ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 87/2023
DECTO-2023-87-APN-PTE - Decreto N°
50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-150227395-APN-DGD#MRE, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios y los Decretos Nros. 1131 del 13 de
julio de 1994 y sus modificatorios, 270 del 24 de marzo de 2000 y sus
modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios,
143 del 22 de marzo de 2022 y su modificatorio, 227 del 2 de mayo de
2022 y 881 del 30 de diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los
Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la
Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias
para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que resulta necesario modificar el Organigrama de Aplicación, los
Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de organismos
desconcentrados y descentralizados del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que a través del Decreto Nº 1131/94 se creó en el ámbito de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL HAMBRE Y LA
POBREZA, a la que se le estableció como objetivo primordial promover la
“Iniciativa Cascos Blancos” en el ámbito de la ORGANIZACIÓN DE LAS
NACIONES UNIDAS para la creación de un Organismo Internacional dedicado
a combatir las expresiones más extremas de pobreza, el hambre, la
desnutrición y los déficits en materia de sanidad, educación e
infraestructura social y económica.
Que por el Decreto N° 379/95 se modificó la denominación de la citada
Comisión por COMISIÓN CASCOS BLANCOS.
Que por el Decreto Nº 270/00 se transfirió la citada COMISIÓN CASCOS
BLANCOS al ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO.
Que por el Decreto N° 143/22 se creó la AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS como organismo desconcentrado del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con
los objetivos, entre otros, de entender en la definición y conducción
política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación
internacional bilateral y multilateral, así como en la definición de
las modalidades de instrumentación de los programas y proyectos de
cooperación internacional y las alternativas de financiación para su
ejecución, y asistir al Ministro en la negociación y definición de los
programas de Cooperación Internacional de los Organismos
Internacionales con la REPÚBLICA ARGENTINA, ejerciendo el rol de
organismo coordinador a nivel nacional.
Que por razones operativas resulta procedente la supresión de la citada
Agencia y la asignación de sus Objetivos a las áreas centrales de la
Jurisdicción.
Que por los Decretos Nros. 227/22 y 881/22 se crearon diversos cargos
extraescalafonarios en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, resultando pertinente su supresión.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por el siguiente:
“VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS
SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
-SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACIÓN
-SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA
EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA
SECRETARÍA DE CULTO”.
ARTÍCULO 2°. - Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por el obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2023-151235050-APN-MRE) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3°. - Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los
que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese el artículo 4º del Decreto N° 1131/94 por el
siguiente:
“ARTÍCULO 4°.- La Comisión creada por el artículo 1° estará integrada
por: UN (1) Presidente, UN (1) Vicepresidente y CUATRO (4) Vocales,
quienes serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese el artículo 4º del Decreto N° 270/00 por el
siguiente:
“ARTÍCULO 4º.- El cargo de Presidente de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS
tendrá jerarquía de Subsecretario y rango de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario. El Vicepresidente y los Vocales de la COMISIÓN CASCOS
BLANCOS tendrán carácter “ad honorem”.
ARTÍCULO 6°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,
las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes,
cargos y personal con sus respectivos niveles, situación de revista y
suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 7°.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 8°.- Deróganse los artículos 3°, 4°, 6° y 7° del Decreto N°
143 del 22 de marzo de 2022.
ARTÍCULO 9°.- Derógase el artículo 3° del Decreto N° 227 del 2 de mayo
de 2022.
ARTÍCULO 10.- Derógase el artículo 2° del Decreto N° 881 del 30 de
diciembre de 2022.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/12/2023 N° 105908/23 v. 27/12/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 2°
(ANEXO II)
VII.- MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro en el cumplimiento de todas sus funciones y
coordinar su Gabinete.
2. Intervenir en las estrategias de comunicación.
3. Intervenir en la coordinación de las actividades de interpretación y
traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas del
Ministerio y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
4. Supervisar el desarrollo de las tareas vinculadas al análisis de
documentos, a la agenda del Ministro, a la preparación de discursos y a
la asesoría técnica en materias afines.
