AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 532/2023
RESOL-2023-532-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2023
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N°
108793734/21 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias,
Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que mediante Nota N° 104467165/21 de la GERENCIA DE ÁREA APLICACIONES
DE LA TECNOLOGÍA NUCLEAR, de fecha 29 de octubre de 2021, la COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta ARN la Renovación de
la Licencia de Operación de la Instalación Clase II, denominada
“LABORATORIO DE URANIO – DEPARTAMENTO MATERIALES NUCLEARES”, ubicado en
el Centro Atómico Bariloche.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para
los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.
Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, informó que la
instalación “LABORATORIO DE URANIO - DEPARTAMENTO MATERIALES NUCLEARES”
no registra deuda en concepto de tasa regulatoria.
Que las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL
CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN
FÍSICA y las ACTIVIDADES SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR y ACTUALIZACIÓN
SISTEMA DE LICENCIAMIENTO recomiendan dar curso favorable al
otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Operación de la
Instalación “LABORATORIO DE URANIO - DEPARTAMENTO MATERIALES
NUCLEARES”, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos
regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la
Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria
de aplicación vigente.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, habiendo
tomado conocimiento de todas las actuaciones, recomienda otorgar la
Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación “LABORATORIO
DE URANIO – DEPARTAMENTO MATERIALES NUCLEARES”.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículos 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 6 de septiembre de 2023 (Acta N° 36),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de la Licencia de Operación,
solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, para la
Instalación Clase II, denominada “LABORATORIO DE URANIO – DEPARTAMENTO
MATERIALES NUCLEARES”, ubicado en Centro Atómico Bariloche, que se
adjunta como Anexo a la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA en su carácter de Entidad
Responsable. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 12/09/2023 N° 72299/23 v. 12/09/2023