos nos indican una alta tasa de respuesta de ambos
cuestionarios, más aún teniendo en cuenta que esta fue la primera
implementación de la ENdI. Una vez recolectadas las respuestas, se
sistematizaron los datos correspondientes a dos de las dimensiones
evaluadas y se elaboró este informe de procesamiento en el marco de la
Mesa Nacional de Integridad y Transparencia.
Análisis de las dimensiones diseño institucional y políticas de
integridad
Este primer informe de procesamiento se enfoca en dos de las
dimensiones, y sus correspondientes preguntas, relevadas por la
Encuesta Nacional de Integridad: diseño institucional y políticas
generales de integridad.
Ahora bien, ¿por qué realizar un análisis conjunto de estas dos
dimensiones? Porque ambas se retroalimentan, configurado aspectos
fundamentales a la hora de diagnosticar el grado de desarrollo de las
políticas de integridad y transparencia. Por un lado, mapear la
varianza del diseño institucional es clave para comprender la
capilaridad que adquieren las políticas de integridad. Apuntamos a
fortalecer esta capilaridad, considerada como un pilar del Sistema
Nacional de Integridad. Por otro lado, relevar el desarrollo de las
políticas en materia de integridad y transparencia permite diagnosticar
el nivel de cumplimiento de las obligaciones como también la
implementación de buenas prácticas. En síntesis, apuntamos a que este
reporte sea una primera foto sobre el estado de situación de las
políticas de integridad que oportunamente será complementado con otros
que desarrollaremos a medida que se analiza la información cuantitativa
y cualitativa recolectada.
Diseño
institucional
La dimensión
diseño institucional
apunta a relevar el nivel de fortalecimiento institucional y de
capacidades estatales en pos del diseño e implementación de las
políticas de integridad. Observar esta dimensión resulta clave para
avanzar en la transversalización de la transparencia y la integridad en
la gestión pública. A los fines del presente documento, esta dimensión
abarca los siguientes temas:
- Enlaces de integridad
- Áreas de integridad
- Responsable de Acceso a la Información
- Canales de denuncia y Línea Ética. En relación a este último punto,
vale aclarar que las preguntas correspondientes a este tema estaban
incluidas en otra sección de la encuesta pero decidimos incorporarlas
en esta dimensión en tanto comprendemos que el modo y las
características que adoptan los canales de denuncias dependen en gran
medida del diseño institucional sobre el que se apoyan.
A continuación se despliega el análisis de cada tema correspondiente a
esta dimensión.
Enlaces de integridad
A partir del Decreto 650/2019, se estableció la obligación de cada
jurisdicción de la Administración Pública Nacional centralizada y
descentralizada de contar con un
Enlace de
Integridad en el Ejercicio de la Función Pública.
El Enlace de Integridad es un funcionario, funcionaria o agente de cada
organismo cuya principal tarea es brindar asistencia en materia de
ética e integridad pública y promover el cumplimiento en el área donde
trabaja. El rol de las y los enlaces configura un elemento clave del
diseño institucional dado que son quienes promueven estrategias de
sensibilización y capacitación como también acompañan el cumplimiento
de las obligaciones y recomendaciones internacionales en la materia y
reportan a la OA sobre su nivel de avance. En este marco, la OA ha
impulsado la creación de la Red de Enlaces de Integridad a fin de
apoyar y dar seguimiento a los organismos del sector público nacional
en relación a las políticas de integridad y transparencia.
La ENdI recepta en sus cuestionarios la importancia de contar con
enlaces de integridad, relevando su designación formal en cada
jurisdicción. De acuerdo a la información analizada, 16 ministerios
(80%), 57 organismos públicos de la administración descentralizada
(45%) y 30 empresas con participación estatal (67%) designaron a su
enlace de integridad.
2
Áreas de integridad
Un aspecto clave para entender por qué se promueve la capilaridad de la
política de integridad mediante la creación de espacios específicos
sobre la materia se apoya en un reconocimiento: la existencia de
organismos centralizados y especializados en materia de integridad es
condición necesaria más no suficiente para la implementación de
políticas de integridad a lo largo y lo ancho del Estado Nacional. La
especialización de organismos rectores requiere y necesita de la
articulación de ese saber específico con las particularidades de la
realidad organizacional de cada jurisdicción. Por esto resulta clave
que en cada jurisdicción se monte un andamiaje institucional y se
adopten medidas que faciliten la implementación de una política
integral de transparencia, contemplando su propia realidad
organizacional y los desafíos sectoriales.
En organismos del Sector Público Nacional se han creado dependencias
especializadas en políticas de transparencia e integridad. Se entiende
por "áreas destinadas a la promoción y diseño de políticas de
integridad" a todo ámbito estatal específico que cuente formalmente con
las competencias para el desarrollo de este tipo de políticas donde
área, dirección, coordinación, unidad, comité, comisión, programa, plan
u otro ámbito institucional son entendidos como sinónimos. La varianza
institucional de estos espacios dependerá entonces de las
particularidades y desafíos sectoriales.
Desde diciembre de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional avanzó
sostenidamente en la promoción de la creación de áreas de transparencia
tras advertir el importante trabajo desarrollado por los y las enlaces
jurisdiccionales y por el impacto positivo que ello puede generar en la
jerarquización y en la capilaridad de las políticas de integridad.
