MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 374/2023
RESOL-2023-374-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-33673258-APN-DNCJYMP#MSG, del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828
del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 del 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que ante el TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nº 6 del Departamento Judicial
Morón, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Cristian Adrián
TOTO, tramita la causa Nº 3199 (I.P.P. 10-00-25537-15), caratulada
“PETRAS CRISTIAN JOSE S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL CALIFICADO,
CORRUPCIÓN DE MENORES CALIFICADA”.
Que el mencionado TRIBUNAL, mediante Oficio de fecha 26 de diciembre de
2022, solicitó a este Ministerio se ofrezca una recompensa destinada a
aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la
captura del prófugo Cristian Jose PETRAS, de nacionalidad argentina,
titular del D.N.I. N° 23.216.451, nacido el 24 de enero de 1973, hijo
de Ramona Teodolinda LEZCANO (f) y de José Miguel PETRAS (f), con
último domicilio conocido en calle Peredo N° 513, de la Localidad y
Partido de Ituzaingó, Provincia de BUENOS AIRES, sobre quien pesa orden
de captura con fecha 15 de abril de 2019.
Que el nombrado PETRAS fue condenado, con fecha 11 de abril de 2019, a
la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORÍAS LEGALES Y COSTAS
DEL PROCESO, por resultar autor penalmente responsable de los delitos
de abuso sexual cometido contra una menor de trece años de edad
agravado por el vínculo (eventos I y II); abuso sexual gravemente
ultrajante cometido contra una menor de trece años de edad agravado por
el vínculo, en dos oportunidades (evento III); abuso sexual con acceso
carnal cometido contra una menor de trece años de edad agravado por el
vínculo, todos concursando realmente entre sí y, a su vez, engarzados
por la regla del concurso ideal con el delito de corrupción de menores
agravado por tratarse de una víctima menor de trece años de edad y por
el vínculo (evento IV).
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de
2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL
DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa y, por su parte, el artículo 2º indica que dichos montos
podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito
cometido, según lo estime el titular de esta Cartera ministerial.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1° y 2 del Anexo II
de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente el ofrecimiento de la
recompensa.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000)
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de
Cristian Jose PETRAS, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N°
23.216.451, nacido el 24 de enero de 1973, con último domicilio
conocido en calle Peredo N° 513, de la Localidad y Partido de
Ituzaingó, Provincia de BUENOS AIRES, sobre quien pesa orden de captura
con fecha 15 de abril de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que
obra como (IF-2023-54974066-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la
recompensa ofrecida, formando parte de la presente.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/06/2023 N° 43556/23 v. 12/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)