MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA

Resolución 217/2023

RESOL-2023-217-APN-SIS#MDS

Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2023

VISTO el Expediente N°EX-2023-51525495-APN-SSGTYSB#MDS, y la Resolución N°RESOL-2023-70-APN-SIS#MDS, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.

Que adicionalmente, la norma referida en el considerando anterior establece como competencia específica de esta Cartera Ministerial la de entender, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de integración socio urbanos de los Barrios Populares, identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP), creado por el Decreto Nº 358/17.

Que mediante la Ley N° 27.453 y su modificatoria, se declaró de interés público el régimen de integración socio urbana de los Barrios Populares identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (RENABAP), creado por el Decreto N° 358 de fecha 22 de mayo de 2017, definiendo a la integración socio urbana como el conjunto de acciones orientadas a la mejora y ampliación del equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de lo espacios libres y públicos, la eliminación de barreras urbanas, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y mitigación ambiental, el fortalecimiento de las actividades económicas familiares, el redimensionamiento parcelario, la seguridad en la tenencia y la regularización dominial y estableciendo que tales acciones deberán ser progresivas, integrales, participativas y con enfoque de género y diversidad.

Que la situación de extrema precariedad y hacinamiento existente en los Barrios Populares incide negativamente en la calidad de vida de las personas que los habitan, debido a la carente infraestructura e imposibilidad de acceso a los servicios públicos, lo que contribuye a la generación y reproducción de situaciones de pobreza histórica, marginación, deficiencia sanitaria y vulnerabilidad social.

Que se reconoce a la integración socio urbana como un proceso indispensable para la superación de situaciones de segregación y exclusión, que propende a la inclusión social plena de las personas y la ampliación de sus niveles de ciudadanía.

Que, en consecuencia, se requieren acciones tendientes a la integración urbana a los fines de que los habitantes de los Barrios Populares ejerzan plenamente sus derechos sociales, culturales, económicos y ambientales, consagrados por la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que, con fecha 20 de Enero de 2021, la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) procedieron a suscribir el Contrato de Préstamo N° 4804/OC-AR, destinado a financiar el “PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (PISU)”.

Que, en este marco y por Resolución Nº RESOL-2023-638-APN-MDS se aprobó el REGLAMENTO OPERATIVO (ROP), el cual se constituye como marco operativo del Programa de Integración Socio Urbana (PISU) - Préstamo BID 4804 OC/AR, y establece sus procedimientos, mecanismos y reglas de ejecución, quedando establecido además que el Organismo Ejecutor estará integrado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA, ambas dependientes de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que, entre los componentes en los que se estructura el Programa de Integración Socio Urbana (PISU - BID 4804 OC/AR) se encuentra la Promoción del Desarrollo Humano y Productivo, cuyo objetivo es mejorar las condiciones socio económicas de los habitantes de los Barrios Populares, a través del fortalecimiento de las actividades económicas y proyectos productivos, con foco en el asociativismo y la economía popular.

Que, posteriormente, mediante la Nota identificada como NO-2022-65553182-APN-DGPEYCI#MDS, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL indica que, a fin de cumplir los objetivos establecidos en el marco del Componente 2: Desarrollo Humano y Productivo, se plantean las siguientes líneas de fortalecimiento destinadas a espacios socio comunitarios y/o Unidades Productivas que se se encuentren dentro de un Barrio RENABAP con Proyecto del Programa de Integración Socio Urbana (PISU) y/o a 50 Kms de distancia del mismo; o en su defecto, por el Programa Argentina Unida por la Integración de Barrios Populares y/o por el Fideicomiso de Integración Socio-Urbana: 1. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), 2. Fortalecimiento de Espacios Comunitarios, 3. Fortalecimiento de espacios de agricultura comunitaria, 4. Fortalecimiento de espacios deportivos barriales, 5. Fortalecimiento de espacios cooperativos de producción textil, 6. Fortalecimiento de espacios comunitarios de cuidados y crianza infantil y 7. Fortalecimiento de la producción de la agricultura comunitaria.

