MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1624/2023
RESOL-2023-1624-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2023
VISTO el EX-2023-93654153- -APN-DNRYRT#MT del Registro del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/2 y 3 del IF-2023-93654937-APN-DNRYRT#MT del
expediente de referencia, obran el acuerdo y su anexo, respectivamente,
celebrados en fecha 11 de agosto de 2023 entre la FEDERACION ARGENTINA
SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, por la parte sindical, la
CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO, y la empresa RAIZEN ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL, por la parte empleadora, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del citado instrumento las partes acuerdan nuevas condiciones salariales, conforme estipulaciones allí detalladas.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárense homologados el acuerdo y su anexo celebrados
entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y
BIOCOMBUSTIBLES, por la parte sindical, la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL
PETROLEO, y la empresa RAIZEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL,
por la parte empleadora, que lucen en las páginas 1/2 y 3 del
IF-2023-93654937-APN-DNRYRT#MT del EX-2023-93654153- -APN-DNRYRT#MT,
respectivamente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro de los instrumentos identificados en el artículo 1° de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente.
ARTICULO 4º.- Dese traslado del acuerdo homologado a la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, para su conocimiento y registro.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo y anexo homologados y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/10/2023 N° 78862/23 v. 04/10/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)