INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 3763/2023

RESFC-2023-3763-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2023

VISTO el Expediente identificado como EX-2023-93501458- -APN-DNCYF#INAES y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, Decreto Nº 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que en ese marco ejerce las funciones de registro de cooperativas y mutuales contando con un Registro Legajo Multipropósito (RLM) para cada una de las entidades que tienen matrícula en el organismo.

Que la Decisión Administrativa Nº 862/2022 (DECAD-2022-862-APN-JGM) de la Jefatura de Gabinete de Ministros dispone que las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional que tengan a su cargo la ejecución de programas sociales, cuando resulte necesario para el cumplimiento de sus fines, deberán requerir al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, entre otros organismos según corresponda, la información sobre la constitución y funcionamiento de mutuales o cooperativas.

Que el Programa Nacional “Producir Comunidad” aprobado por la Resolución JGM N.º 413/2023 (RESO-2023-413-APN-JGM), tiene como objetivo central financiar emprendimientos productivos que sumen valor agregado a la producción cooperativa, promoviendo y posibilitando la producción y la diversificación de los cultivos regionales posibilitando así el desarrollo comunitario; destinado a varias entidades, entre ellas cooperativas y mutuales.

Que en este sentido, resulta necesario fijar un procedimiento interno para que el INAES canalice las consultas relativas al cumplimiento de requisitos de acceso a las líneas del Programa de las entidades bajo su órbita.

Que la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización ha demostrado contar con capacidad para abordar una tarea como la que se pretende en la presente.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 19.331, 20.321 y 20.337 y los Decretos Nros. 420/1996 y 721/2000, y sus normas modificatorias y complementarias,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento interno para responder requerimientos de información en el marco de la Resolución JGM N.º 413/2023 identificado como IF-2023-99302220-APN-DNCYF#INAES que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/09/2023 N° 70607/23 v. 06/09/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO - PROCEDIMIENTO INTERNO PARA DAR RESPUESTA A LOS REQUERIMIENTOS ESTATALES EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN JGM N.° 413/2023 -

Los organismos habilitados a solicitar información a este Instituto, previo a cualquier pedido, deberán corroborar con el número de CUIT de la entidad si se encuentra vigente utilizando para ello el buscador de entidades, herramienta de acceso público disponible en el sitio web del Instituto https://www2.inaes.gob.ar/ConstanciaMatricula/.

Sólo se cursarán pedidos de información de entidades con matrícula vigente.

Los pedidos deberán ser realizados mediante una nota por GEDO-CCOO o a través de la Mesa de Entradas del Instituto dirigida a la Directora Nacional de Cumplimiento y Fiscalización del INAES con el siguiente texto: “Por medio de la presente de acuerdo con lo indicado por la Decisión Administrativa 862/2022, solicitamos tenga a bien proporcionarnos la siguiente información, correspondiente al listado de cooperativas y mutuales que se adjunta como archivo embebido, a fin de evaluar cumplimiento de requisitos que habilitan su participación en las líneas del Programa Nacional “Producir Comunidad”, aprobado por la RESO-2023-413-APN-JGM:

• Constancia de personería

• Estatuto

• Nómina de autoridades

- Dicha nota será enviada a la responsable del área de trabajo que coordina la creación de los Registros Legajo Multipropósito a los efectos que dé respuesta a lo requerido.

- Dicha área deberá responder el pedido en un plazo máximo de 10 días hábiles, pudiendo ser prorrogados según la cantidad de documentación solicitada.

- La información que se brindará será referida a los datos obrantes en el Registro Legajo Multipropósito del organismo.