De acuerdo al relevamiento realizado, 11 ministerios, 21 organismos de
la administración descentralizada y 31 de las empresas con
participación estatal cuentan con un área o espacio destinado a la
promoción y diseño de políticas de integridad. Cabe aclarar que los
ministerios que no tienen un área específica para el desarrollo de
políticas de integridad han designado esa responsabilidad en otra
dependencia del organismo. Más allá de esto, el Estado Nacional cuenta,
a la fecha de realización de la encuesta, con 63 áreas o espacios
especializados para fortalecer la transversalización de la
transparencia en la gestión pública.
Otro aspecto a analizar es la varianza institucional y el nivel de
jerarquización que estas áreas presentan en las distintas
jurisdicciones. Así, en la administración pública centralizada y
descentralizada se identifican 3 direcciones nacionales, 9 direcciones,
4 coordinaciones, 1 gerencia, 1 programa y otros 14 espacios
específicos para el diseño de acciones de integridad. En cambio, en las
empresas con participación estatal se relevaron 1 programa, 14 áreas
(dirección, gerencia, entre otros tipos), 5 comités y otros 11 espacios
específicos.
La dotación de recursos humanos de las áreas es otra variable
significativa a observar. Aquí encontramos algunas similitudes entre
las respuestas obtenidas en ambos cuestionarios. La respuesta más
frecuente de los organismos públicos y las empresas con participación
pública -15 y 16 respectivamente- se concentran en el segmento de 2 a 5
personas. Luego, en el segmento correspondiente a 1 persona por área,
fueron 7 los organismos de la administración pública que optaron por
esta opción mientras que 5 empresas públicas respondieron a este grupo.
En cambio, en el grupo correspondiente de 6 a 10 personas por área,
fueron 9 las empresas respondieron por esta opción mientras que 6
organismos públicos optaron por esta respuesta. Solo una empresa
pública respondió que su área está dotada por más de 11 personas,
mientras que fueron 4 organismos de la administración pública nacional
los que contestaron afirmativamente ante esta opción.

La capacidad presupuestaria también importa a la hora de evaluar el
diseño institucional. En cuanto a los organismos de la administración
pública centralizada y descentralizada, sólo dos respondieron que sus
áreas cuentan con partidas específicas y propias. Por otro lado, 11
empresas con participación estatal respondieron que sus áreas o
espacios de integridad tienen partidas presupuestarias asignadas.
A estos esfuerzos identificados deben sumarse las acciones que se
desarrollen desde la Estrategia Nacional de Integridad. La ENI contiene
y valora aquellas iniciativas que impulsan la creación de áreas y
espacios de integridad y transparencia para el diseño e implementación
de políticas públicas que atiendan a la realidad organizacional y
necesidades identificadas en el ámbito sectorial. A partir del trabajo
desarrollado en el marco de esta planificación 11 organismos se
comprometieron en la creación y el fortalecimiento de áreas como es el
caso del Ministerio de Turismo y Deportes, Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio del
Interior, SIGEN, INSSJP, INTI, INTA, SENASA, INAES, Comisión Nacional
de Valores, entre otros. En tanto la ENdI se desarrolló con
posterioridad a la presentación de los compromisos de la ENI, algunos
organismos reportaron en la encuesta como ya creado el espacio.
Responsable de acceso a la información
La Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública estableció que, en
calidad de sujetos obligados, todas las jurisdicciones del Sector
Público Nacional están obligadas a nombrar responsables de acceso a la
información. De acuerdo al artículo 31 de la ley, sus funciones están
principalmente vinculadas a la responsabilidad de tramitar las
solicitudes de acceso a la información como también a la promoción de
las políticas de transparencia activa en su ámbito de actuación.
Además, constituyen un punto de contacto entre el organismo obligado y
la Agencia de Acceso a la Información en pos de promover la
implementación de las disposiciones y obligaciones que la normativa
establece. Así, las y los responsables de acceso a la información
pública son una pieza clave del ecosistema de transparencia.
La ENdI recepta la obligatoriedad de contar con este punto de contacto,
relevando su designación formal en cada jurisdicción del Poder
Ejecutivo Nacional. De los 73 organismos de la administración pública
que respondieron a esta pregunta, 70 afirmaron que cuentan con un
responsable de acceso a la información en su jurisdicción. De acuerdo
con este relevamiento, son 16 ministerios y 54 organismos públicos de
la administración descentralizada los que han designado formalmente al
responsable.
3
El total de las empresas públicas encuestadas en la ENdI respondió a
esta pregunta, en donde 32 de ellas afirmaron que han designado a un
responsable de acceso a la información. Esto quiere decir que más de un
70% de estas organizaciones cuentan con un responsable designado
formalmente.
El diseño institucional previamente mencionado se complementa con el
sistema de administración financiera y de los sistemas de control del
Sector Público Nacional, regulado por la Ley 24.156 a través de la cual
se estableció que cada jurisdicción y entidad que dependan del Poder
Ejecutivo Nacional contará una Unidad de Auditoría Interna (UAI). Las
UAIs son parte integrante del sistema de control interno, dependen
jerárquicamente de la autoridad superior de cada organismo y actúan
coordinadas técnicamente por la Sindicatura General de la Nación.