Que, mediante el citado instrumento también solicitó se arbitren los mecanismos necesarios a fin de proceder con la adquisición y ejecución de desembolsos en el marco de estas líneas de manera directa desde dicha DIRECCIÓN y que, este requerimiento cuenta con la pertinente aprobación por parte del Banco Interamericano de Desarrollo, tal cual lo informado por medio de la Nota identificada como CSC/CAR-2172-2022.

Que, en virtud de ello, se dio inicio al proceso de adquisición de insumos varios a través del sistema de Comparación de Precios CP 07/2022 “Adquisición de Insumos y Equipamiento - Kit de Fortalecimiento” resultando adjudicados el lote 9 “Artìculos deportivos”, lote 10 “Juguetería”, lote 11 “Cocina industrial” sus ítems 1-Cocina industrial y 3- Horno pizzero de mínimo 12 moldes, y lote 12 “Equipamiento textil”; todos ellos adjudicados a la firma ABC Latinoamericana Comercialización SA (CUIT N° 30-71506605-6) en virtud de la Disposición DI-2023-39-APNDGPEYCI#MDS de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.

Que también se procedió a dar inicio al proceso de adquisición de automóviles utilitarios a través del sistema de Comparación de Precios CP 05/2022 “Adquisición de Automóviles Utilitarios - Kit de Fortalecimiento”, resultando adjudicada la firma LE MANS AUTOMÓVILES S.A. (CUIT N° 30-71083833-6) en virtud de la Disposición DI2022-357-APN-DGPEYCI#MDS de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.

Que por su parte se dio inicio al proceso de adquisición de maquinaria para reciclaje a través del sistema de Comparación de Precios CP 04/2022 Adquisición de Maquinaria para reciclaje - Kits de fortalecimiento resultando adjudicadas las firmas DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. (CUIT 30-70033782-7), COOPERATIVA DE TRABAJO HERRERIA ATUEL LTDA (CUIT 30-71718065-4) y TORKY MOBILITY SAS (CUIT 30-71755606- 9) registrado en la Disposición DI-2023-111-APN-DGPEYCI#MDS.

Que finalmente también se dio inicio al proceso de adquisición de equipos informáticos a través del sistema de Comparación de Precios CP 06/2022 “Adquisición de Equipos Informáticos - Kit de Fortalecimiento” resultando adjudicada la firma DATASTAR S.A. (CUIT N° 30-70202483-4) en virtud de la Disposición DI-2023-4-APN-DGPEYCI#MDS de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.

Que, en el marco de las competencias a cargo de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA procedió a suscribir la Resolución N°RESOL-2023-70-APN-SIS#MDS del 20 de mayo de 2023, instrumento mediante el cual se aprobó el modelo de Contrato de Comodato identificado como IF-2023-52521304-APN-DNDU#MDS, y el modelo de Acta de Recepción de Bienes identificado como IF-2023-52531775-APN-DNDU#MDS.

Que, por la precitada Resolución, y en el marco de los procesos de adquisición de bienes bajo el sistema de Comparación de Precios CP 04/2022 “Adquisición de Maquinaria para reciclaje- Kit de Fortalecimiento”, CP 05/2022 “Adquisición de Automóviles Utilitarios - Kit de Fortalecimiento”, CP 06/2022 “Adquisición de Equipos Informáticos - Kit de Fortalecimiento” y CP 07/2022 “Adquisición de Insumos y Equipamiento - Kit de Fortalecimiento”, la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA aprobó también la entrega a la Cooperativa de Trabajo 18 de Abril Limitada (CUIT 33-71607642-9), de los bienes identificados en el Anexo I - Distribución de Bienes, identificado como IF-2023-52530847-APN-DNDU#MDS.

Que, por su parte, en el marco del proceso de adquisiciones CP 04/2022 “Adquisición de Maquinaria para reciclaje- Kit de Fortalecimiento” se concreta la compra de maquinaria, todos bienes patrimoniados a nombre del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, y que sus entregas a las respectivas beneficiarias debieran realizarse mediante Contrato de Comodato para la cesión de su uso en vigencia del Programa.

