SECRETARÍA GENERAL
Decreto 292/2024
DECTO-2024-292-APN-PTE - Desígnase Director de la Unidad Médica Presidencial.
Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-27842090-APN-CGD#SGP, la Ley Nº 27.701,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 620 del 10 de abril de 2008 y sus modificatorios,
355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 88 del 26 de diciembre
de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de
2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios, vacantes y financiados presupuestariamente, en las
Jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia
de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será
efectuada por el Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 620/08 se creó la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL en
el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que dicha Unidad Médica está a cargo de UN (1) Director con carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que resulta necesario proceder a la cobertura del citado cargo.
Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los artículos 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
1° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 8 de marzo de 2024, al doctor
Manuel Emilio ESTIGARRIBIA (D.N.I. Nº 30.997.426) en el cargo
extraescalafonario de Director de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y
jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 20 - 01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
e. 05/04/2024 N° 18744/24 v. 05/04/2024