2024 - AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD
Decreto 55/2024
DECTO-2024-55-APN-PTE - Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-04537633-APN-SCLYA#JGM, y
CONSIDERANDO:
Que existe un fuerte compromiso del GOBIERNO NACIONAL en defensa de la
Vida, la Libertad y la Propiedad, retomando el camino que hizo grande a
nuestro país.
Que por la impronta que representa para el pueblo argentino afianzar
las ideas de la libertad, es que el GOBIERNO NACIONAL impulsa declarar
al año 2024 como el “Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la
Propiedad”.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA ampara el derecho a la vida toda vez que es un derecho inherente a la persona humana.
Que el objeto de la Democracia Liberal y la Economía de Mercado es
consolidar la estabilidad económica, garantizar el derecho a la vida, a
la libertad y a la propiedad de los argentinos.
Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece desde su Preámbulo el deber del
Estado de asegurar los beneficios de la libertad para todos los
habitantes de la Nación, afianzando la justicia y consolidando la paz
interior.
Que nuestra Ley Fundamental salvaguarda la libertad de industria y
comercio, de ejercer cualquier industria lícita y de disponer de su
propiedad como un principio rector en la estructura social y económica
de la República, por lo que cualquier normativa que restrinja esta
libertad debe ser la excepción. Sin embargo, durante décadas el Estado
ha avanzado sobre esos derechos en detrimento de la libertad de los
argentinos.
Que el liberalismo es el respeto irrestricto del proyecto de vida del
prójimo, basado en el principio de no agresión, en defensa del derecho
a la vida, a la libertad y a la propiedad, cuyas instituciones
fundamentales son la propiedad privada, los mercados libres de
intervención estatal, la libre competencia, la división del trabajo y
la cooperación social.
Que cabe recordar que ya en la DECLARACIÓN DE DERECHOS DE VIRGINIA,
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, aprobada el 12 de junio de 1776, considerada
la más antigua y famosa de las Declaraciones de Derechos americanas, se
declaró que “todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e
independientes y tienen ciertos derechos innatos, de los cuales, cuando
entran en estado de sociedad, no pueden por ningún pacto privar o
desposeer a su posteridad, a saber, el goce de la vida y de la
libertad, con los medios para adquirir y poseer la propiedad, y buscar
y conseguir la felicidad y la seguridad”.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha propuesto reformas en nombre de la
Revolución de Mayo de 1810, con el espíritu de restituir el orden
económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la
CONSTITUCIÓN NACIONAL de 1853 y en defensa de la vida, la libertad y la
propiedad de todos los habitantes del suelo argentino.
Que, en virtud de lo expuesto, se impulsa la presente medida con el fin
de promover, concientizar y resaltar la importancia y el significado de
los valores de la Defensa de la Vida, de la Libertad y de la Propiedad.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase el año 2024 como el “Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad”.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que durante el año 2024 toda la documentación
oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y
descentralizada, así como de los Entes autárquicos dependientes de esta
deberá llevar la leyenda “AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y
LA PROPIEDAD”.
ARTÍCULO 3°.- En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente
decreto, el PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará las acciones pertinentes
tendientes a destacar, difundir y concientizar acerca de los valores de
la vida, la libertad y la propiedad.
ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
e. 22/01/2024 N° 2681/24 v. 22/01/2024