Canal de denuncias
La creación de canales de denuncias es un curso de acción disponible
para el diseño institucional de organismos de la administración pública
y empresas con participación estatal. Estos mecanismos habilitan
espacios para canalizar la intención de particulares de comunicar a las
autoridades competentes del organismo la existencia de presuntos hechos
delictivos. El diseño de este mecanismo abarca una gran varianza y
contempla aspectos como la decisión sobre el área encargada de recibir
las denuncias y los procedimientos para hacerlo; la identificación del
área que se encargará de su análisis y resolución; los contenidos de
las denuncias admisibles, esto es, si contempla sólo presuntos delitos
de corrupción (cohecho, dádivas, soborno, negociaciones incompatibles,
entre otros delitos) o también faltas administrativas e irregularidades
(conflictos de interés, incompatibilidades, incumplimiento de deberes
en la función pública). Vale aclarar que en algunos casos la existencia
de estos canales contempla la posibilidad de realizar consultas sobre
cuestiones de integridad y ética pública, por lo que la naturaleza del
espacio adquiere otras características.
De acuerdo al relevamiento realizado, 57 organismos de la
administración centralizada y descentralizada y 35 empresas con
propiedad estatal cuentan con canales de denuncia.
Otro aspecto para considerar la varianza en el diseño de los canales de
denuncia lo constituye quiénes están habilitados a presentar denuncias
y de qué modo pueden hacerlo. Denunciante es la persona que conociendo
un presunto delito, falta administrativa o violación a la integridad
pública decide informar a una autoridad competente.
De los 57 organismos de la administración pública centralizada y
descentralizada, 27 informaron que pueden reportarse denuncias vía web,
46 por medio de correo electrónico, 17 por línea telefónica interna: 26
por línea telefónica externa y 43 personalmente. De los organismos
encuestados, 54 reciben denuncias identificadas, 41 reciben denuncias
anónimas y solo en 37 se permite hacerlo con identidad reservada. En 53
organismos, todos y todas las empleadas pueden realizar denuncias y
solo en el caso de 51 organismos pueden presentar denuncias terceras
partes.
En el caso de la información relevada en empresas con participación
estatal, pueden realizarse denuncias a través de la web en 30
entidades, por correo electrónico en 34 casos, por teléfono interno en
19 casos y en teléfono externo en 28 casos y personalmente en 24 de las
entidades encuestadas. Todas las empresas con canales de denuncias
reciben denuncias identificadas y anónimas pero solo en 30 se permite
hacerlo con identidad reservada. En 25 de esas 30 empresas los canales
de denuncia están abiertos a agentes externos y terceras partes,
mientras que en
las 5 restantes se encuentra solo disponible para empleados y empleadas
internas.
Como decíamos con anterioridad, una cuestión definitoria para el diseño
es el alcance del contenido de las denuncias. Un aspecto a contemplar
en este sentido es su alcance en relación al modo en el que se define
la integridad pública. Si ésta es definida de un modo enriquecido, es
decir, contemplado el respeto a derechos humanos y género resultará de
interés también contemplar la recepción de abusos de estas cuestiones y
el modo de tratamiento. En el caso de las líneas éticas de las empresas
con participación estatal, el contenido de las denuncias cubren
diferentes cuestiones:
En 24 organismos de la administración centralizada y descentralizada se
cuenta con un protocolo formalizado para el tratamiento de las
denuncias y en 16 organismos se ha desarrollado una política para
protección de denunciantes. De los organismos encuestados, 24 informan
difundir el canal de denuncias de la
Oficina
Anticorrupción.
Distintos organismos presentaron el diseño y fortalecimiento de canales
de denuncias como actividad parte de sus iniciativas en la Estrategia
Nacional de Integridad. En algunos casos, los organismos y empresas con
participación estatal apuntaron a consolidar el camino emprendido con
sus canales de denuncia y sus líneas éticas; en otros, se
comprometieron en avanzar en acciones como el diseño e implementación
de protocolos de recepción y gestión de denuncias y consultas o en el
diseño de mecanismos que garanticen la protección de las personas que
denuncien actos contrarios a la integridad y la transparencia.
En relación a los organismos que desarrollarán y fortalecerán sus
canales de denuncias en el marco de la ENI, 17 organismos y empresas
trabajarán en esta líneas de acuerdo a los compromisos asumidos:
Políticas de integridad
La dimensión
política de integridad
apunta a relevar el grado de
desarrollo e implementación de las políticas de integridad y
transparencia. Esta variable permite mapear el nivel de cumplimiento de
las obligaciones como también relevar buenas prácticas en materia de
integridad. A los fines del presente informe, esta dimensión abarca los
siguientes temas:
- Prevención de conflictos de intereses
- Declaraciones juradas patrimoniales
- Capacitaciones, sensibilización y difusión
- Programas de integridad
- Código de Ética
- Gobierno corporativo en Empresas con Participación Estatal
- Mapas de riesgo de integridad
- Registro de Audiencias de Gestión de Intereses
- Registro de Obsequios y Viajes
A continuación se despliega el análisis de cada tema correspondiente a
esta dimensión.
