ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 73/2023

DECTO-2023-73-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-150170576-APN-MINF, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios) estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario aprobar la conformación organizativa del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

Que, asimismo, resulta necesario establecer el ámbito jurisdiccional de actuación de los organismos desconcentrados y descentralizados del citado Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérense los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA, transferida por el Decreto N° 8/23 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el siguiente:

“XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

- SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO–URBANA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

- SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA

- SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE MINERÍA

- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

- SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SECRETARÍA DE CONCESIONES

- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y DESARROLLO DE PROYECTOS

- SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS

- SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL”.

ARTÍCULO 3°.– Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios los Apartados XII y XXV.

ARTÍCULO 4°. - Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-151244378-APN-MINF) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios los Apartados XII y XXV.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el siguiente:

“XIII – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (IAT)

UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO

INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA

Organismos Descentralizados

JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV)

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)

ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA)

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE)

OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)

ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF)

DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)

BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGP)

EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)

AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL

PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA

AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)

CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA FERROCARRIL TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA (EBITAIN)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS LEÑAS (EBILEÑAS)”.

ARTÍCULO 7°.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XII.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/12/2023 N° 105146/23 v. 22/12/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°

(ANEXO II)

XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Brindar apoyo y asesoramiento en el diseño de la agenda estratégica e institucional del Ministerio, de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión de gobierno.

3. Entender y asistir a al Ministro en todas las cuestiones vinculadas con los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Centralizar la información producida por las unidades dependientes del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de las diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.

5. Asesorar en las cuestiones relacionadas con los proyectos referidos a convenios en el ámbito de su competencia.

6. Coordinar el despacho del Ministro.

7. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones institucionales y de ceremonial y protocolo de la Jurisdicción.

8. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.

9. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos y el desarrollo e implementación de la imagen institucional y de los contenidos digitales de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento del Ministerio.

14. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción, y la representación del Ministerio en aquellos órganos societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el Ministerio, conforme las pautas y lineamientos impartidos al Ministro por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que respecta a la emisión de dictámenes.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

3. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

5. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

6. Asistir, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativos y disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

9. Asistir, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en la coordinación de la gestión de los directores que representen al ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción, y la representación de la Jurisdicción en aquellos órganos societarios de los entes donde posea participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con la Secretaría en la asistencia a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a las políticas de ordenamiento social y territorial y de desarrollo de vivienda, hábitat e integración urbana, así como entender en el diseño de estrategias, planes y programas en el ámbito de su competencia.

2. Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

3. Intervenir en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con el impulso a nivel local, provincial y regional de la descentralización política y económica para la consolidación del reequilibrio social y territorial.

4. Dirigir la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con el desarrollo del hábitat, la vivienda y la integración urbana, atendiendo a las diversidades, demandas y modos de habitar de las diferentes regiones del país.

5. Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de las políticas de gestión de suelo, innovando y generando instrumentos urbanísticos y jurídicos que garanticen el crecimiento conveniente de las áreas metropolitanas, de las ciudades pequeñas y medianas, y de la protección de los cordones periurbanos, en coordinación con provincias y municipios.

6. Coordinar acciones que realicen el ESTADO NACIONAL, las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en lo referente a la planificación del territorio, a los usos del suelo y a los programas de infraestructura y hábitat, en el marco de lo que establezca la política de ordenamiento territorial.

7. Dirigir la elaboración de planes y programas de fortalecimiento y actualización de las políticas de desarrollo que tengan como objetivo la competitividad y complementariedad territorial, tanto urbana como rural.

8. Proponer lineamientos para el fomento del desarrollo urbano equilibrado y sustentable en el territorio nacional, en coordinación con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios.

9. Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo y coordinación de políticas de regularización del suelo, mejoramiento y construcción de vivienda e integración socio urbana.

10. Intervenir, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de integración socio urbanos.

11. Dirigir la elaboración de planes y programas para el desarrollo de ciudades y áreas periurbanas compactas, integradas, inclusivas, sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de obras de infraestructura y servicio urbano.

12. Diseñar e implementar programas habitacionales que faciliten el acceso al hábitat y el arraigo en la vivienda, en sus diferentes modalidades.

