JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 432/2023
RESOL-2023-432-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-43481116-APN-DACMYSG#HNDBS del Registro
del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, las Leyes Nros. 22.431
del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados y sus
modificatorio y 27.701 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de
agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional, homologado por el
Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098
de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones
Administrativas Nros. 449 de fecha 7 de mayo de 2021, 1155 de fecha 26
de noviembre de 2021 y 1086 de fecha 1° de noviembre de 2022 y 4 de
fecha 9 de enero de 2023 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha
18 de marzo 2010 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 de
mayo de 2021, 1155 de fecha 26 de noviembre de 2021 y 1086 de fecha 1°
de noviembre de 2022, se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la
planta permanente de la Administración Pública Nacional con el fin de
proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los
correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con
carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.
Que, conforme surge de la Decisión Administrativa N° 1086/22, la
presente medida que inicia el Concurso para la cobertura de cargos, no
aumenta la dotación de empleadas y empleados públicos ni tampoco
incrementa los costos para la Administración Pública Nacional.
Asimismo, solo podrán participar los empleados y empleadas del HOSPITAL
NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” que tengan al menos CINCO (5) años de
antigüedad en la Administración Pública Nacional.
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la
Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023.
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de
selección, conforme a lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su
Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus
modificatorios, el artículo 19 del Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional, homologado por el
Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, y
el artículo 33 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal comprendido dentro del Sistema Nacional de Empleo Público
homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, aplicables asimismo para la promoción del personal
permanente a cargos superiores.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado previamente,
conforme la modificación efectuado por el Decreto Nº 192 de fecha 10 de
abril de 2023, establece con carácter excepcional y transitorio, como
otro Tipo de convocatoria, la Convocatoria Interna y que en la misma
podrá participar el personal que revista como personal permanente y no
permanente, según los artículos 8º y 9º de la Ley N° 25.164 de la
Jurisdicción u Organismo al que pertenezca la vacante a cubrir.
Que conforme lo dispuesto por el artículo 161 del Anexo del Decreto Nº
214/06 y sus modificatorios, se estableció que la vigencia de la medida
mencionada alcanzaría hasta el 31 de diciembre de 2023.
Que, en ese sentido, el HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” ha
solicitado se inicien los procesos de selección correspondientes para
la cobertura de VEINTIDÓS (22) cargos vacantes autorizados y
oportunamente asignados, atento las necesidades prioritarias de
ordenamiento y regularización en el marco de las políticas públicas
llevadas a cabo en materia de gestión integral de fortalecimiento del
empleo público.
Que, se estima necesario dotar al ESTADO NACIONAL de personal idóneo,
regularizando las plantas existentes, a efectos de que aporte su
experiencia en las distintas áreas de la Administración Pública
Nacional, así como la inversión realizada en su capacitación.
Que la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera se ha expedido
favorablemente mediante el Acta Nº 255 de fecha 31 de agosto de 2023.
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010
y sus modificatorias, se aprobó el “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.
Que conforme el artículo 2º del citado reglamento se estableció que los
procesos de selección serán organizados, convocados y coordinados por
la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la
cobertura de los cargos mencionados, resulta necesario integrar el
Comité de Selección y designar al Coordinador Concursal y a su alterno,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 14, 98 y 20 del referido
Régimen de Selección de Personal.
Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus
responsabilidades aprobar las bases de la convocatoria, evaluar a los
postulantes y elaborar el orden de mérito.
Que, por su parte, la Coordinación Concursal tiene entre sus
responsabilidades impulsar el proceso de selección para concluirlo
dentro de los plazos previstos y coordinar las acciones necesarias para
la consecución de la Etapa de la Evaluación Técnica y la Evaluación del
Perfil Psicológico, en caso de corresponder.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios
y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- En el marco del Plan Integral de Regularización del
Empleo Público que surge de las Decisiones Administrativas Nros. 449
del 7 de mayo de 2021, 1155 del 26 de noviembre de 2021 y 1086 de fecha
1° de noviembre de 2022, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (Decreto Nº 214 de fecha 27 de
febrero de 2006 y sus modificatorios) y de las Actas Paritarias de
fecha 29 de mayo de 2020 y 1º de junio de 2022 respectivamente firmadas
en la Comisión Negociadora del citado CONVENIO COLECTIVO, iníciese el
proceso para la cobertura de VEINTIDOS (22) cargos vacantes y
financiados de la planta permanente del HOSPITAL NACIONAL “DR.
BALDOMERO SOMMER” detallados en el Anexo I
IF-2023-114231502-APN-DPSP#JGM, que forma parte integrante de la
presente, a través del Régimen de Selección establecido por el Título
IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N°
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y conforme la
Resolución de la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- El proceso de selección será realizado por convocatoria
Interna y mediante el Régimen de Selección establecido por los Títulos
IV y XIV, conforme corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- Establécese como requisito general de admisión a la
Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes asignados
y/o prorrogados por la Decisión Administrativa N° 1086/2022,
experiencia laboral acreditable como personal permanente y no
permanente según los artículos 8º y 9º de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional N° 25.164 igual o superior a CINCO (5) años en
la Administración Pública Nacional y que el personal se desempeñe
actualmente en el HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”.
El aludido requisito de admisión de experiencia laboral acreditable no
será aplicable a las personas con discapacidad que se postulen a los
cargos que se encuentra bajo el régimen de reserva de puestos de
trabajo en los términos previstos en el artículo 8° de la Ley Nº 22.431
del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que las vacantes cubiertas en el marco del
presente proceso de selección no podrán ser utilizadas para una nueva
contratación de personal a partir de la toma de posesión del cargo de
planta permanente por parte del o de la postulante designado o
designada.
ARTÍCULO 5°.- Desígnense integrantes de los Comités de Selección para
la cobertura de los cargos mencionados en el artículo 1º de la
presente, a las personas que se detallan en el Anexo II
IF-2023-114231212-APN-DPSP#JGM que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 6°.- Desígnense como Coordinadora Concursal titular a Anahí
García (D.N.I. N° 31.752.660) y como su alterna a Paula del Carmen
SANTANA (D.N.I. N° 27.179.197).
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/10/2023 N° 81627/23 v. 18/10/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)