Conflictos de intereses
La Ley 25.188 de Ética en la Función Pública y el Código de Ética en la
Función Pública establecen que existe un conflicto de intereses cuando
concurren los intereses particulares de una o un funcionario
(personales, laborales, económicos, profesionales, etc.) con el interés
público que desde su función debe tutelar. A efectos de preservar la
imparcialidad y de prevenir la posible comisión de delitos, se prohíbe
específicamente la configuración de determinadas situaciones y
se imponen ciertos deberes para garantizar la integridad de la gestión
(renuncia, abstención y publicidad de los intereses, entre otros). Dada
la intensidad de las relaciones entre el sector público y los sectores
privados en general y empresariales en particular, los conflictos de
intereses cobran vital importancia a la hora de pensar acciones de
integridad y transparencia. Es así que el régimen de conflicto de
intereses es una herramienta clave de toda política preventiva en tanto
permite asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos
asignados a funcionarias y funcionarios en el desempeño de sus cargos,
a los fines de preservar la confianza en la integridad de dichas
personas y en la gestión pública.
Resultó de interés para la ENdI relevar en cada organismo sobre la
existencia de iniciativas específicas destinadas a velar por el
cumplimiento de la normativa vigente sobre el régimen de conflictos de
intereses. En ese sentido, de la ENdI se advierte que son 60 los
organismos de la APN que implementan sistemas para la identificación y
prevención de conflictos de intereses.
Respecto de la implementación y utilización de mecanismos y
herramientas de evaluación de la integridad y la trayectoria de
terceros vinculados, así como de cierto personal clave, 50 organismos
de la APN central y descentralizada se manifestaron de manera
afirmativa. En el caso de las empresas con participación estatal, del
relevamiento se desprende que son 16 las entidades que han implementado
y utilizan estos mecanismos, respecto de sus socios de negocios o
terceros.
Resulta importante destacar que 4 organismos de la APN que respondieron
afirmativamente refieren al Dto. 202/17 como el mecanismo de evaluación
de integridad y trayectoria de terceros, mientras que el resto refiere
a normativa externa e interna, otros procesos y DDJJs propias,
procedimientos de análisis de antecedentes en general, entre otros.
Cuando se consultó sobre las personas alcanzadas por este tipo de
controles, con mayor frecuencia se mencionó a proveedores,
contratistas, prestadores de servicios y a integrantes clave de cada
entidad.
Además de las acciones que la encuesta relevó deben sumarse aquellas
actividades comprometidas en la Estrategia Nacional de Integridad. La
ENI valora las iniciativas que apunten a fortalecer los mecanismos y
sistemas de gestión de conflictos de intereses así como también a
analizar y gestionar los fenómenos de captura de la decisión pública
por parte de intereses privados o sectoriales. En este marco, cabe
mencionar que se presentaron 13 actividades para mejorar los niveles de
integridad en materia de gestión de conflictos de intereses. Este es el
caso del
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, Ministerio de Salud,
Ministerio de Transporte, Ministerio del Interior, Aerolíneas
Argentinas, ANSV, BNA, CNV, INSSJP, INTA, entre otros. Vale aclarar que
en tanto la ENdI se desarrolló con posterioridad a la presentación de
los compromisos de la ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta
como ya implementado su mecanismo.
En un sentido similar, a efectos de prevenir los procesos de captura de
la decisión pública, dentro de las iniciativas propuestas por Jefatura
de Gabinete de Ministros se incluye una actividad para el diseño de una
metodología sobre la identificación de riesgos de captura de la
decisión pública, y herramientas para mitigarlos.
Por último, merece destacarse el
Sistema de
Monitoreo de Actividades
Privadas Anteriores y Posteriores al Ejercicio de la Función Pública
impulsado por la OA. El objetivo de esta acción es la construcción de
un registro para el cotejo y verificación del cumplimiento de las
normas de ética pública relacionadas con las actividades privadas
anteriores y posteriores a la función pública en el Poder Ejecutivo
Nacional. El registro será de acceso público de manera tal de generar
una herramienta de transparencia activa para el monitoreo ciudadano del
pre y post empleo.
Declaraciones juradas patrimoniales
La Ley 25.188 de Ética en la Función Pública, en su capítulo III,
establece además la obligación de las y los funcionarios públicos de
presentar una Declaración Jurada Patrimonial (DDJJ) en tres
oportunidades. Una inicial, con motivo del alta en el cargo o función,
dentro de los treinta días hábiles posteriores al inicio de
actividades. Una anual, como actualización de la información antes
presentada. Una última de baja dentro de los treinta días hábiles
posteriores a la fecha de cese en el cargo o función. Este régimen
integral de declaraciones juradas es una pieza fundamental de toda
política preventiva en tanto permite detectar y prevenir situaciones de
conflicto entre el interés público y los intereses privados,
personales, profesionales, comerciales o financieros de quienes
desempeñan funciones públicas, así como también alertar sobre posibles
casos de enriquecimiento ilícito.
La Oficina Anticorrupción es el organismo encargado de llevar el
registro, evaluar y controlar el contenido de este sistema integral de
declaraciones juradas. Las DDJJ son de carácter público, de libre
accesibilidad y pueden ser consultadas irrestrictamente por toda
persona interesada en forma gratuita a través de su
página web.
A su
vez, se publica la información consolidada en formato abierto y libre
en el Portal Nacional de Datos Públicos. La OA además publica en su
página web
el listado de funcionarios cumplidores e incumplidores de la
obligación de presentación de las declaraciones juradas patrimoniales
integrales.