13. Articular estrategias para la promoción de programas que fomenten la participación del sector privado en el incremento de la oferta habitacional, tanto en el mercado inmobiliario como en el de alquileres.

14. Promover la inversión de recursos en el ámbito de la vivienda para diferentes sectores sociales, a través de la implementación de programas específicos.

15. Dirigir el diseño e implementación de acciones que permitan mejorar la calidad del hábitat de los sectores que habitan y/o trabajan en las áreas rurales y/o costeras.

16. Asistir a la Secretaría en la promoción y el desarrollo de nuevas tecnologías en lo que respecta a materiales, estandarización y equipamientos, y técnicas regionales sustentables articulando con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y ejecución de políticas públicas de acceso a soluciones habitacionales.

2. Promover el acceso a soluciones habitacionales en su aspecto cuantitativo y cualitativo, mediante la implementación de políticas de urbanización de barrios, regularización dominial y producción de suelo urbano, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

3. Elaborar e impulsar planes de urbanización de barrios y propiciar la dotación de infraestructura básica y equipamiento comunitario.

4. Entender en el diseño, elaboración e implementación de planes nacionales de regularización dominial de barrios.

5. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de acciones tendientes a la identificación de inmuebles de dominio del ESTADO NACIONAL que puedan ser afectados a las políticas y programas habitacionales, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

6. Implementar, junto con otros organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con las organizaciones no gubernamentales pertinentes, las tareas vinculadas con la identificación y adquisición estratégica de suelos para el desarrollo de programas de acceso a la vivienda digna.

7. Elaborar y proponer las políticas públicas y programas de acceso a soluciones habitacionales, en coordinación con las autoridades provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.

8. Formular programas de asistencia económica, subsidios y créditos, en el ámbito de su competencia.

9. Intervenir en el diseño de las herramientas necesarias para llevar adelante censos y relevamientos poblacionales, en el marco de su competencia.

10. Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos estatales provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, como así también con asociaciones profesionales, organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales públicos y privados.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo y ordenamiento territorial, fortaleciendo la estructura federal del país, así como entender en el diseño de estrategias, planes y programas de inversión pública y privada en el ámbito de su competencia.

2. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, impulsando, promoviendo y articulando estratégicamente los diferentes niveles de organización territorial nacional e internacional.

3. Participar, junto con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, de las estrategias de reequilibrio del territorio y de la formulación de los documentos técnicos específicos para implementar y comunicar las políticas, planes, programas, acciones, proyectos, obras e impacto de la inversión pública y/o privada.

4. Participar, articulando con los organismos nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia, en el relevamiento de suelos vacantes o disponibles, como así también en la actualización, adecuación, homogenización de los sistemas de inventario de los mismos y en la definición e implementación de criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para la mejora continua de los procesos de planificación y diseño de proyectos territoriales.

5. Intervenir en la formulación de un cuerpo normativo y de instrumentos y/o mecanismos de cooperación y articulación entre las distintas Jurisdicciones y organizaciones para el abordaje territorial equilibrado del desarrollo urbano.

6. Asistir con programas específicos y coordinar acciones tendientes a que los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales definan regulaciones sobre el suelo urbano, teniendo en cuenta las particularidades de cada territorio.

7. Entender en la cooperación y asistencia técnica a organismos públicos y privados y promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos, en materia de su competencia.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño y la implementación de políticas de integración urbana y desarrollo territorial.

2. Entender en la transformación urbana de barrios, mediante un abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano.

3. Entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en el diseño de mecanismos de participación para el desarrollo e implementación de los proyectos de integración urbana.

4. Participar en el diseño y en la ejecución de proyectos de infraestructura urbana y de mejoramiento del hábitat.

5. Entender en la implementación de iniciativas tendientes a la vinculación y al desarrollo productivo en los proyectos de integración urbana que se aborden.

6. Participar en el diseño e implementación de políticas de acceso a soluciones habitacionales en los proyectos de integración urbana que se aborden.

7. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en los asuntos inherentes al área de su competencia.

