MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA
Resolución 204/2023
RESOL-2023-204-APN-SIS#MDS
Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2023
VISTO el Expediente N°EX-2023-55049899-APN-SSGTYSB#MDS, y la Resolución N°RESOL-2023-101-APN-SIS#MDS, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de
Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la
política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e
inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la
reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades
para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con
discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los
adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de
las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la
vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al
cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados
internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su
competencia.
Que adicionalmente, la norma referida en el considerando anterior
establece como competencia específica de esta Cartera Ministerial la de
entender, en coordinación con las demás áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las
gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de
integración socio urbanos de los Barrios Populares, identificados en el
REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA
(RENABAP), creado por el Decreto Nº 358/17.
Que mediante la Ley N° 27.453 y su modificatoria, se declaró de interés
público el régimen de integración socio urbana de los Barrios Populares
identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO
DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (RENABAP), creado por el Decreto N° 358 de
fecha 22 de mayo de 2017, definiendo a la integración socio urbana como
el conjunto de acciones orientadas a la mejora y ampliación del
equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios,
el tratamiento de lo espacios libres y públicos, la eliminación de
barreras urbanas, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el
saneamiento y mitigación ambiental, el fortalecimiento de las
actividades económicas familiares, el redimensionamiento parcelario, la
seguridad en la tenencia y la regularización dominial y estableciendo
que tales acciones deberán ser progresivas, integrales, participativas
y con enfoque de género y diversidad.
Que la situación de extrema precariedad y hacinamiento existente en los
Barrios Populares incide negativamente en la calidad de vida de las
personas que los habitan, debido a la carente infraestructura e
imposibilidad de acceso a los servicios públicos, lo que contribuye a
la generación y reproducción de situaciones de pobreza histórica,
marginación, deficiencia sanitaria y vulnerabilidad social.
Que se reconoce a la integración socio urbana como un proceso
indispensable para la superación de situaciones de segregación y
exclusión, que propende a la inclusión social plena de las personas y
la ampliación de sus niveles de ciudadanía.
Que, en consecuencia, se requieren acciones tendientes a la integración
urbana a los fines de que los habitantes de los Barrios Populares
ejerzan plenamente sus derechos sociales, culturales, económicos y
ambientales, consagrados por la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que, con fecha 20 de Enero de 2021, la República Argentina y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) procedieron a suscribir el Contrato
de Préstamo N° 4804/OC-AR, destinado a financiar el “PROGRAMA DE
INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (PISU)”.
Que, en este marco y por Resolución Nº RESOL-2023-638-APN-MDS se aprobó
el REGLAMENTO OPERATIVO (ROP), el cual se constituye como marco
operativo del Programa de Integración Socio Urbana (PISU) - Préstamo
BID 4804 OC/AR, y establece sus procedimientos, mecanismos y reglas de
ejecución, quedando establecido además que el Organismo Ejecutor estará
integrado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA,
ambas dependientes de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, entre los componentes en los que se estructura el Programa de
Integración Socio Urbana (PISU - BID 4804 OC/AR) se encuentra la
Promoción del Desarrollo Humano y Productivo, cuyo objetivo es mejorar
las condiciones socio económicas de los habitantes de los Barrios
Populares, a través del fortalecimiento de las actividades económicas y
proyectos productivos, con foco en el asociativismo y la economía
popular.
Que, posteriormente, mediante la Nota identificada como
NO-2022-65553182-APN-DGPEYCI#MDS, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS
ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL indica que, a fin de cumplir los
objetivos establecidos en el marco del Componente 2: Desarrollo Humano
y Productivo, se plantean las siguientes líneas de fortalecimiento
destinadas a espacios socio comunitarios y/o Unidades Productivas que
se se encuentren dentro de un Barrio RENABAP con Proyecto del Programa
de Integración Socio Urbana (PISU) y/o a 50 Kms de distancia del mismo;
o en su defecto, por el Programa Argentina Unida por la Integración de
Barrios Populares y/o por el Fideicomiso de Integración Socio-Urbana:
1. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), 2.
Fortalecimiento de Espacios Comunitarios, 3. Fortalecimiento de
espacios de agricultura comunitaria, 4. Fortalecimiento de espacios
deportivos barriales, 5. Fortalecimiento de espacios cooperativos de
producción textil, 6. Fortalecimiento de espacios comunitarios de
cuidados y crianza infantil y 7. Fortalecimiento de la producción de la
agricultura comunitaria.