La ENdI advierte la relevancia de un efectivo cumplimiento tanto de la
presentación como del control de las DDJJ para fortalecer la estrategia
preventiva del Poder Ejecutivo Nacional. Así, ambos cuestionarios
abordaron la pregunta sobre las acciones realizadas por las
jurisdicciones en pos de garantizar esta presentación y control. De
acuerdo a los datos obtenidos, el 99% de los organismos de la
administración pública centralizada y descentralizada respondieron que
realizan acciones para garantizar la obligación de las presentaciones
de DDJJ iniciales, anuales y finales ante la OA. Vale aclarar que en
este universo son sujetos obligados a presentar sus DDJJ todas y todos
aquellos funcionarios comprendidos en el artículo 5° de la Ley 25.188.
En relación a la información relevada sobre las empresas con
participación estatal, 43 de las 45 que respondieron la pregunta --
esto es, un 96% -- contestaron que realizan un control de las
presentaciones de las DDJJ anuales.
En este universo, las respuestas de las empresas públicas varían cuando
se consulta quiénes son los sujetos obligados a presentar sus DDJJ
anuales. Al respecto, 41 de las empresas respondieron que son sus
directores y directoras quienes están sujetos a la obligación de
presentar sus DDJJ anuales. Además, 32 fueron las organizaciones
contestaron que está obligación también recae sobre sus gerentes y
gerentas. Asimismo, 23 de las empresas afirmaron que quienes tengan por
función administrar el patrimonio de la entidad están sujetos a esta
obligación. Mientras tanto, 22 empresas afirman que son las y los
funcionarios o empleados que integren comisiones de adjudicación de
licitaciones, de compras o de recepciones de bienes, o que participen
en la toma de decisiones de licitaciones o compras se encuadran en la
obligación de presentar DDJJ anuales. Por último, 18 entidades
respondieron que son los funcionarios y funcionarias o empleados con
categoría o función no inferior a la de director o equivalente quienes
se encuentran sujetos a esta obligación.
A estos alentadores datos merecen sumarse las acciones de
fortalecimiento de los sistemas integrales de declaraciones juradas que
se desarrollarán en el marco de la
Estrategia Nacional de Integridad. La ENI valora aquellas acciones que
apunten a mejorar los niveles de integridad en la gestión y control de
las declaraciones juradas. Cabe mencionar entonces que en la ENI se
proponen 4 actividades en pos de fortalecer estos mecanismos. En tanto
la ENdI se desarrolló con posterioridad a la presentación de los
compromisos de la ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta
como ya implementada su acción.
Capacitaciones y sensibilización
La realización de actividades formativas tiene una Importancia crucial
para el desarrollo de integridad en organismos y entidades. Las
capacitaciones y acciones de sensibilización permiten instalar mensajes
acerca de la importancia de la agenda de integridad y transparencia y
contribuir al desarrollo de capacidades estatales que permitan hacer
realidad las políticas proyectadas en la materia.
De acuerdo al relevamiento desarrollado, 74 organismos de la
administración pública nacional informan el desarrollo de
capacitaciones. En el caso de las empresas con participación estatal,
29 informaron realizar actividades formativas.
Un aspecto de relevancia para conocer el modo en que se desarrollan las
capacitaciones es el público al cual han estado dirigidas. Al respecto,
la ENdI arroja los siguientes datos:
Otro dato interesante es quienes están encargados del dictado de las
actividades formativas. En el análisis comparado de los dos universos,
puede notarse que la referencia a organismos rectores tiene mayor
prevalencia en organismos de la administración pública nacional que en
las empresas con participación estatal.
Si se analizan de manera comparada las actividades formativas en
organismos de la administración pública nacional y empresas, se verá
que en los primeros predominan las capacitaciones sobre integridad y
ética pública mientras que en las segundas no hay algún tema que se
destaque especialmente, sino que la distribución de temáticas resulta
más equitativa.
En relación a la periodicidad, los organismos de la administración
pública nacional que desarrollan actividades formativas informan que
las realizan de manera anual en 38 de los casos, dos veces al año en 4
organismos mientras que 38 informan realizar tres o más actividades por
año. Las empresas con propiedad estatal informan que realizan una
actividad al año en 22 casos, dos veces al año en 3 casos y tres veces
al año o más en 4 entidades.
La Estrategia Nacional de Integridad contiene y valora aquellas
iniciativas que impulsan el desarrollo de programas de capacitación que
acompañen a funcionarias y funcionarias en el diseño e implementación
de políticas públicas y atiendan a la realidad organizacional y
necesidades identificadas en el ámbito sectorial. La ENI incorpora 62
de actividades de organismos comprometidos en actividades de
sensibilización, capacitación y formación, este es el caso del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de
Desarrollo Social, el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Mujeres, Género y
Diversidad, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Turismo y
Deportes, Ministerio de Agricultura, Pesca y Ganadería,
Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), IGJ, ANSES, AySA, entre
otros.
Vale aclarar que aquellos organismos que apostaron por la creación o
fortalecimiento de programas de integridad en el marco de la ENI han
contemplado el desarrollo de actividades de capacitación como aspecto
clave de generación de capacidades estatales. También se destacan
iniciativas como la de la Oficina Anticorrupción y de la Secretaría de
Gestión y Empleo Público que buscan avanzar en la creación de programas
integrales que habiliten la planificación e implementación de
actividades de capacitaciones y otras acciones formativas.
En relación a este punto, la Oficina Anticorrupción ha creado el
Programa Nacional de Capacitaciones en Integridad y Transparencia
mediante la
Resolución 17/21.
