MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 629/2023
RESOL-2023-629-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2023
VISTO el EX-2023-31049837- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2023-31047634-APN-DGD#MT del EX-2023-31049837-
-APN-DGD#MT, obra el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBRERA
METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la
empresa TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que el referido acuerdo es ratificado por la UNION OBRERA METALURGICA
DE LA REPUBLICA ARGENTINA Central en el RE-2023-34465078-APN-DGD#MT del
expediente de marras.
Que en acuerdo de marras las partes pactan el pago de gratificación
extraordinaria no remunerativa, conforme surge de los términos y
contenido del texto, para los trabajadores de la empresa que se
desempeñan en los establecimientos denominados Planta General Savio,
Planta Ensenada, Planta Florencio Varela, Planta Haedo, centro el Talar
y Planta Rosario.
Que respecto al carácter de la gratificación extraordinaria pactada en
el acuerdo indicado, corresponde hacer saber a las partes lo
establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre la actividad de la empresa firmante,
y los ámbitos de representación personal y de actuación territorial de
la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial
Que el Delegado de Personal ha ejercido la representación que le
compete en la negociación, en los términos del artículo 17 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que los sectores intervinientes poseen acreditada la representación que
invisten con la documentación acompañada y han ratificado el acuerdo de
marras.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÓN
OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y
la empresa TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,
que luce en el RE-2023-31047634-APN-DGD#MT del EX-2023-31049837-
-APN-DGD#MT, conjuntamente con el acta de ratificación de la entidad
sindical central obrante en el en el RE-2023-34465078-APN-DGD#MT del
expediente de referencia, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004)
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/06/2023 N° 42069/23 v. 07/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)