MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1373/2023
RESOL-2023-1373-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-104109248- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 432/98) y sus
modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que Atahualpa Yupanqui, nombre artístico con el que se conoce a Héctor
Roberto CHAVERO, ha sido uno de los artistas más destacado de la
cultura popular argentina del Siglo XX, llevando la poesía y la música
de diferentes regiones de nuestro país por el mundo.
Que, su obra retoma los sonidos del noroeste argentino, cuyos
instrumentos y raíces lo marcan en sus primeros años, pero también
recoge estilos identitarios de distintos lugares del territorio
nacional; así como las realidades más diversas de trabajadores
oprimidos, de la desigualdad social, del racismo y de las formas de
violencia contra los pueblos indígenas.
Que en el marco del apoyo al PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL YUPANQUIANO
que se realizó en la Ciudad de CÓRDOBA, Provincia homónima, los días 7
y 8 de septiembre de 2023 y a las actividades culturales llevadas
adelante por la FUNDACIÓN ATAHUALPA YUPANQUI, el MINISTERIO DE CULTURA
DE LA NACIÓN, a través de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, convoca a
la ciudadanía a participar del “CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES PARA
RECORDAR A ATAHUALPA YUPANQUI”.
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificatorias, se encuentra el de “(…) Entender en la
formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de
la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en
todas sus formas (…)”; “(…) Promover y difundir el desarrollo de
actividades económicas asociadas a las industrias culturales (…)”; “(…)
Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la
diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman
la identidad nacional y ampliar la participación y organización popular
garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción
cultural.(…)”; “(…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la
promoción, organización y participación de exposiciones, ferias,
concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se
difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio
federal y en coordinación con los organismos competentes (...)” y “(…)
Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas
sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el
país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género,
religiosos y étnicos (…)”, entre otros relacionados.
Que, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL tiene entre sus
objetivos los de “(...) Asistir al/a la Ministro/a de Cultura en la
promoción de la cultura nacional a través de actividades que la
fomenten en todos los ámbitos”; “Entender en la planificación y
ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y
fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas(…)”;
“Impulsar programas y acciones que tienen por objeto fomentar el
desarrollo de proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de
promover el pleno ejercicio de los derechos culturales (...)”, entre
otros relacionados.
Que, en ese marco, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, ha decidido organizar e implementar
en todo el territorio nacional, del CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES EN
HOMENAJE A ATAHUALPA YUPANQUI, con el objetivo fomentar la construcción
de un repertorio popular de canciones originales que busquen recuperar,
recrear u homenajear su obra, su trayectoria y su figura, tanto a
través de sus letras como de su composición y la interpretación, de
acuerdo con el Reglamento Técnico de Bases y Condiciones que, como
ANEXO I (IF-2023-104420457-APN-SGC#MC), forma parte integrante de la
presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 9 de
enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y los Decretos Nº
101/85 y Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Primera Convocatoria Nacional del CONCURSO
FEDERAL DE CANCIONES EN HOMENAJE A ATAHUALPA YUPANQUI, con el objetivo
fomentar la construcción de UN (1) repertorio popular de canciones
originales que busquen recuperar, recrear u homenajear su obra, su
trayectoria y su figura, de acuerdo con el Reglamento Técnico de Bases
y Condiciones que, como ANEXO I (IF-2023-104420457-APN-SGC#MC), forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- La SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de
aplicación e interpretación del reglamento aprobado en el Artículo
precedente, y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter
operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3º.- Destinar la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000.-),
para atender los gastos derivados de la Primera Convocatoria Nacional
del CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES EN HOMENAJE A ATAHUALPA YUPANQUI,
aprobada en el Artículo 1º de la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA 16.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/09/2023 N° 78682/23 v. 29/09/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)