MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 178/2023
DI-2023-178-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2023
VISTO el EX-2019-99684706-APN-DGDMT#MPYT el Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744, t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546
(t.o.2.004) y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/4 del IF-2019-99774044-APN-DGDMT#MPYT del
Expediente de referencia, obra agregado el acuerdo suscripto entre la
UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), por la
parte sindical, y la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS DE TERMINALES
ELECTRONICAS (AFARTE), por el sector empleador, cuya homologación las
partes solicitan conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
Que a través del mentado acuerdo la instrumentación del pago de la
asignación prevista en el Decreto PEN N° 665/19, aplicable a los
establecimientos de la empleadora ubicados en la ciudad de Río Grande,
Provincia de Tierra del Fuego, conforme la vigencia y detalles allí
impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados, y
las obrantes en esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo encuentra concordancia entre el
objeto de la representación empleadora firmante, y los ámbitos de
representación personal y actuación territorial de la entidad sindical
de marras, emergentes de su Personería Gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo suscripto por entre la
UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), por la
parte sindical, y la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS DE TERMINALES
ELECTRONICAS (AFARTE), por el sector empleador, obrante en las páginas
3/4 del IF-2019-99774044-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-99684706-APN-DGDMT#MPYT, conforme lo dispuesto por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del
registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente
Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo,
a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se
evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo, y de esta Disposición, las partes
deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/06/2023 N° 43386/23 v. 13/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)