Como órgano rector en materia de ética
pública, la OA creó el programa para promover acciones de capacitación,
formación y sensibilización en materia de integridad y transparencia en
la Administración Pública Nacional y el desarrollo de actividades en
provincias y municipios.
Programa de integridad
La existencia de un Programa de Integridad en un organismo público es
una herramienta valiosa que tiende a ordenar el desarrollo de
actividades específicas y a facilitar la transversalización de una
política integral de transparencia. En la ENdI se indaga sobre esta
materia, consultando a los organismos sobre toda normativa interna que
establezca objetivos, metas y líneas de acción específicas en materia
de integridad y transparencia. Los programas de integridad brindan
herramientas concretas para la gestión, desde la asistencia técnica
transversal a otras áreas de cada organismo, a la promoción de una
cultura de integridad que busque prevenir irregularidades. El aumento
de programas de integridad en los años recientes demuestra una mayor
jerarquización de la agenda de transparencia en el Sector Público y
resulta un aspecto clave para garantizar la capilaridad de las
políticas de integridad.
Vale aclarar que la práctica del desarrollo de programas de integridad
tuvo su recorrido inicial en el sector privado y son estas experiencias
las que han ido influyendo en el desarrollo de programas en el sector
público. Esta aclaración resulta de interés porque la idea de
"programa" debe ser analizada en función de su polisemia. En el sector
público la idea de programa refiere a la existencia de una línea de
trabajo formalizada en términos de diseño institucional. En el sector
privado, en cambio, refiere a un conjunto diverso de acciones y diseños
implementados, en este caso, para el desarrollo de integridad en su
ámbito. En la práctica, este carácter polisémico explica la varianza en
relación a las experiencias de programas de integridad en organismos
públicos y empresas con participación estatal. En la ENdI, 36
organismos de la administración centralizada y descentralizada
manifiestan haber desarrollado un programa o plan de Integridad.
En paralelo, en la ENI, se presentaron unas 34 iniciativas para la
creación de programas de integridad, lo cual resulta un importante paso
para la planificación y posterior implementación de un conjunto de
actividades asociadas a los mismos (desarrollo de acciones formativas,
códigos de ética, protocolos de trabajo, diseño de canales éticos,
etc.). Vale recalcar que incluso entre aquellos que ya poseen un
programa de integridad en marcha, varios se comprometieron a
profundizar ese camino a través de un fortalecimiento institucional
(Aerolíneas Argentinas, Belgrano Cargas y Logística, AySA e Intercargo,
entre otros).
Código de ética
Otra de las iniciativas que resultan prioritarias para el desarrollo de
políticas públicas de integridad y transparencia es la elaboración y
armonización de los códigos de ética. Este tipo de actividad forma
parte del set de herramientas con la cual los organismos cuentan para
impulsar una política preventiva y para construir entornos de
integridad.
En términos generales, un código de ética de un organismo establece un
marco común de conductas deseables asociadas a sus valores y
principios, así como otras definitivamente inapropiadas e intolerables,
y proporciona a los y las agentes públicos, criterios orientativos para
responder frente diversas situaciones contrarias a la ética pública.
Cabe destacar que los códigos de ética deben resultar útiles para
generar en los agentes públicos pautas de vinculación íntegras y
transparentes con actores no estatales y la sociedad en general.
En atención al relevamiento efectuado, 35 organismos de la
administración central y descentralizada informan en la ENdI haber
elaborado un código de ética o norma equivalente, y de ellos, 24
expresan abordar específicamente la temática de prevención y gestión de
conflictos de intereses (por ejemplo, AFIP, ANSeS y la SRT entre otros).
Casi el total de los organismos con Códigos de Ética informa haber
comunicado el código de ética o norma equivalente a todos los
funcionarios y funcionarías, empleados y empleadas. Entre los medios
elegidos a tal fin consignan con mayor frecuencia: publicación en la
web, correo electrónico y nota GDE. Asimismo, 26 los organismos de la
administración central y descentralizada contemplan en el documento
cláusulas sobre incompatibilidades; y las áreas que con mayor
frecuencia se encuentran a cargo de su redacción son las áreas de
jurídicos y recursos humanos.
Respecto del relevamiento a empresas con participación estatal son 36
las que responden afirmativamente a haber desarrollado un código de
ética o de conducta. Un número alto de esas empresas (31) informa
contemplar la revisión periódica del instrumento, 29 de ellas
incorporan criterios para la aplicación de sanciones; y un poco más de
la mitad han publicado sus códigos en la web.

A estos esfuerzos identificados deben sumarse las acciones de creación
y mejora de códigos de ética en el marco de la Estrategia Nacional de
Integridad. La ENI valora aquellas actividades que crean, actualizan y
fortalecen los códigos de ética, dado que este tipo de acciones forma
parte del set de herramientas con la cual los organismos cuentan para
impulsar la política preventiva a través de sus programas de
integridad. Cabe mencionar que en la ENI se proponen 23 actividades de
elaboración y armonización de Códigos de Ética. En tanto la ENdI se
desarrolló con posterioridad a la presentación de los compromisos de la
ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta como ya creado su
código. Por último, dentro de las propuestas realizadas por Jefatura de
Gabinete de Ministros, se incluye también una actividad específica
orientada a brindar acompañamiento y asistencia a los organismos para
avanzar en este tipo de procesos.
