ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN REGIONAL OESTE

Disposición 15/2024

DI-2024-15-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2024

VISTO el IF-2024-00553758-AFIP-AGM014#SDGOPIM del 06 de marzo de 2024 que se tramita en el marco del expediente electrónico EX-2024-00553719- -AFIP-AGM014#SDGOPIM, remitido por la jefatura de la Agencia N° 14 - AFIP – DGI el 08 de marzo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que, a través del mismo, la jefatura de la Agencia N° 14, dependiente de la Dirección Regional Oeste - AFIP – DGI propone modificar por razones funcionales, el régimen de reemplazos que le corresponde para casos de ausencia o impedimento, que fuera establecido mediante la Disposición DI-2020-67-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 02 de noviembre de 2020.

Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2023-300-E-AFIP-AFIP del 29 de diciembre de 2023, procede a disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos por razones funcionales, para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la Agencia N° 14, dependiente de la Dirección Regional Oeste – AFIP - DGI, el que quedará establecido de la siguiente forma:

UNIDAD DE ESTRUCTURAREEMPLAZANTE (En el orden que se indica)
AGENCIA Nº: 14SECCIÓN VERIFICACIONES 1 (AG M014)*
OFICINA COBRANZA ADMINISTRATIVA (AG M014)*

* Corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto la Disposición DI-2020-67-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 02 de noviembre de 2020.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación, notifíquese y regístrese. Cumplido, archívese.

Diego Fernando Quintas

e. 20/03/2024 N° 14879/24 v. 20/03/2024