MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1067/2023
RESOL-2023-1067-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2023
VISTO el EX-2021-114468243-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en páginas 1/4 del RE-2021-114468200-APN-DGD#MT del
EX-2021-114468243- -APN-DGD#MT, obran un acuerdo, celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES,
por la parte sindical, y la SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS
AIRES, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las partes pactan la recategorización del
personal “Técnico” que se desempeña exclusivamente en las áreas de
“Anatomía Patológica” e “Histopatología” de acuerdo a los lineamientos
allí consignados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
103/75.
Que sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto, cabe señalar que en torno
a la homologación solicitada respecto del Anexo I que luce en la página
4 del RE-2021-114468200-APN-DGD#MT del EX-2021-114468243- -APN-DGD#MT,
dejase indicado que el Anexo no resulta materia de homologación, habida
cuenta de su naturaleza plurindividual.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto
por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo, celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES,
por la parte sindical, y la SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS
AIRES, por la parte empleadora, obrante en páginas 1/3 del
RE-2021-114468200-APN-DGD#MT del EX-2021-114468243- -APN-DGD#MT,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del instrumento identificado en el artículo 1° de la presente
Resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda de los presentes junto al Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 103/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del instrumento homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/08/2023 N° 61948/23 v. 10/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)