5. Intervenir en la tramitación de las solicitudes de audiencias
formuladas al Ministro, tanto en el país como en el exterior, y
asesorarlo respecto de su temario, estableciendo su importancia y su
prioridad.
6. Entender en la coordinación de la atención de las delegaciones y de
las personalidades que concurran a entrevistarse con el Ministro.
7. Supervisar el análisis y derivaciones a los organismos
correspondientes de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera
necesaria la concreción de entrevistas directas con el Ministro.
8. Entender en la definición y conducción política y en los cursos de
acción a seguir en materia de cooperación internacional bilateral y
multilateral; así como en las modalidades de instrumentación de los
programas y proyectos de cooperación internacional y las alternativas
de financiación para su ejecución.
9. Asistir al Ministro en el ceremonial de Estado y asuntos
protocolares de la REPÚBLICA ARGENTINA, así como en la aplicación del
régimen de franquicias diplomáticas.
10. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Ministro y asesorar sobre las cuestiones estratégicas y prioritarias
para la gestión del Ministerio
11. Ejercer las funciones de enlace con la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en los aspectos vinculados a la implementación de las
políticas en materia de modernización del Estado dispuestas por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
12. Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de
actos administrativos y de los convenios que se sometan a
consideración, firma o refrendo del Ministro, y coordinar su
publicación en el Boletín Oficial a través de la Dirección de Gestión
Documental.
13. Coordinar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN
EXTERIOR la identificación y decisión de ejecución de actividades
críticas, con el fin de optimizar la asignación de recursos.
14. Asesorar al Ministro en materia de elaboración y puesta en práctica
de los lineamientos generales de política exterior.
15. Asesorar al Ministro en materia de la formulación de estrategias de
política exterior relacionadas con la defensa, sobre la base del
análisis geopolítico y el estudio de los conflictos internacionales.
16. Entender, en el ámbito de su competencia, en la coordinación
institucional entre el Ministerio y los demás ministerios, los Poderes
Legislativo y Judicial, las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, los municipios y las organizaciones intermedias.
17. Realizar el seguimiento de las tareas encomendadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a través del Ministerio, en los foros, comités y
grupos de trabajo del canal de “Sherpas" del G20.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR
OBJETIVOS:
1. Entender en materia de administración, gestión de recursos humanos y
en la planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas
vinculados con su administración en el país y en las Representaciones
Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
2. Ejercer la Presidencia de la Junta Calificadora del Servicio
Exterior de la Nación, establecida por el artículo 36 de la Ley N°
20.957, y prestar apoyo en relación a otros escalafones del personal.
3. Ejercer el rol de organismo de coordinación en materia de
implementación de programas y proyectos en el marco del Programa de
Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la Oficina de Naciones
Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) en la REPÚBLICA ARGENTINA.
4. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo, como así también de proyectos de
participación público-privada.
5. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada.
6. Entender en las cuestiones vinculadas con la formulación
presupuestaria de la gestión económica, financiera, patrimonial,
contable, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios; y con
los bienes del Ministerio, tanto en el país como en el exterior.
7. Entender en el asesoramiento jurídico e intervenir en la elaboración
de los proyectos de leyes y actos administrativos vinculados con las
competencias de la Jurisdicción.
8. Entender en materia de cooperación jurídica internacional y actuar
como autoridad de aplicación en las convenciones internacionales en la
materia.
9. Entender en las informaciones sumarias y sumarios que se instruyan
en la Jurisdicción.
10. Entender, programar y coordinar las actividades relativas a los
servicios de mantenimiento y administración de los bienes muebles e
inmuebles, propios, en posesión o tenencia del Ministerio y de las
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en
el exterior.