8. Entender en la administración y gestión del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA y realizar su evaluación y seguimiento.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de infraestructura de minería, de energía, viales, hídricas y de saneamiento, y de prevención sísmica, en especial en los programas de inversión y pre inversión pública de su competencia, y en la coordinación de los planes, programas y proyectos relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

2. Dirigir la elaboración, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y demás organismos nacionales y provinciales que correspondan, de los documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

3. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras públicas de infraestructura hídrica, de minería, de energía, de prevención sísmica y de planificación territorial de la inversión pública, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, regional, nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4. Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.

5. Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de infraestructura, en el ámbito de su competencia.

6. Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el desarrollo.

7. Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.

8. Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL.

9. Entender en la definición e implementación de criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de proyectos y ejecución de obras.

10. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

11. Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte -comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA, CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO- y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL competentes en la materia.

12. Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y expansión de dichos servicios.

13. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

14. Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la Ley N° 26.221.

15. Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

16. Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica, en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

17. Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO (COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

18. Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

19. Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

20. Participar en la planificación, programación, evaluación y/o ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de emergencia, solicitadas por las provincias.

21. Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

22. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.

23. Asistir, en materia de su competencia, en el ejercicio del control tutelar de los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la Jurisdicción.

24. Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministerio en la definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo, fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.

25. Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su competencia.

26. Entender en los procesos y procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.

27. Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración, propuesta y ejecución de los programas, proyectos y acciones en materia de infraestructura pública.

2. Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de las obras de infraestructura, en coordinación con las áreas involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales utilizados en la construcción de las obras de infraestructura pública y de los supuestos de participación público-privada.

3. Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y con otras entidades para el desarrollo e implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su competencia.

4. Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas del ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional competentes.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la política nacional de obras de infraestructura y coordinar los planes y programas a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

7. Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos y acciones en materia de obra, infraestructura pública, infraestructura vial y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento.

8. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para los llamados a contrataciones públicas que se efectúen con motivo de las obras a realizarse.

9. Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la construcción, conservación de los edificios públicos y restauración de monumentos históricos nacionales.

10. Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones en los procedimientos de selección.

12. Gestionar un sistema de control e información geográfica de las obras de infraestructura públicas de su competencia, consideradas en los planes estratégicos sectoriales y globales.

13. Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.

14. Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo su órbita, tanto en su gestión contable y financiera como en el seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

15. Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de las obras de infraestructura pública en el ámbito de la Secretaría.

16. Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y con otras Entidades para el desarrollo e implementación de los proyectos, programas y acciones en el área de su competencia.

17. Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración físico territorial internacional, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

18. Asistir a la Secretaría en los procesos y procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de obras de infraestructura energética nacional.

2. Intervenir en el diseño, elaboración e implementación de planes y programas de infraestructura de obras de energía.

3. Articular en forma conjunta con el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la UNIDAD ESPECIAL DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE) y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA), así como con todo otro organismo sectorial, la ejecución de planes, programas y proyectos de obras de infraestructura en el ámbito de su competencia.

4. Dirigir la ejecución de las obras públicas en materia energética que lleve adelante el ESTADO NACIONAL.

5. Participar, en el ámbito de su competencia, en el ejercicio de las funciones, los derechos y las obligaciones referidas a los contratos de obra pública correspondientes a los proyectos que integran los aprovechamientos hidroeléctricos y demás contratos de obra pública para la construcción de centrales hidroeléctricas en ejecución y/o a ejecutar por el ESTADO NACIONAL.

6. Participar, en el ámbito de su competencia en el ejercicio de las funciones, los derechos y las obligaciones referidas a los contratos de obra pública para la construcción de las obras de infraestructura gasíferas en ejecución y/o a ejecutar por el ESTADO NACIONAL.

7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también en los procesos licitatorios o contrataciones hasta su finalización.

8. Asesorar a la Secretaría en temas relativos al contralor respecto de los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia, supervisando, si correspondiere, el cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.

9. Elaborar, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y los organismos internacionales, los documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras de infraestructura energética e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

10. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas en las materias relacionadas con infraestructura energética, y en la ejecución de los planes y programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE MINERÍA

OBJETIVOS

1. Intervenir en el diseño, elaboración e implementación de planes y programas de infraestructura de obras de minería.

2. Intervenir en la dotación de infraestructura minera para la ejecución de los trabajos necesarios para la definición de reservas de mineral positivas.

