ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 1342/2024
DI-2024-1342-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2024
VISTO el Expediente N° EX-2022-76733914-APN-DRRHH#ANMAT, las Leyes
Nros. 27.701 y 24.156, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de
2009, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios, 426 del 21
de julio de 2022, 77 del 22 de diciembre de 2023 y 88 del 26 de
diciembre de 2023, las Decisiones Administrativas Nros. DA-761-APN-JGM
del 6 de septiembre de 2019 y DA-2020-915-APN- JGM del 28 de mayo de
2020 y las Disposiciones N° DI-2021-3949-APN- ANMAT#MS del 3 de junio
de 2021, DI-2022-60-APN-ANMAT#MS del 4 de enero de 2022,
DI-2022-7967-APN-ANMAT#MS del 4 de octubre de 2022 y
DI-2023-4807-APN-ANMAT#MS del 30 de junio de 2023 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 88/2023 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2023 regirán a partir del 1° de enero de 2024, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por la Decisión Administrativa N° 761/19 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT),
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2020-915-APN-JGM se efectuó la
designación, con carácter transitorio, en el cargo de Directora
Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), de la
licenciada Mónica Alicia LOPEZ (D.N.I. N° 23.126.842), prorrogada por
las Disposiciones DI-2021-3949- APN- ANMAT#MS, DI-2022-60-APN-ANMAT#MS,
DI-2022-7967-APN-ANMAT#MS y DI-2023-4807-APN-ANMAT#MS.
Que a través del Decreto N° 1035/2018 se autorizó a las autoridades
máximas de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso
de selección para la cobertura del cargo en cuestión, por lo que
procede la prórroga de la designación transitoria de la licenciada
Mónica Alicia LOPEZ (D.N.I. N° 23.126.842) en el cargo de Directora
Nacional del INSTITUTO NACIONAL de ALIMENTOS de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.
Que la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección General de
Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el
Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios y el Decreto N° 1035/18 y sus
modificatorios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada por el término de ciento ochenta
(180) días hábiles contados a partir del 26 de enero de 2024, la
designación transitoria de la licenciada Mónica Alicia LOPEZ (D.N.I. N°
23.126.842), en el cargo de DIRECTORA NACIONAL del INSTITUTO NACIONAL
DE ALIMENTOS, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Superior, Grado
9, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto
Nº 1133/09, en las mismas condiciones que la designación efectuada por
la Decisión Administrativa N° DA-2020-915-APN- JGM, y sus prorrogas por
las Disposiciones N° DI-2021-3949-APN-ANMAT#MS,
DI-2022-60-APN-ANMAT#MS, DI-2022-7967-APN-ANMAT#MS y
DI-2023-4807-APN-ANMAT#MS.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
disposición deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el
artículo 26, Título II, Capítulo II y en el artículo 37, Título III,
Capítulo I y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y
Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes
del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
26 de enero de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio, correspondiente a la
Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD - ENTIDAD 904 - ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT -.
ARTÍCULO 4° - Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo y
Modernización del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del
Estado y Función Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro
de los CINCO (5) días de dictada la presente medida, de acuerdo a lo
previsto por el artículo 3° del Decreto N° 1035/2018.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Nelida Agustina Bisio
e. 09/02/2024 N° 5757/24 v. 09/02/2024