11. Planificar el mantenimiento, la contratación y prestación de los
servicios necesarios para el funcionamiento de la infraestructura del
Ministerio en el país y en las Representaciones Diplomáticas y
Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
12. Entender en los procesos y actividades referidos a la seguridad y
protección de las personas, de los bienes y de la información de la
Jurisdicción y de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la
REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
13. Entender, planificar e intervenir en las acciones relativas a la
gestión y administración de las tecnologías de la información y las
comunicaciones asociadas del Ministerio en el país y en las
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en
el exterior.
14. Intervenir en el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa que
regula el acceso a la información pública, establecida por la Ley N°
27.275.
15. Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la
Jurisdicción por la Asociación del Transporte Aéreo Internacional
(I.A.T.A.) para la emisión de pasajes aéreos a través del sistema
"Billing Settlement Plan (B.S.P.)’’.
16. Entender y planificar las acciones relativas al sistema de
seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y
Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
17. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y supervisar
las acciones tendientes a la gestión electrónica.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro, desde el punto de vista de la política
exterior, en las relaciones con los países y con los organismos
internacionales.
2. Coordinar con las otras Secretarías del Ministerio los diversos
aspectos de la política exterior y su armonización en base a criterios
funcionales y geográficos.
3. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la
formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y
cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL
ante los organismos internacionales y regionales en materia de derechos
humanos, de género, de seguridad internacional, nuclear y espacial, de
seguridad humana y cibernética, de lucha contra el uso indebido de
drogas, el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas, la política de desarme y no proliferación de tecnologías
sensitivas vinculadas a las armas de destrucción, como así también en
la prevención y sanción de delitos internacionales, en el ámbito de su
competencia.
4. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la
formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y
cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL
ante los organismos internacionales y regionales vinculados al
desarrollo e innovación tecnológica; los temas energéticos; las
operaciones de mantenimiento de paz; el desarrollo de áreas y zonas de
frontera; la preservación y protección de los recursos naturales, los
asuntos ambientales, los recursos del territorio terrestre y marítimo
así como el espacio aéreo de la REPÚBLICA ARGENTINA y sus áreas
adyacentes, en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en todo
lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a la
REPÚBLICA ARGENTINA por los gobiernos extranjeros o por organismos o
entidades internacionales.
6. Entender en el diseño y en la ejecución de la asistencia
humanitaria, la atención de las emergencias y la gestión integral del
riesgo de desastres, en coordinación con los organismos competentes del
Sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.
7. Intervenir en la planificación, conducción y ejecución de las
acciones del programa internacional denominado "Cascos Blancos”,
apoyada en el Cuerpo de Voluntarios.
8. Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en
materia de asuntos consulares, como también los asuntos relativos a las
cuestiones de política de migración e inmigración en el plano
internacional, en coordinación con la autoridad migratoria nacional.
9. Coordinar, junto a la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL y el MINISTERIO DEL
INTERIOR, la realización de los comicios en las Representaciones
Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en ocasión de
elecciones nacionales.
10. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, y en
coordinación con los organismos regionales, nacionales, provinciales y
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de los procesos
de integración física con los países limítrofes, en la negociación y
tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites
internacionales y en el registro y difusión de los mapas oficiales de
los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA.
11. Coordinar con otras áreas de la Administración Pública Nacional,
provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal los temas
de competencia de la Cartera que tengan impacto en las relaciones
internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.
12. Asistir al Ministro en la identificación y elaboración y
consecución de los objetivos de política exterior de carácter bilateral
y multilateral con todos los actores de la comunidad internacional.
13. Intervenir en la concesión del derecho de asilo y en el
otorgamiento de la condición de refugiado.
14. Entender en la aplicación de los principios y las normas del
Derecho Internacional Público y Privado, y supervisar y coordinar las
acciones relacionadas con asuntos contenciosos internacionales en
materia de derechos humanos y en la confección y registro de los
instrumentos internacionales de los que sea parte la REPÚBLICA ARGENTINA
15. Entender en los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo
Continental Patagónico.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR
OBJETIVOS
1. Efectuar las gestiones para la consecución de los objetivos de
política exterior asignados a la Secretaría, de carácter bilateral o
multilateral, con los países de EUROPA, ÁFRICA, MEDIO ORIENTE, ASIA y
OCEANÍA.