3. Intervenir en la contratación para la construcción de naves, depósitos y otras obras de infraestructura minera afectadas al proceso productivo, campamentos y viviendas, edificios, caminos, instalaciones de energía, comunicaciones, sanidad, capacitación, oficinas administrativas y otras obras de infraestructura auxiliares de la prospección, exploración y explotación minera.

4. Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también en los procesos licitatorios o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.

5. Asesorar a la Secretaría en temas relativos al contralor respecto de los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia, supervisando, si correspondiere, el cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.

6. Elaborar, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y los organismos internacionales, los documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras de infraestructura minera e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

7. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas en las materias relacionadas con infraestructura minera, y de la ejecución de los planes y programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal.

8. Asistir a la Secretaría en el diseño e implementación de acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en materia de infraestructura minera.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS OBJETIVOS

1. Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos, realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de utilidad.

2. Asistir a la Secretaría respecto de las necesidades planteadas por las distintas Jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza hídrica y contribuir al desarrollo de las economías en cuencas nacionales e internacionales.

3. Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4. Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y redeterminación de precios, en el ámbito de su competencia.

5. Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos hídricos.

6. Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y su concesión.

7. Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación contractual, en coordinación con las áreas competentes.

8. Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su competencia.

9. Asistir a la Secretaría en sus acciones en la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO (COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL; y en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

10. Ejercer la Secretaría General del Consejo Hídrico Federal (COHIFE).

11. Asistir a la Secretaría en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general, participando en la representación técnica, asistiendo en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en el marco de su competencia.

12. Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

13. Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

14. Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma coordinada con los otros recursos naturales.

15. Promover la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos hídricos.

16. Gestionar los programas nacionales de monitoreo de recursos hídricos, como la Red Hidrológica Nacional, el Sistema Nacional de Radares Meteorológicos, y otros similares en el ámbito de su competencia.

17. Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de infraestructura de obras hídricas multipropósito o de recuperación de tierras productivas, de mitigación de inundaciones en zonas rurales y periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a financiarse mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de organismos internacionales.

18. Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco del circuito operativo de su competencia.

19. Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el Tesoro Nacional.

20. Coordinar la aplicación de los recursos financieros planificando la inversión en obras en materia de su competencia.

21. Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminaciones de precios de los contratos de obra hídrica, en materia de su competencia.

22. Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos estatales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, así como con asociaciones profesionales, organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales públicos y privados.

23. Promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos en la materia de su competencia.

MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las políticas y planes en materia de sistemas de transporte.

2. Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

3. Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.

4. Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de flotas de transporte, tanto terrestre como mercante, fluvial, de cabotaje y ultramar y aérea.

5. Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de planificación y regulación del transporte.

6. Asistir al ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y regional, en el área de su competencia.

7. Asiste al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de regulación de los servicios públicos del área de su competencia.

8. Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las infraestructuras correspondientes a transporte, en particular vías terrestres, aeropuertos, puertos y vías navegables.

9. Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los regímenes federales en la materia.

10. Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y tarifarias en materia de transporte.

11. Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al transporte.

12. Entender en la elaboración de normas de definición de estándares industriales para los equipamientos en materia de transporte.

13. Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o dadas en concesión en materia de transporte, así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

14. Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia de transporte, a fin de facilitar los cambios tecnológicos, la integración de datos y la implementación de innovaciones que promuevan el desarrollo sostenible de todo el sistema.

15. Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional de la Seguridad Vial.

16. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

17. Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.

18. Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

19. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

20. Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades, viabilidad e impacto.

21. Intervenir en la ejecución de la política nacional de fletes.

22. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

23. Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus distintas modalidades.

24. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos respectivos.

25. Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos y en el fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.

26. Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización territorial, en materia de su competencia.

27. Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan al perfeccionamiento del sistema de transporte en todas sus modalidades y en particular a la coordinación intermodal.

28. Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte terrestre, fluvial, aéreo, marítimo, lacustre y de las vías navegables, así como del transporte multimodal.

29. Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

30. Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores y/o usuarios del sistema de transporte y en la compensación tarifaria, autorizaciones de pago y/o resarcimientos financiados con fondos fiduciarios cuya administración se encuentre a su cargo y en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

31. Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos.

32. Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho sistema y el Sistema de Gestión de Flota.

33. Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.

34. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos vinculados a las Leyes Nros. 24.449 y 26.363.

35. Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las empresas vinculadas al sector transporte.

36. Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus accesorios.

37. Asistir, en materia de su competencia, en el ejercicio del control tutelar de los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas y planes referidos a los puertos, vías navegables, transporte fluvial y marítimo.

2. Intervenir, en el marco de su competencia, como autoridad de aplicación, en el ejercicio de las funciones de las Leyes Nros. 24.093 y 27.419.

3. Intervenir en el control y fiscalización de los servicios de transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos que se desarrollen en el ámbito de su competencia.

4. Entender en la realización de los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.

5. Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte fluvial y marítimo y de las actividades portuarias y vías navegables.

6. Entender en la administración, control y gestión de las instalaciones, embarcaciones, materiales, equipos y recursos humanos afectados a las actividades y áreas de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas, planes y programas referidos al transporte automotor de carga y de pasajeros de jurisdicción nacional, de carácter nacional y/o internacional.

2. Intervenir en los estudios para la actualización de los seguros y el régimen tarifario en el ámbito de su competencia.

3. Intervenir en la elaboración de la normativa en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de conducción en el ámbito de su competencia.

4. Participar en la elaboración y propuesta de políticas sobre permisos y/o concesión de explotación de los servicios de transporte automotor de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional.

5. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte automotor urbano, suburbano e interurbano de carga y de pasajeros de jurisdicción nacional.

6. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

7. Participar en las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones con autoridades de transporte automotor, provinciales o internacionales.

8. Participar en la celebración de acuerdos y/o convenios con organismos y/o entidades, a fin de obtener asesoramiento y/o asistencia técnica para el cumplimiento de los objetivos del área, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9. Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte automotor de carga y de pasajeros de jurisdicción nacional.

10. Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del sistema de transporte automotor.

11. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

OBJETIVOS

1. Intervenir en los aspectos vinculados al transporte ferroviario de carga y de pasajeros, así como en la propuesta de políticas regulatorias y de explotación de dichos servicios.

2. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte ferroviario de jurisdicción nacional e internacional, y en la propuesta, evaluación y revisión del Plan Nacional de Transporte, en el ámbito de su competencia.

3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

4. Intervenir en las consultas técnicas o negociaciones con autoridades de transporte ferroviario, provinciales o de otros países.

5. Colaborar con la Secretaría en el ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones societarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte ferroviario, de carga y de pasajeros, así como en los aspectos de gestión de las concesiones ferroviarias referidos al ordenamiento y circulación, en el ámbito de su competencia.

6. Intervenir en las propuestas y/o modificaciones de programas y proyectos relacionados con las compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte ferroviario de carga y de pasajeros; y en la realización de estudios relativos a regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas del transporte ferroviario, en coordinación con las áreas competentes.

7. Asistir en los organismos encargados del accionar y funcionamiento del transporte ferroviario en la implementación de políticas y buenas prácticas.

8. Intervenir en la difusión de las políticas, planes, programas y proyectos ferroviarios entre los distintos actores del sistema, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

9. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

10. Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del sistema de transporte ferroviario.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

OBJETIVOS

1. Intervenir en los aspectos vinculados al transporte aéreo, así como en la elaboración y propuesta de políticas de explotación y regulación del mismo.

2. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas, planes y programas referidos al transporte aéreo, nacional, regional e internacional.

3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de concursos y/o licitaciones, así como también intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

4. Participar en las reuniones de consulta, y en las negociaciones con autoridades de transporte aéreo, nacional e internacional, en el ámbito de su competencia.

5. Colaborar con la Secretaría en el ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte aéreo; así como en los aspectos de gestión de las concesiones de aeropuertos.

6. Participar, en coordinación con los organismos competentes en materia de regulación del transporte aéreo, en la implementación de políticas y buenas prácticas.

7. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

8. Participar en el proceso de concesiones y autorizaciones de servicios de transporte aéreo, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9. Entender en la realización de estadísticas y estudios económicos del transporte aéreo.

10. Participar, en coordinación con las áreas de las Administración Pública Nacional con competencia en la materia, en el control de los derechos del usuario del transporte aéreo.

11. Participar en coordinación con las áreas de las Administración Pública Nacional con competencia en la materia, en la determinación, control y seguimiento de la capacidad económico-financiera de los explotadores de servicios de transporte aéreo.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la elaboración y ejecución de la política e instrumentos de regulación, estandarización y coordinación en materia de telecomunicaciones, servicios satelitales, servicios de comunicación audiovisual y servicios postales, promoviendo la conectividad en todo el territorio nacional, en el marco de su competencia.

2. Participar en la elaboración de los proyectos de leyes, tratados y normativa en el ámbito de su competencia, promoviendo la conectividad en todo el territorio nacional, propendiendo a la mejora en la calidad regulatoria y en la simplificación administrativa, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

3. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en materia de su competencia.

4. Elaborar los proyectos y dictar, cuando correspondiere, normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios del área de su competencia.

5. Intervenir en la elaboración, ejecución y reglamentación del régimen del servicio postal.

6. Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.

7. Participar, en el ámbito de su competencia, en el establecimiento de los criterios de atribución de bandas de espectro radioeléctrico, de determinación de topes por prestador y/o servicio y en la modificación y actualización del Cuadro Nacional de Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico, tendiendo a la simplificación y celeridad en los procesos de asignación de frecuencias, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

8. Participar, en el ámbito de su competencia, en la administración y gestión de los recursos órbita-espectro correspondientes a redes satelitales, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos y ratificados por el ESTADO NACIONAL, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño y aprobación de los Programas de Servicio Universal, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

10. Asistir en la elaboración de normas en materia de interoperabilidad e interconexión de las redes públicas de telecomunicaciones, en el ámbito de su competencia, a efectos de asegurar la libre competencia y concurrencia en el mercado.

11. Entender en la promoción de la conectividad y del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento; en el ámbito de su competencia, y en la optimización del uso de las facilidades y redes existentes, en coordinación con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios, las empresas y los organismos con competencia en la materia.

12. Propiciar los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones de carácter general, en el ámbito de su competencia, articulando acciones, fijando y unificando criterios de interpretación de las áreas bajo su órbita.

13. Asistir, en el ámbito de su competencia, en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales que correspondan, y en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios internacionales de comunicaciones o relativos a la sociedad de la información y el conocimiento, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional que corresponda.

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición de los criterios de actualización de los marcos regulatorios de servicios de telecomunicaciones, servicios satelitales, de comunicación audiovisual y del servicio postal, en el ámbito de su competencia.

2. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los proyectos y del dictado de normas, cuando correspondiere, de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios, así como en su otorgamiento, en el ámbito de su competencia.

3. Asistir a la Secretaría, en el marco de su competencia, en la interpretación de las normas técnicas que regulan las telecomunicaciones, los servicios postales, los servicios de comunicación audiovisual y digitales.

4. Promover el dictado de normas que fomenten y estimulen la competencia, así como también prevengan y desalienten las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante, en el marco de su competencia.

5. Asesorar a la Secretaría en el dictado de normas que regulen los servicios postales y propendan al desarrollo de la distribución de logística liviana.

6. Intervenir en el diseño de programas para la aplicación de los recursos provenientes del fondo del servicio universal.

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

OBJETIVOS

1. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la infraestructura de Red de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT) y el desarrollo satelital.

2. Participar, en el ámbito de su competencia, en las propuestas de actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico.

3. Asistir a la Secretaría, en el marco de su competencia, en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales que correspondan en materia de telecomunicaciones.

4. Asesorar, en el marco de su competencia, en la elaboración de los regímenes de cánones, aranceles y tasas de los servicios de su competencia.

