MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1200/2023
RESOL-2023-1200-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2023
VISTO el EX-2023-10409658- -APN-DNRYRT#MT del Registro del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el IF-2023-11241471-APN-DNRYRT#MT del EX-2023-10409658-
-APN-DNRYRT#MT, obra el acuerdo de fecha 31 de enero de 2023, celebrado
entre la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO y la UNIÓN PERSONAL CIVIL
DE LA NACIÓN, por la parte sindical y el INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC), por la parte empleadora, conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido acuerdo, se prorroga la vigencia temporal de
lo pactado en el acuerdo alcanzado en el acta de fecha 24 de abril de
2017, debidamente homologado mediante RESOL-2017-545-APN-SECT#MT, por
el término de un año, desde el 1° de Enero de 2023 al 31 de Diciembre
de 2023, en lo atinente a la liquidación del adicional rotulado como
“Función Estadística”.
Que cabe destacar que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS -SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, tomó la intervención que le compete.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente
de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el
IF-2023-11241471-APN-DNRYRT#MT del EX-2023-10409658- -APN-DNRYRT#MT,
celebrado entre la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO y la UNIÓN
PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por la parte sindical y el INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC), por la parte empleadora,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los
fines del registro del instrumento homologado por el Artículo 1° de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/08/2023 N° 67067/23 v. 29/08/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)