Que, posteriormente, habiéndose avanzado en los procesos de adquisición de nuevos elementos que ya se encontraban proyectados en los referidos procesos de compra bajo el sistema de Comparaciones de Precios ya citados en el considerando anteriormente, los Kit de Fortalecimiento se han visto incrementados en la cantidad de bienes a ser distribuidos, tal como se identifica en la Disposición DI-2023-59394547-APN-DGPEYCI#MDS.

Que, en ese contexto, y en virtud del análisis realizado oportunamente sobre la Cooperativa de Trabajo 18 de Abril Limitada acerca de sus necesidades a ser cubiertas y en tanto que cumple satisfactoriamente con los criterios de asignación, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO URBANO procedió a realizar una nueva intervención mediante Informe identificado como IF-2023-128149131-APN-DNDU#MDS, en donde establece la necesidad de incrementar los bienes oportunamente entregados a la referida entidad mediante el nuevo ANEXO II individualizado como IF-2023-100675424-APN-DNDU#MDS.

Que, en consecuencia, se estima pertinente proceder a modificar el ARTÍCULO 1° de la RESOL-2023-70-APN-SIS#MDS en el sentido de aprobar el modelo de Comodato para la cesión de uso de la maquinaria, modelo identificado como IF-2023-128014180-APN-DNDU#MDS.

Que, en consecuencia, se estima pertinente también proceder a modificar el ARTÍCULO 2° de la RESOL-2023-70-APN-SIS#MDS en el sentido de establecer que los bienes a ser entregados a la Cooperativa de Trabajo 18 de Abril Limitada serán los individualizados en los ANEXOS identificados como IF-2023-52530847-APN-DNDU#MDS e IF-2023-100675424-APN-DNDU#MDS.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TIERRAS Y SERVICIOS BARRIALES ha prestado la debida conformidad a la presente tramitación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley Nº 27.453, del RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL PARA LA INTEGRACIÓN SOCIO URBANA y su Decreto Reglamentario N° 819/2019, la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus normas modificatorias y complementarias, RESOL-2023-638-APN-MDS y RESOL-2020-1055-APN-MDS.

Por ello,

LA SECRETARIA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del ARTÍCULO 1° de la RESOL-2023-70-APN-SIS#MDS, la que quedará redactada de la siguiente manera:

Apruébase el modelo de Contrato de Comodato de vehículo utilitario, identificado como IF-2023-52521304-APN-DNDU#MDS; el modelo de Contrato de Comodato de maquinaria, identificado como IF-2023-128014180-APN-DNDU#MDS; y el modelo de Acta de Recepción de Bienes, identificado como IF-2023-52531775-APN-DNDU#MDS.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la modificación del ARTÍCULO 2° de la RESOL-2023-70-APN-SIS#MDS, la que quedará redactada de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Apruébase la entrega a la Cooperativa de Trabajo 18 de Abril Limitada, los bienes identificados en los Anexos - Distribución de Bienes – Cooperativa 18 de Abril, identificados como IF-2023-52530847-APN-DNDU#MDS e IF-2023-100675424-APN-DNDU#MDS, adquiridos en el marco de los procesos de Comparación de Precios CP 04/2022 “Adquisición de Maquinaria para reciclaje- Kit de Fortalecimiento”, CP 05/2022 “Adquisición de Automóviles Utilitarios - Kit de Fortalecimiento”, CP 06/2022 “Adquisición de Equipos Informáticos - Kit de Fortalecimiento” y CP 07/2022 “Adquisición de Insumos y Equipamiento - Kit de Fortalecimiento”.

ARTÍCULO 3°.- Delégase la firma del Acta de Recepción de Bienes a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO URBANO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Ramona Fernanda Miño

e. 08/12/2023 N° 100832/23 v. 08/12/2023