2. Preparar, implementar y efectuar, en el ámbito de su competencia, el
seguimiento de las negociaciones con los organismos internacionales.
3. Intervenir en la elaboración de políticas, planes y programas, y en
la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos
internacionales en materia de derechos humanos y de asuntos de género
dentro del ámbito de la política exterior, y participar en la
formulación de la legislación nacional en dichas materias.
4. Participar en la formulación de las políticas, cursos de acción y
mecanismos de financiamiento multilaterales relativos a los asuntos
ambientales y a la preservación de los recursos naturales del
territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así
como del espacio aéreo y marítimo, en el ámbito de su competencia.
5. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a
seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nuclear y
espacial, así como también en los asuntos relativos a la seguridad
humana, la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas, la seguridad cibernética, la política de
desarme, la no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las
armas de destrucción, el antiterrorismo internacional y otros delitos
transnacionales, en el ámbito de su competencia.
6. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a
seguir relativas al desarrollo e innovación tecnológica, en el ámbito
de su competencia.
7. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la programación de
objetivos y actividades en reuniones, congresos y conferencias de
carácter internacional y en misiones especiales ante gobiernos
extranjeros en las que la REPÚBLICA ARGENTINA participe, como así
también los que se desarrollen en organismos y entidades
internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir
en cada caso y su ejecución.
8. Participar en el otorgamiento de la condición de refugiado.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS
OBJETIVOS
1. Contribuir a la identificación y elaboración de los objetivos de
política exterior, de carácter bilateral o multilateral, con los países
de AMÉRICA y efectuar las gestiones necesarias para la consecución de
esos objetivos.
2. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones
necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización
de la integración política con los países pertenecientes a AMÉRICA, y
con los organismos y foros de integración regional, en coordinación con
los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.
3. Programar objetivos y formular estrategias de negociación y
planificación de las actividades ante los organismos internacionales,
conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de
desarrollo, vinculadas con la región, coordinando con las demás
unidades competentes de la Jurisdicción y los demás Ministerios con
competencia en la materia.
4. Intervenir en el marco de la política exterior, en lo relativo a los
espacios marítimos y fluviales de la REPÚBLICA ARGENTINA.
5. Intervenir, en el ámbito de su competencia, y en coordinación con
los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el
desarrollo de los procesos de integración física con los países
limítrofes.
6. Asistir al Secretario, desde el punto de vista de la política
exterior, en la negociación y tramitación de los tratados de arreglos
concernientes a los límites internacionales, en el registro y difusión
de los mapas oficiales de los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA y en el
desarrollo de zonas de frontera.
7. Entender en todo lo relativo a las comisiones internacionales
vinculadas con la Cuenca del Plata.
8. Coordinar los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo
Continental Patagónico.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR
OBJETIVOS
1. Entender en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL
SUR, SÁNDWICH DEL SUR y a los espacios marítimos circundantes en el
Atlántico Sur.
2. Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de
la política exterior, en el ámbito bilateral y multilateral, para la
mejor defensa de los derechos e intereses de la REPÚBLICA ARGENTINA
sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los
espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur, coordinando las
acciones que fueran necesarias con las unidades de la Jurisdicción y
demás ministerios con competencia en la materia.
3. Proponer y ejecutar las acciones para la difusión de los derechos de
la REPÚBLICA ARGENTINA sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR,
SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico
Sur.
4. Promover estudios e investigaciones históricas y jurídicas sobre los
temas vinculados a los territorios y espacios marítimos bajo disputa de
soberanía en el Atlántico Sur, complementando y preservando el acervo
documental sobre el tema.
5. Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de la política oceánica
y del Atlántico Sur, desde el punto de vista de la política exterior,
para el impulso de la investigación científica marina y la protección
del medio ambiente y de los recursos oceánicos, coordinando las
acciones que fueran necesarias con las demás áreas de la Jurisdicción
ministerial y otros ministerios con competencia en la materia.