5. Proponer medidas de promoción de conectividad, acceso universal y optimización del uso de facilidades y redes existentes, poniendo de relieve las necesidades del sector y propiciando la conformación de mesas de trabajo que integren a los actores relevantes.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE CONCESIONES

OBJETIVOS

1. Entender, en coordinación con las áreas del Ministerio con competencia en la materia, en el desarrollo de los proyectos de concesiones para la construcción y explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, y entender en la gestión de las distintas etapas de los procesos licitatorios.

2. Entender en la elaboración y el análisis de los pliegos de bases y condiciones y demás documentación destinada a regir los procedimientos de selección del concesionario, como así también en los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y los servicios públicos, en el ámbito de su competencia.

3. Entender en las tareas de estudio y aprobación de los anteproyectos y proyectos relativos a las obras de infraestructura que estén sujetos a concesión en el ámbito del Ministerio.

4. Entender en los procesos de evaluación y licitación de proyectos de obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el ESTADO NACIONAL.

5. Dirigir, en el ámbito de su competencia, las actividades administrativas vinculadas a la gestión contable, financiera, legal o de otra índole que se tramite en los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos concesionados desde el Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

6. Intervenir en la certificación, administración y seguimiento de las obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión en la órbita del Ministerio.

7. Dirigir la fiscalización y el control posterior del cumplimiento de los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos por parte del o los sujetos concesionarios que sean realizados en el ámbito de la Jurisdicción.

8. Intervenir en los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el ESTADO NACIONAL cuando esta sea requerida por otras áreas de la Administración Pública Nacional.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y DESARROLLO DE PROYECTOS

OBJETIVOS

1. Definir las condiciones económicas necesarias para la realización de las licitaciones de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos.

2. Analizar la viabilidad económico-financiera de los proyectos sometidos a su consideración.

3. Intervenir en las propuestas de distribución de riesgos entre el concesionario y el ESTADO NACIONAL.

4. Participar, en el marco de su competencia, en la evaluación de los proyectos de concesión de obras y servicios públicos, y de aquellos que provengan de las áreas sustantivas del Ministerio; así como en los proyectos de iniciativa privada, en el marco de lo previsto por la Ley N° 17.520 y sus modificatorias.

5. Entender, en el ámbito de su competencia, en la normalización y, eventualmente, la renegociación de todos los contratos de concesión vigentes que hayan sido prorrogados, así como también de aquellos que estén próximos a vencer.

6. Dirigir, en el ámbito de su competencia, la revisión de las condiciones de los activos concesionados del ESTADO NACIONAL, las inversiones que deben ser realizadas para su puesta en valor (identificación y estimación de costos) y las condiciones para que estos activos sean concesionados nuevamente a través de una licitación pública.

7. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la gestión de los reclamos que pudieran surgir entre el ESTADO NACIONAL y el concesionario, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS

OBJETIVOS

1. Dirigir la gestión la licitación de los proyectos de concesiones que hayan sido aprobados por la Secretaría.

2. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la preparación de los pliegos de bases y condiciones para los procesos licitatorios y de concesión de obras.

3. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en las actividades vinculadas a la gestión administrativa de los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos concesionados por el Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

4. Proponer a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, nuevos lineamientos y pautas para las buenas prácticas en materia de licitaciones y concesiones, en coordinación con otras áreas del Ministerio.

5. Intervenir en la promoción nacional y/o internacional de los proyectos de obras de infraestructura y servicios públicos en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

OBJETIVOS

1. Entender en los procesos de control y tareas de fiscalización del cumplimiento de los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos licitados.

2. Realizar el seguimiento del avance de los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos licitados, durante el período de construcción, y en la observancia por parte del concesionario de los parámetros establecidos en el contrato de concesión.

3. Intervenir en el control y fiscalización de los proyectos en la fase de ejecución, desde el término de la fase de construcción y hasta el término de la concesión.

4. Entender en el control de la observancia por parte del concesionario de todos los parámetros establecidos en el contrato de concesión durante su ejecución.

5. Establecer, en el ámbito de su competencia, cursos de acción ante el incumplimiento de obligaciones a su cargo por parte de los concesionarios.

6. Dirigir el diseño, implementación y actualización de un sistema de seguimiento de los contratos de concesión vigentes.

IF-2023-151244378-APN-MINF