ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 654/2023
Resolución Nº RESOL-2023-654-APN-ENRE#MEC
Expediente Nº EX-2022-128202555-APN-SD#ENRE
ACTA Nº 1885
Buenos Aires, 6 de septiembre de 2023.
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Emitir el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP)
solicitado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA
S.A.), a requerimiento del MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE
de la Provincia de CATAMARCA, para la construcción del conjunto de
obras denominadas “Interconexión del Oeste de la Provincia de
Catamarca”, que comprende: a) Construcción de UNA (1) nueva Estación de
Maniobras Minera Alumbrera (EM MA) a conectarse sobre la línea actual
de 220 kV que interconecta la Estación Transformadora (ET) Alumbrera
con la ET Ampajango; b) Construcción de la Línea Simple Terna, Línea de
Extra Alta Tensión (LEAT) 220 kV entre la EM MA y la ET El Eje de
TREINTA Y CINCO KILÓMETROS (35 km) de longitud; c) Construcción de UNA
(1) nueva ET El Eje de 220/132/33 kV, instalando DOS (2)
Transformadores de 60/60/60MVA - 220/132/33 kV y las obras
complementarias; d) Construcción de la Línea Simple Terna 132 kV, del
tipo 300/50 mm2 Al/Ac, entre la Nueva ET El Eje y la ET Belén
existente, de SESENTA Y CINCO KILÓMETROS (65 km) de longitud, y e)
Ampliación de la actual ET Belén que comprende: 1) Instalación del
campo de línea 132 kV, llegada desde la ET El Eje (lográndose un cierre
de anillo eléctrico con las instalaciones existentes en el sistema de
transporte Troncal) y; 2) Instalación UN (1) Transformador de 30/30/30
MVA – 132/33/13,2 kV, reemplazando el actual Transformador Nº 1 de
7,5/5/7,5 MVA (éste pasaría a ser transformador de reserva en la zona).
2.- Establecer que la conexión al SADI de las instalaciones a construir
quedarán sujetas a que, aquellas destinadas al uso privado de MINERA
ALUMBRERA LIMITED (Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA -Ex SE- N°
136/1998), pasen a formar parte del Servicio Público conforme a lo
instruido por la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) en su Nota N°
NO-2023-78743457-APN-SE#MEC.
3.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE
N° 558/2022, deberá incorporar en el primer informe de avance que
presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de
cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de
asegurar la realización de mediciones de los CEM que permitan verificar
el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE N° 77 de
fecha 12 de marzo de 1998, en el perímetro de la nueva Playa de
Maniobras Alumbrera y la nueva ET El Eje y en la ET Belén existente, en
la nueva línea LEAT de 220 kV PM Alumbrera – El Eje y en la nueva línea
LAT de 132 kV El Eje – Belén.
4.- Hacer saber que las instalaciones involucradas, bajo la
jurisdicción de TRANSNOA S.A., deberán cumplir con las Resoluciones
ENRE N° 37 de fecha 10 de febrero de 2010 (Líneas Aéreas de Alta
Tensión), N° 33 de fecha 21 de enero de 2004 (Obstáculos antisubidas y
cartelería, N° 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía
Pública), N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones
Transformadoras), N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización
de instalaciones eléctricas), N° 620 de fecha 15 de diciembre de 2017
(Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las
Empresas Transportistas) y, en cuyo tramo de la traza corresponda, con
la Resolución ENRE N° 382 de fecha 23 de septiembre de 2015
(Restricciones dentro de la franja de seguridad derivadas de
Servidumbre Administrativa de Electroducto).
5.- El MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE de la Provincia de
CATAMARCA deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos
técnicos efectuados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), TRANSNOA S.A. y MINERA
LUMBRERA LIMITED, conforme a sus respectivas presentaciones y anexos a
efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI.
6.- Notifíquese a MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE de la
Provincia de CATAMARCA, a TRANSNOA S.A., a MINERA ALUMBRERA LIMITED, a
la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA), a la SE y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS Y
OTRAS CONCESIONES DE CATAMARCA.
7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-
Diego Emanuel Alarcón, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 08/09/2023 N° 71450/23 v. 08/09/2023