6. Entender en la planificación y dirección de la política antártica y
ejecutar la actividad Antártica de la REPÚBLICA ARGENTINA, armonizando
sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior
e implementando los compromisos internacionales que correspondan.
7. Entender en lo relacionado con el límite exterior de la plataforma
continental de la REPÚBLICA ARGENTINA y ejercer la presidencia de la
Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental.
8. Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el
Consejo Consultivo de Temas Vinculados al Atlántico Sur.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
OBJETIVOS
1. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la
formulación de estrategias, políticas y cursos de acción a seguir en
las negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y
multilaterales con todos los países y organismos de integración con los
que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los
organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y
subregionales y, en particular, con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
2. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la
formulación, definición de contenidos y ejecución de la política
económica y comercial internacional bilateral, regional y multilateral.
3. Entender en los asuntos institucionales, económicos y comerciales
internacionales relacionados con la formulación y conducción del
Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y en los procesos de integración en
los que participa la REPÚBLICA ARGENTINA como, así también, en el
establecimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de
dichos procesos, y en todo lo relativo a su convergencia futura con
otros procesos de integración.
4. Entender en la materia y en la negociación de acuerdos bilaterales y
otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las
inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA.
5. Intervenir en la solución de controversias económicas y comerciales
internacionales, en coordinación con las demás áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
6. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de
estrategias y cursos de acción a seguir en las negociaciones
internacionales relativas a la gobernanza internacional de las
cuestiones inherentes a los efectos económicos comerciales de medidas
ambientales, de la energía y de la tecnología, en coordinación con las
Jurisdicciones y Entidades nacionales que correspondan.
7. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación,
definición y contenidos de las estrategias de las políticas de
promoción comercial, participando en su ejecución a través de la
organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,
muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y
privadas en el exterior y en la ejecución de las políticas de
internacionalización de las empresas argentinas en el exterior, en
coordinación con los demás organismos competentes a nivel nacional y
provincial.
8. Intervenir en todo lo referido a la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA LA
PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL constituida en virtud
de lo dispuesto por el Decreto N° 2303/93; participando, por sí o por
quien designe, en el Consejo de Administración y demás órganos de la
Fundación.
9. Entender, en el ámbito de su competencia, en la promoción de las
exportaciones de bienes y servicios de la oferta exportable argentina y
en la planificación de estrategias para el desarrollo de nuevos
mercados en el mundo para la misma.
10. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción en el
exterior del turismo, el deporte, las industrias culturales, los
servicios basados en el conocimiento, la educación, la ciencia y la
tecnología, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
11. Entender en el diseño de instrumentos de análisis económico y
comercial internacional y en los estudios e investigaciones que elabore
el Centro de Economía Internacional con el fin de brindar información
para elaborar y llevar a la práctica los objetivos de política exterior
de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia económica y comercial.
12. Entender en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de
gestión y planes de acción económico-comerciales de las
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en
el exterior.
13. Entender en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de
las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA y la
VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los Secretarios y los
Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior.
14. Intervenir en la ejecución de la política de desarrollo de
captación de la inversión extranjera de carácter productivo en el país,
así como en la ejecución de acciones tendientes a ese objetivo en el
exterior, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales
con competencia en la materia.
15. Participar en toda negociación económica y comercial entre las
autoridades provinciales y los representantes de terceros países que
implique alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del
ESTADO NACIONAL, en coordinación con los demás organismos nacionales
con competencia en la materia.
16. Impartir, en el ámbito de su competencia, las directivas e
instrucciones en materia económica y comercial a las Representaciones
Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA ante gobiernos
extranjeros y organismos internacionales económicos y comerciales, así
como a las delegaciones que participen en negociaciones económicas y
comerciales bilaterales, regionales y multilaterales.