Que, mediante el citado instrumento también solicitó se arbitren los
mecanismos necesarios a fin de proceder con la adquisición y ejecución
de desembolsos en el marco de estas líneas de manera directa desde
dicha DIRECCIÓN y que, este requerimiento cuenta con la pertinente
aprobación por parte del Banco Interamericano de Desarrollo, tal cual
lo informado por medio de la Nota identificada como CSC/CAR-2172-2022.
Que, en virtud de ello, se dio inicio al proceso de adquisición de
insumos varios a través del sistema de Comparación de Precios CP
07/2022 “Adquisición de Insumos y Equipamiento - Kit de
Fortalecimiento” resultando adjudicados el lote 9 “Artìculos
deportivos”, lote 10 “Juguetería”, lote 11 “Cocina industrial” sus
ítems 1-Cocina industrial y 3- Horno pizzero de mínimo 12 moldes, y
lote 12 “Equipamiento textil”; todos ellos adjudicados a la firma ABC
Latinoamericana Comercialización SA (CUIT N° 30-71506605-6) en virtud
de la Disposición DI-2023-39-APNDGPEYCI#MDS de la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.
Que también se procedió a dar inicio al proceso de adquisición de
automóviles utilitarios a través del sistema de Comparación de Precios
CP 05/2022 “Adquisición de Automóviles Utilitarios - Kit de
Fortalecimiento”, resultando adjudicada la firma LE MANS AUTOMÓVILES
S.A. (CUIT N° 30-71083833-6) en virtud de la Disposición
DI2022-357-APN-DGPEYCI#MDS de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS
ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.
Que por su parte se dio inicio al proceso de adquisición de maquinaria
para reciclaje a través del sistema de Comparación de Precios CP
04/2022 Adquisición de Maquinaria para reciclaje - Kits de
fortalecimiento resultando adjudicadas las firmas DESARROLLO DE EQUIPOS
INDUSTRIALES S.A. (CUIT 30-70033782-7), COOPERATIVA DE TRABAJO HERRERIA
ATUEL LTDA (CUIT 30-71718065-4) y TORKY MOBILITY SAS (CUIT 30-71755606-
9) registrado en la Disposición DI-2023-111-APN-DGPEYCI#MDS.
Que finalmente también se dio inicio al proceso de adquisición de
equipos informáticos a través del sistema de Comparación de Precios CP
06/2022 “Adquisición de Equipos Informáticos - Kit de Fortalecimiento”
resultando adjudicada la firma DATASTAR S.A. (CUIT N° 30-70202483-4) en
virtud de la Disposición DI-2023-4-APN-DGPEYCI#MDS de la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.
Que, en el marco de las competencias a cargo de este MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA procedió a
suscribir la Resolución N°RESOL-2023-101-APN-SIS#MDS del 26 de junio de
2023, instrumento mediante el cual se aprobó el modelo de Contrato de
Comodato identificado como IF-2023-59001660-APN-DNDU#MDS, y el modelo
de Acta de Recepción de Bienes identificado como
IF-2023-59004056-APN-DNDU#MDS.
Que, por la precitada Resolución, y en el marco de los procesos de
adquisición de bienes bajo el sistema de Comparación de Precios CP
04/2022 “Adquisición de Maquinaria para reciclaje- Kit de
Fortalecimiento”, CP 05/2022 “Adquisición de Automóviles Utilitarios -
Kit de Fortalecimiento”, CP 06/2022 “Adquisición de Equipos
Informáticos - Kit de Fortalecimiento” y CP 07/2022 “Adquisición de
Insumos y Equipamiento - Kit de Fortalecimiento”, la SECRETARÍA DE
INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA aprobó también la entrega a la Cooperativa de
Trabajo Construir Trabajo Limitada (CUIT 30-71626930-9), de los bienes
identificados en el Anexo I - Distribución de Bienes, identificado como
IF-2023-59000223-APN-DNDU#MDS.