Gobierno corporativo en Empresas con
Participación Estatal
Uno de los principales ejes del trabajo de los órganos rectores en
materia de ética pública y transparencia lo constituye la articulación
y promoción de políticas de integridad en empresas con participación
estatal (EcPEs). En este sentido, la elaboración e implementación de
lineamientos para el buen gobierno corporativo de empresas son
fundamentales para la generación de entornos de integridad en las
EcPEs. La ENdI indaga acerca de esta dimensión en un universo de 45
EcPEs.
De acuerdo a los datos relevados, cerca del 55% de las EcPEs (25)
adoptan lineamientos de buen gobierno corporativo y, en la mayoría de
los casos, lo formalizan a través de un acto administrativo (Resolución
o Acta de Directorio)4. Asimismo, del total de empresas encuestadas, 19
empresas (el 42% del total) respondieron que poseen un "Código de Buen
Gobierno Corporativo". En cuanto a las temáticas que allí se abordan,
la mayoría están vinculadas al Directorio, su conformación y
funcionamiento, así como las funciones del Presidente.

En esta dimensión, también se consultó acerca de la incorporación del
criterio de sustentabilidad en el negocio, promoviendo el cumplimiento
de estándares sociales, de gobernanza y ambientales. El 64% de las
empresas (29) refiere que incorpora este criterio, haciendo referencia
a la aprobación e implementación de diversas políticas de
sustentabilidad, medio ambiente, seguridad y diversidad. Otras empresas
públicas, en cambio, refieren la producción y publicación de reportes
en materia de sostenibilidad.
Las pautas de buen gobierno corporativo incluyen herramientas de
planificación estratégica y de reporte y monitoreo de acciones, metas y
resultados obtenidos. Del universo, 24 EcPEs encuestadas (53%)
respondieron que cuentan con un Plan Estratégico elaborado. De ellas,
22 empresas informan que sus planes incorporan indicadores de gestión
para rendir cuentas acerca del cumplimiento presupuestario y sus
objetivos estratégicos.
En relación al ambiente de control, el total de las ECPEs encuestadas
responden que cuentan con una Unidad de Auditoría Interna, que efectúa
un control posterior sobre las actividades de gestión del ente. Esta
actividad se realiza conforme las directrices provistas por la SIGEN y
siguiendo un criterio de análisis de riesgos por procedimientos. Los y
las auditoras internas
de las ECPEs refieren tener acceso ilimitado a la Presidencia, miembros
del Directorio y órgano de administración de la empresa.
En este sentido, todas las empresas respondieron que las auditorías se
llevan adelante según el Plan Anual -- aprobado por SIGEN -- y que
contienen información relevante acerca del ambiente de control de las
áreas y procedimientos relevados. Sin embargo, cabe señalar que el 42%
de las empresas informa que aún no constituyó el Comité de Auditoría
para acompañar este proceso. Finalmente, el 76% de las ECPEs comparten
información estratégica sobre los temas de gobierno corporativo con sus
partes interesadas, el Estado como propietario y público en general.
En función de la criticidad y las particularidades de las EcPEs, la ENI
incluye 6 actividades vinculadas, en su mayoría, al diseño y/o
actualización del Código de Buen Gobierno Corporativo. Finalmente,
SIGEN planifica trabajar en la elaboración de Comités de Auditoría para
fortalecer el cumplimiento de las Normas Mínimas de Control Interno
para el Buen Gobierno Corporativo en Empresas y Sociedades del Estado
(Resolución 37/06 SIGEN).
Mapa de riesgo de integridad
Un componente específico de las políticas de integridad y transparencia
en organismos públicos es el desarrollo de mapas de riesgos de
integridad, una herramienta que permite identificar vulnerabilidades
para prevenir y mitigar potenciales ilícitos, irregularidades y/o
prácticas contrarias a la ética pública en determinadas áreas clave de
la gestión. Estos diagnósticos organizacionales pueden contribuir a la
generación de diseños institucionales innovadores y a políticas de
integridad más efectivas.
Del relevamiento realizado a partir de la ENdI, 9 organismos de la
administración centralizada y descentralizada, y 6 empresas con
propiedad estatal han elaborado mapas de riesgos de integridad. De las
empresas con participación estatal, mencionamos entre otras a AySA,
Aerolíneas Argentinas y al Banco Hipotecario; respecto a los organismos
de la administración central y descentralizada encontramos entre otros
al Ministerio de Agricultura, Pesca, Ministerio de Desarrollo
Productivo y Ministerio de Salud.
Por su parte, en el marco de la Estrategia Nacional de Integridad se
han formalizado 14 compromisos específicos vinculados al desarrollo y/o
fortalecimiento de mapas de riesgos de integridad. Estas actividades se
han propuesto en empresas con participación estatal (Aerolíneas
Argentinas, Intercargo, AySA, SOFSE, FASE); en organismos de la
administración centralizada (Ministerio de Agricultura, Pesca y
Ganadería, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el
Ministerio de Desarrollo Productivo, el Ministerio de Seguridad y el
Ministerio de Obras Públicas); y en ámbitos descentralizados y
desconcentrados (CNV, INSSJP, IGJ y SENASA).