17. Intervenir en la coordinación de la representación nacional y
preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales y
multilaterales que se desarrollen en la REPÚBLICA ARGENTINA y en el
exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales,
regionales y multilaterales en materia económica, en articulación con
las restantes dependencias que correspondan.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACION
OBJETIVOS
1. Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales
bilaterales, regionales y multilaterales de las que participa la
REPÚBLICA ARGENTINA, y en particular las vinculadas con el Mercado
Común del Sur (MERCOSUR), en lo relativo a sus dimensiones económica,
comercial e institucional y en su relacionamiento externo con otros
países y bloques de países.
2. Intervenir en el diseño y formulación de políticas y cursos de
acción que tiendan al desarrollo económico a través de las relaciones
económicas y comerciales a nivel bilateral, regional y multilateral, y
de la integración económica con todas las naciones con las que la
REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como también en ámbitos
multilaterales.
3. Impulsar los objetivos prioritarios de política exterior respecto de
las negociaciones en materia económica y comercial con los organismos
multilaterales y con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), implementando
los mecanismos requeridos para avanzar en dicha política, en
coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional
con competencia en la materia.
4. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones para
instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la
integración económica y comercial con los Estados Parte y Estados
Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en coordinación con los
organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.
5. Intervenir en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos
bilaterales preferentes de naturaleza económica, comercial y de
inversiones con todos los países con los que la REPÚBLICA ARGENTINA
mantenga relaciones, proponiendo los planes, programas y proyectos
pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su
ejecución, coordinando con las dependencias nacionales competentes.
6. Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales
que se desarrollen en los organismos continentales, regionales y
subregionales, y en las negociaciones económicas con las misiones
enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por organizaciones multilaterales
regionales y subregionales, incluyendo los esquemas de integración en
el continente americano y en la formulación de las directivas y de las
instrucciones pertinentes.
7. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y de las
directivas para las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la
REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales, en los aspectos de
competencia de la Subsecretaría, de conformidad con los lineamientos
establecidos por de la Secretaría.
8. Intervenir en la solución de controversias económicas, comerciales e
institucionales de naturaleza bilateral y regional que surjan en el
marco de organismos multilaterales y del Mercado Común del Sur
(MERCOSUR), y de los mecanismos de solución de controversias de los
acuerdos comerciales de los que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte, en
coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional
con competencia en la materia.
9. Intervenir en las negociaciones en la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL
COMERCIO (OMC) y en los demás organismos multilaterales internacionales
de carácter económico y comercial, en coordinación con los organismos
de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, y
elaborar las instrucciones correspondientes.
10. Intervenir, en coordinación con las demás áreas competentes, en las
negociaciones para la adhesión a la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y
EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE), y representar al país en los comités y
órganos de dicha organización en las que actualmente participa la
REPÚBLICA ARGENTINA.
11. Intervenir en las negociaciones internacionales relativas a los
efectos económico- comerciales de medidas ambientales, la energía y la
tecnología, en coordinación con los organismos de la Administración
Pública Nacional con competencia en la materia.
12. Intervenir en la negociación de acuerdos bilaterales y otros
instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones
extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA, en
coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional
con competencia en la materia.
13. Intervenir en la ejecución de los planes de acción en materia
económica, comercial y de inversiones, en el ámbito de las competencias
de la Subsecretaría.
14. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con todas
las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones,
así como también en ámbitos multilaterales y regionales.
15. Intervenir en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos
de gestión y planes de acción económico-comerciales de las
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en
el exterior.
16. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la representación
nacional y preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales
y multilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el exterior,
cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales, regionales y
multilaterales en materia económica, en coordinación con los organismos
de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA
EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA
OBJETIVOS
1. Intervenir en la formulación de políticas y estrategias para el
desarrollo y apertura de nuevos mercados en el exterior para la oferta
exportable argentina de bienes y servicios, en coordinación con los
organismos de la Administración Pública Nacional y provinciales con
competencia en la materia.
