INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución 262/2023
RESOL-2023-262-APN-INPI#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2023
VISTO el EX 2018-54053458- -APN-DO#INPI del registro de este INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la Resolución INPI Nº P-268 de
fecha 26 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución INPI Nro P-268/19 el INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) formalizó la adscripción al SERVICIO
DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI), organismo
supranacional del cual nuestro país es Miembro, a los efectos de
acreditar el depósito anterior de una solicitud de cualquier derecho de
propiedad industrial, con el objeto de acogerse y/o reclamar el derecho
de prioridad proveniente del artículo 4 del Convenio Unión de París, en
nuestra jurisdicción, u otra jurisdicción cuando la nuestra sea el país
de primer depósito.
Que la citada resolución estableció, en una primera oportunidad, la
adhesión al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD,
administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
(OMPI) solamente para las solicitudes de Patente de Invención y Modelos
de Utilidad.
Que a su vez, la adscripción se realizó en dos etapas, la primera de
ellas, a partir del 1 de octubre de 2019, como oficina de acceso para
realizar la verificación correspondiente, de que en aquél servicio se
encuentra alojado el Documento de Prioridad emitido por la jurisdicción
anterior y, la segunda de ellas, a partir del día 2 de marzo de 2020,
actuando este Instituto como Oficina Depositante, alojando en dicho
servicio el Documento de Prioridad que aquí se emita, para que sea
constatado en otra jurisdicción.
Que, si bien en una primera etapa, la Resolución INPI Nro P-268/19
norma dictada sólo contempló la adhesión para las solicitudes de
Patente de Invención y Modelos de Utilidad, corresponde en esta
oportunidad y, teniendo en cuenta el avance significativo de la
iniciativa para quienes tramitan derechos de propiedad industrial por
ante este Instituto, sumar al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA
DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI) las solicitudes de marcas comerciales y
las de modelos y diseños industriales.
Que este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) ya ha
efectuado la comunicación al organismo supranacional por la cual se
formalizó la adscripción al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS
DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL (OMPI), para las solicitudes de Marcas Comerciales y las
solicitudes de Modelos y Diseños Industriales.
Que, oportunamente, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS y la DIRECCION DE
MODELOS y DISEÑOS INDUSTRIALES prestaron su conformidad a la adhesión
al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD (DAS) -ver
reglón 24 la Dirección Nacional de Marcas y renglón 29 la Dirección de
Modelos y Diseños Industriales-, aunque luego este por una cuestión
operativa se circunscribió sólo a la Administración Nacional de
Patentes por el volumen de sus documentos de prioridad.
Que, en virtud del tiempo transcurrido han tomado nuevamente la
intervención que les compete reafirmando su adscripción al servicio
mediante Informes Nº IF-2023-94809768-APN-DMYDI#MEC y Nº
IF-2023-94825416-APN-DNM#INPI, respectivamente.
Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA, y la
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES, han tomado la intervención que les
compete.
Que la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
resulta competente para suscribir el proyecto analizado, en función de
las previsiones de los artículos 92, inciso c) de los Anexo I y II al
Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º - Sustitúyase el Artículo 2º de la Resolución INPI Nro.
P-268/19 por el siguiente: “Desde el día 1 de Octubre del Año 2019, se
encontrará disponible para los solicitantes, en una primera etapa para
las Solicitudes de Patente de Invención y Modelos de Utilidad y, en una
segunda etapa, desde el día 1 de Septiembre de 2023 para las
solicitudes de Marcas Comerciales y las solicitudes de Modelos y
Diseños Industriales, el SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE
PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL (OMPI), actuando este Instituto como Oficina con Derecho a
Acceso para realizar la verificación correspondiente, de que en aquél
servicio se encuentra alojado el Documento de Prioridad emitido por la
jurisdicción anterior.”
ARTICULO 2º - Sustitúyase el Artículo 3º de la Resolución INPI Nro.
P-268/19 por el siguiente: “Desde el día 2 de Marzo del Año 2020, se
encontrará disponible para los solicitantes, en una primera etapa para
las Solicitudes de Patente de Invención y Modelos de Utilidad y, en una
segunda etapa, desde el día 1 de Noviembre de 2023 para las solicitudes
de Marcas Comerciales y las solicitudes de Modelos y Diseños
Industriales, el SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE
PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL (OMPI), actuando este Instituto como Oficina Depositante,
alojando en dicho servicio el Documento de Prioridad que aquí se emita,
para que sea constatado en otra jurisdicción.”
ARTICULO 3º - Sustitúyase el Artículo 6º de la Resolución INPI Nro.
P-268/19 por el siguiente: “Deléguense en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
PATENTES, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS y, la DIRECCIÓN DE MODELOS Y
DISEÑOS INDUSTRIALES, la facultad de dictar normativa complementaria de
carácter operativo, para la puesta en marcha del servicio digital.”
ARTICULO 4º - Regístrese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación por un (1) día en el Boletín Oficial,
publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, en la página Web
de ese Instituto, y archìvese.
Mónica Noemí Gay
e. 23/08/2023 N° 65819/23 v. 23/08/2023