Que, por su parte, en el marco del proceso de adquisiciones CP 04/2022
“Adquisición de Maquinaria para reciclaje- Kit de Fortalecimiento” se
concreta la compra de maquinaria, todos bienes patrimoniados a nombre
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, y que sus entregas a
las respectivas beneficiarias debieran realizarse mediante Contrato de
Comodato para la cesión de su uso en vigencia del Programa.
Que, posteriormente, habiéndose avanzado en los procesos de adquisición
de nuevos elementos que ya se encontraban proyectados en los referidos
procesos de compra bajo el sistema de Comparaciones de Precios ya
citados en el considerando anteriormente, los Kit de Fortalecimiento se
han visto incrementados en la cantidad de bienes a ser distribuidos,
tal como se identifica en la Disposición
DI-2023-59394547-APN-DGPEYCI#MDS.
Que, en ese contexto, y en virtud del análisis realizado oportunamente
sobre la Cooperativa de Trabajo Construir Trabajo Limitada acerca de
sus necesidades a ser cubiertas y en tanto que cumple
satisfactoriamente con los criterios de asignación, la DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO URBANO procedió a realizar una nueva
intervención mediante Informe identificado como
IF-2023-128145015-APN-DNDU#MDS, en donde establece la necesidad de
incrementar los bienes oportunamente entregados a la referida entidad
mediante el nuevo ANEXO II individualizado como
IF-2023-100673007-APN-DNDU#MDS.
Que, en consecuencia, se estima pertinente proceder a modificar el
ARTÍCULO 1° de la RESOL-2023-101-APN-SIS#MDS en el sentido de aprobar
el modelo de Comodato para la cesión de uso de la maquinaria, modelo
identificado como IF-2023-128015087-APN-DNDU#MDS.
Que, en consecuencia, se estima pertinente también proceder a modificar
el ARTÍCULO 2° de la RESOL-2023-101-APN-SIS#MDS en el sentido de
establecer que los bienes a ser entregados a la Cooperativa de Trabajo
Construir Trabajo Limitada serán los individualizados en los ANEXOS
identificados como IF-2023-59000223-APN-DNDU#MDS e
IF-2023-100673007-APN-DNDU#MDS.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TIERRAS Y SERVICIOS BARRIALES ha prestado la debida conformidad a la presente tramitación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, la Ley Nº 27.453, del RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN
DOMINIAL PARA LA INTEGRACIÓN SOCIO URBANA y su Decreto Reglamentario N°
819/2019, la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS
SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL y su Decreto
Reglamentario N° 1344/2007 y sus normas modificatorias y
complementarias, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
normas modificatorias y complementarias, RESOL-2023-638-APN-MDS y
RESOL-2020-1055-APN-MDS.
Por ello,
LA SECRETARIA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del ARTÍCULO 1° de la
RESOL-2023-101-APN-SIS#MDS, la que quedará redactada de la siguiente
manera:
Apruébase el modelo de Contrato de Comodato de vehículo utilitario,
identificado como IF-2023-59001660-APN-DNDU#MDS; el modelo de Contrato
de Comodato de maquinaria, identificado como
IF-2023-128015087-APN-DNDU#MDS; y el modelo de Acta de Recepción de
Bienes, identificado como IF-2023-59004056-APN-DNDU#MDS.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la modificación del ARTÍCULO 2° de la
RESOL-2023-101-APN-SIS#MDS, la que quedará redactada de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 2°.- Apruébase la entrega a la Cooperativa de Trabajo
Construir Trabajo Limitada, los bienes identificados en los Anexos -
Distribución de Bienes – Cooperativa Construir Trabajo, identificados
como IF-2023-59000223-APN-DNDU#MDS e IF-2023-100673007-APN-DNDU#MDS,
adquiridos en el marco de los procesos de Comparación de Precios CP
04/2022 “Adquisición de Maquinaria para reciclaje- Kit de
Fortalecimiento”, CP 05/2022 “Adquisición de Automóviles Utilitarios -
Kit de Fortalecimiento”, CP 06/2022 “Adquisición de Equipos
Informáticos - Kit de Fortalecimiento” y CP 07/2022 “Adquisición de
Insumos y Equipamiento - Kit de Fortalecimiento”.
ARTÍCULO 3°.- Delégase la firma del Acta de Recepción de Bienes a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO URBANO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Ramona Fernanda Miño
e. 08/12/2023 N° 100863/23 v. 08/12/2023