2. Formular e implementar estrategias, políticas e instrumentos para el
desarrollo de inversiones de empresas extranjeras en el país que
contribuyan al desarrollo nacional, complementado la inversión
doméstica, así como para la internacionalización de las empresas
locales, en coordinación con los organismos de la Administración
Pública Nacional con competencia en la materia.
3. Establecer, en el ámbito de su competencia y en articulación con los
gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los
organismos con competencias sectoriales y las representaciones del
sector privado, las estrategias para el desarrollo de políticas de
promoción comercial internacional, que permitan difundir los bienes y
servicios nacionales en los mercados extranjeros.
4. Entender en la definición de estrategias de promoción comercial,
organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,
muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y
privadas en el exterior, en el marco de la política económica global y
sectorial que se defina y en función de las prioridades nacionales, en
coordinación con las dependencias nacionales, provinciales y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia.
5. Entender en las acciones de promoción del comercio de bienes y
servicios argentinos en el exterior, así como en la promoción de
inversiones en la REPÚBLICA ARGENTINA por la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA
LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL, constituida en
virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2303/93; elaborando las
instrucciones y las directivas para las Representaciones Diplomáticas y
Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los
aspectos de su competencia, de conformidad con los lineamientos de la
Secretaría.
6. Intervenir en el diseño de documentos de análisis y estudios de
impacto a mediano y largo plazo que elabore el Centro de Economía
Internacional, para orientar la estrategia en la promoción comercial,
así como la elaboración de los estudios relativos a la apertura de
mercados y a la colocación de la oferta exportable de bienes y
servicios argentinos.
7. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la
promoción en el exterior del turismo, el deporte, las industrias
culturales y servicios basados en el conocimiento, la educación, la
ciencia y la tecnología, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
8. Coordinar las actividades conducentes a la participación de la
REPÚBLICA ARGENTINA en los eventos del “Bureau International des
Expositions”.
9. Diseñar y promover políticas y cursos de acción que tiendan al
desarrollo y a la integración de las iniciativas de promoción
comercial, tanto a nivel bilateral como multilateral, con todas las
naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así
como con los organismos económicos y comerciales internacionales,
regionales y subregionales y, en particular, con el Mercado Común del
Sur (MERCOSUR), a través de herramientas de inteligencia económica y
comercial, en coordinación con las demás dependencias nacionales con
competencia en la materia
10. Colaborar en el desarrollo de las relaciones económicas bilaterales
y participar en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales,
regionales y multilaterales.
11. Intervenir en los aspectos relativos a la preparación y ejecución
de las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN y la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los
Secretarios y los Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al
exterior.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
SECRETARÍA DE CULTO
OBJETIVOS
1. Intervenir en la formulación de políticas referidas a las relaciones
de la REPÚBLICA ARGENTINA con la Santa Sede y con la Soberana y Militar
Orden de Malta.
2. Intervenir en la negociación y celebración de Concordatos y acuerdos
que se relacionen con la materia religiosa y/o el culto.
3. Asistir al Ministro en todo lo inherente a las relaciones del
Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica Romana, centralizando las
gestiones con la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos
eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al
sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el
otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.
4. Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las
Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de
la Iglesia Católica Apostólica Romana y de institutos de vida
consagrada, que desarrollen su actividad en el territorio nacional.
5. Asistir al Ministro en lo inherente a las relaciones del Gobierno
con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas
distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que existen en el
país, así como en la centralización de las gestiones que ante las
autoridades públicas hicieren las mismas.
6. Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y
estrategias correspondientes para posicionar internacionalmente a la
REPÚBLICA ARGENTINA como Estado comprometido con la libertad e igualdad
religiosa, la diversidad y el diálogo interreligioso.
7. Entender en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias
de carácter nacional e internacional y misiones especiales ante
gobiernos extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con
la materia religiosa y/o el culto.
8. Intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de
reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos que las
Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas realicen ante
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS.
IF-2023-151235050-APN-MRE