INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 3763/2023
RESFC-2023-3763-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2023
VISTO el Expediente identificado como EX-2023-93501458-
-APN-DNCYF#INAES y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL, organismo
descentralizado dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es
la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y
cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331,
20.321, 20.337, Decreto Nº 420/96, sus modificatorios y complementarios.
Que en ese marco ejerce las funciones de registro de cooperativas y
mutuales contando con un Registro Legajo Multipropósito (RLM) para cada
una de las entidades que tienen matrícula en el organismo.
Que la Decisión Administrativa Nº 862/2022 (DECAD-2022-862-APN-JGM) de
la Jefatura de Gabinete de Ministros dispone que las jurisdicciones y
entidades del Sector Público Nacional que tengan a su cargo la
ejecución de programas sociales, cuando resulte necesario para el
cumplimiento de sus fines, deberán requerir al INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, entre otros organismos según
corresponda, la información sobre la constitución y funcionamiento de
mutuales o cooperativas.
Que el Programa Nacional “Producir Comunidad” aprobado por la
Resolución JGM N.º 413/2023 (RESO-2023-413-APN-JGM), tiene como
objetivo central financiar emprendimientos productivos que sumen valor
agregado a la producción cooperativa, promoviendo y posibilitando la
producción y la diversificación de los cultivos regionales
posibilitando así el desarrollo comunitario; destinado a varias
entidades, entre ellas cooperativas y mutuales.
Que en este sentido, resulta necesario fijar un procedimiento interno
para que el INAES canalice las consultas relativas al cumplimiento de
requisitos de acceso a las líneas del Programa de las entidades bajo su
órbita.
Que la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización ha demostrado
contar con capacidad para abordar una tarea como la que se pretende en
la presente.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le
compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros.
19.331, 20.321 y 20.337 y los Decretos Nros. 420/1996 y 721/2000, y sus
normas modificatorias y complementarias,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento interno para responder
requerimientos de información en el marco de la Resolución JGM N.º
413/2023 identificado como IF-2023-99302220-APN-DNCYF#INAES que forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y, oportunamente, archívese.
Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio
Nestor Laucirica - Alexandre Roig
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/09/2023 N° 70607/23 v. 06/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO - PROCEDIMIENTO INTERNO PARA DAR
RESPUESTA A LOS REQUERIMIENTOS ESTATALES EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN
JGM N.° 413/2023 -
Los organismos habilitados a solicitar información a este Instituto,
previo a cualquier pedido, deberán corroborar con el número de CUIT de
la entidad si se encuentra vigente utilizando para ello el buscador de
entidades, herramienta de acceso público disponible en el sitio web del
Instituto https://www2.inaes.gob.ar/ConstanciaMatricula/.
Sólo se cursarán pedidos de información de entidades con matrícula
vigente.
Los pedidos deberán ser realizados mediante una nota por GEDO-CCOO o a
través de la Mesa de Entradas del Instituto dirigida a la Directora
Nacional de Cumplimiento y Fiscalización del INAES con el siguiente
texto: “Por medio de la presente de acuerdo con lo indicado por la
Decisión Administrativa 862/2022, solicitamos tenga a bien
proporcionarnos la siguiente información, correspondiente al listado de
cooperativas y mutuales que se adjunta como archivo embebido, a fin de
evaluar cumplimiento de requisitos que habilitan su participación en
las líneas del Programa Nacional “Producir Comunidad”, aprobado por la
RESO-2023-413-APN-JGM:
• Constancia de personería
• Estatuto
• Nómina de autoridades
- Dicha nota será enviada a la responsable del área de trabajo que
coordina la creación de los Registros Legajo Multipropósito a los
efectos que dé respuesta a lo requerido.
- Dicha área deberá responder el pedido en un plazo máximo de 10 días
hábiles, pudiendo ser prorrogados según la cantidad de documentación
solicitada.
- La información que se brindará será referida a los datos obrantes en
el Registro Legajo Multipropósito del organismo.