Registro de audiencias de gestión de intereses
El
Registro
Único de Audiencias de Gestión de Intereses es uno de los
mecanismos fundamentales de acceso a la información pública y
participación ciudadana de cumplimiento obligatorio para las y los
funcionarios públicos de la Administración Pública Nacional, en virtud
del Decreto 1172/2003. Las denominadas audiencias de gestión de
intereses consisten en el encuentro con un sujeto obligado solicitado
por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en el que el
solicitante busca influir en las funciones y/o decisiones de cualquier
organismo o funcionario que se encuentre bajo la jurisdicción del Poder
Ejecutivo Nacional. Así, son sujetos obligados a registrar sus
Audiencias de Gestión de Intereses todos aquellos funcionarios y
funcionarias públicos cuya categoría sea equivalente o superior a
Director General. Este Registro, en cabeza del Ministerio del Interior
de la Nación, se sustenta en una plataforma electrónica en la que se
centraliza el proceso de carga de las Audiencias de Gestión de
Intereses de los sujetos obligados, siendo la información volcada en el
Registro de acceso público para todas las personas.
La ENdI consultó acerca del cumplimiento del régimen de registro de
audiencias en los organismos de la administración centralizada y
descentralizada. De acuerdo a la información relevada, 64
jurisdicciones respondieron que promueven el cumplimiento del registro
en sus organizaciones. Esto es, casi un 45% de los organismos
encuestados. De ese universo, 18 son ministerios mientras que 46
pertenecen a organismos descentralizados. Cabe aclarar que esta
pregunta no fue parte del cuestionario dirigido a las empresas con
participación estatal dado que el régimen es aplicable únicamente a la
Administración Pública Nacional.
Régimen de obsequios y viajes
financiados por terceros
El Decreto 1179/16 aprobó el Régimen de Obsequios a Funcionarios
Públicos, creando a su vez el
Registro de
Obsequios y Viajes
Financiados por Terceros en el ámbito de la Oficina
Anticorrupción. Su
objetivo es preservar la imparcialidad de los funcionarios y, a tal
fin, prohíbe recibir obsequios o el financiamiento de viajes que puedan
viciar los procesos de toma de decisiones públicas. Este régimen es
otra de las herramientas de la política de integridad en tanto permite
prevenir irregularidades así como también dar cumplimiento por lo
establecido por la Ley 25.188 de Ética en la Función Pública y el
Código de Ética sobre la prohibición de recibir "beneficios" y
"gratificaciones'' por parte del funcionariado. En su carácter de
autoridad de aplicación, la OA administra ambos registros, los que se
encuentran disponibles para su consulta pública por toda persona
interesada de manera irrestricta.
La encuesta recepta la importancia de cumplir con el régimen por parte
de las distintas jurisdicciones del Sector Público Nacional. Del
relevamiento realizado, 19 ministerios y 79 organismos de la
administración descentralizada respondieron que cumplen actualmente con
lo dispuesto por el Decreto 1179/16. Es decir que casi un 70% del total
de organismos de la Administración Pública Nacional que respondieron la
ENdI afirman registrar los obsequios y viajes financiados por terceros
en la plataforma de la OA.
En cuanto a las empresas con participación estatal, 26 de ellas
respondieron que han desarrollado y aprobado regímenes para la
aceptación de obsequios por parte del funcionariado público. Esto es,
cerca del 57% de todas las entidades participantes de la encuesta. Vale
aclarar que 14 de las 26 empresas públicas adhirieron al régimen
establecido por el Decreto 1179/16, mientras que las restantes 12
respondieron que elaboraron un régimen propio para el registro de
obsequios y viajes financiados por terceros.
1 La ENdI relevó información en Empresas con Participación
Estatal
Mayoritaria. Por lo tanto, al mencionar a las ECPEs en este todo este
informe, nos referimos en particular a empresas en las que el Estado es
propietario del 50% o más, del capital social.
2 Más allá de las respuestas obtenidas en la encuesta, la OA tiene
relevado que cuentan con Enlace de Integridad: la Presidencia de la
Nación, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y los 20
Ministerios del Gobierno Nacional. Por su parte, de los 174 organismos
descentralizados que conforman la administración nacional (excluyendo a
la Oficina Anticorrupción) 109 han designado un enlace propio, mientras
que 15 "comparten" enlace con otro organismo de la misma jurisdicción.
En total, 146 organismos cuentan con un referente sobre la temática.
Vale aclarar que a octubre de 2019 tan solo 65 organismos tenían
designado tal enlace. La diferencia entre los datos obtenidos por la
encuesta y los relevados por la OA deben ser interpretados a la luz de
que el universo de organismos y empresas respondentes a la encuesta es
menor al relevado administrativamente por la OA.
3 Llama la atención la falta de respuesta a esta pregunta que permitan
interpretar los datos vinculados a la cantidad de responsables de
acceso a la información en el PEN de manera adecuada. En tanto
identificamos que había una disparidad entre la cantidad de enlaces de
integridad informados en la encuesta y los reportados
administrativamente por la OA, se apuntó a verificar el dato sobre
responsables de acceso a la información resultante de la encuesta con
aquel administrativo reportado por la Agencia de Acceso a la
Información Pública pero ese dato no se encuentra disponible en el
Informe 2020 ni en la Memoria 2017-2020.
4 Algunas empresas refieren a la Decisión Administrativa 85/2018.
IF-2022-140124588-APN-SGYEP#JGM