COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 742/2023
DI-2023-742-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-46432215-APN-PUCP#CNRT y,
CONSIDERANDO:
Que esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE con fecha 14 de
julio de 2008 suscribió con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS de la
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES un “PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA”, con el
objeto de elaborar distintos Manuales de Procedimientos para
actualizar, completar y unificar la terminología y estructura de los
procedimientos existentes en cada una de las áreas pertenecientes a
este Organismo y su interacción con los sistemas informáticos.
Que mediante el referido Programa, la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES se obligó a entregar a esta Comisión
Nacional un Manual de Procedimientos para cada una de las áreas y un
Manual de Procedimientos Integrador de este Organismo, con la
realización de Talleres de Trabajo por cada Manual de Procedimientos y
la correspondiente transferencia de información al ÁREA INFORMÁTICA de
la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
Que posteriormente se suscribió con la citada Facultad un nuevo
Convenio con el objeto de relevar los procedimientos nuevos que llevaba
a cabo esta Comisión Nacional, confeccionando los manuales de
procedimientos, así como realizar una revisión de los manuales en uso
en los distintos sectores de este Organismo de Control.
Que en ese contexto mediante la Resolución Nº 353/10, se aprobó el
MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL
DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE -Versión 1/junio 2010.-
Que posteriormente la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA formuló una serie de
recomendaciones que fueron receptadas dando lugar a modificaciones en
dicho Manual Integrador, que generó la aprobación de la Versión 2/abril
2014 mediante el dictado de la Resolución CNRT Nº 1054/14.
Que ulteriormente a través de la Disposición CNRT Nº
DI-2019-897-APN-CNRT#MTR se procedió a dejar sin efecto las
Resoluciones de esta Comisión Nacional por las cuales se aprobaron
dichos manuales de Procedimientos.
Que mediante la Disposición CNRT Nº DI-2020-115-APN-CNRT#MTR, se
restablecieron los Manuales vigentes al tiempo del dictado de la
Disposición CNRT Nº DI-2019-897-APN-CNRT#MTR.
Que mediante la Disposición CNRT N° DI-2020-189-APN-CNRT#MTR se dejó
sin efecto el MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE –Versión 2/abril 2014-,
aprobado por la Resolución CNRT N° 1054/2014.
Que seguidamente la Disposición aludida en el considerando anterior,
mediante su artículo 2° aprobó el MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE
PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
-Versión 3.0/septiembre 2020- como Informe N°
IF-2020-59783642-APN-GCYPS#CNRT.
Que el mencionado Manual Integrador regula, entre otras cuestiones, el
procedimiento para la aprobación de otros Manuales de Procedimientos en
el punto 5.1 estableciendo en el inciso b) que la UNIDAD DE AUDITORÍA
INTERNA interviene en resguardo de los procedimientos de control y la
transparencia en los procedimientos, analiza las actuaciones y emite
opinión, la cual si es favorable remite las actuaciones a la GERENCIA
DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS.
Que el MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS en el punto 5.1
inciso c) dispone que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS,
intervendrá como responsable de la revisión de los aspectos legales –
institucionales, emitirá Dictamen, y si éste es favorable, deberá
elaborar el proyecto de acto administrativo pertinente.
Que mediante el artículo 3 de la Disposición N°
DI-2021-816-APN-CNRT#MTR, se aprobó el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA
UNIDAD DE CONTROL PSICOFÍSICO – Versión 1/julio 2021, que como Informe
Gráfico N° IF-2021-69250529-APN-GFTAU#CNRT, forma parte integrante de
dicha Disposición.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 832/19 de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS se aprobaron cambios en la estructura
organizativa y funcional de ésta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE, Organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que la implementación de las modificaciones propiciadas por la citada
Decisión Administrativa provocó la desarticulación del Programa UNIDAD
DE CONTROL PSICOFÍSICO.
Que en virtud de ello, resultó conducente propiciar la creación de un
nuevo programa denominado “PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO”, que
se creó mediante la Disposición N° DI-2022-419-APN-CNRT#MTR, integrando
nuevas funciones a las ya establecidas, las cuales dejaron de
ejecutarse en el ámbito de la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR, para integrarse en el nuevo programa que es coordinado desde
la DIRECCIÓN EJECUTIVA cuyas actividades y alcance, se encuentran
enunciadas en el Anexo IF-2022-56855451-APN-GFTA#CNRT, que forma parte
integrante de dicha Disposición.
Que en consecuencia, se estimó necesario elaborar un nuevo MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO, a fin de que
el mismo se adecue a la nueva orientación que se establece en el
Programa.
Que por todo lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 3 de
la Disposición N° DI-2021-816-APN-CNRT#MTR y aprobar el MANUAL DE
PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO - VERSIÓN 2/
septiembre 2023 de acuerdo a lo propuesto en el Informe N°
IF-2022-137010701-APN-PUCP#CNRT.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de esta COMISIÓN NACIONAL ha
realizado la revisión de la citada presentación y se ha expedido
favorablemente, manifestando su plena conformidad.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le
compete.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto N° 1388/96 y sus modificatorios y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el artículo 3 de la Disposición N°
DI-2021-816-APN-CNRT#MTR, de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA UNIDAD
DE CONTROL PREVENTIVO “ versión 2/ septiembre 2023, que como Informe
Gráfico N° IF-2022-137010701-APN-PUCP#CNRT, forma parte integrante de
la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, la que
deberá arbitrar las medidas tendientes a dar cumplimiento a lo
establecido en los apartados del “…Punto 5.4 SEGURIDAD, VALIDACIÓN DE
LOS SOPORTES DE USO, RESPONSABILIDAD Y GUARDA…” del MANUAL INTEGRADOR
DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS -Versión 3.0/ septiembre, aprobado por la
Disposición CNRT Nº DI-2020-189- APN-CNRT#MTR, en lo que respecta
manual precedentemente aprobado.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE
LA INFORMACIÓN para que resguarde la versión digital de los manuales
que se aprueban por la presente Disposición, en los términos del Punto
5.4. del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS, Versión
3.0/septiembre 2020.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a la ÁREA COMUNICACIÓN Y PRENSA para que
publique el manual precedentemente aprobado, a través del sitio de
internet de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, en los
términos del “…Punto 5.3. CONOCIMIENTO Y UTILIZACIÓN POR PARTE DE LOS
USUARIOS…” del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS, Versión
3.0/septiembre 2020.
ARTÍCULO 7°.- Notifíquese la presente Disposición a todas las Gerencias de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/11/2023 N° 97453/23 v. 30/11/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)