AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD
CONSEJO DE ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Resolución 494/2024
RESOL-2024-494-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2024
VISTO el EX-2024-33197516-APN-UEP#AND, las Leyes Nros. 24.452 y 25.730
sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 698 de fecha 5 de
septiembre de 2017 y sus modificatorios y N° 187 de fecha 17 de abril
de 2022 y Nº 96 del 27 de diciembre de 2023 y la Resolución AND N° 677
de fecha 12 de mayo de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante las Leyes N° 24.452 y N° 25.730 se estableció que los
fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina en virtud
de las multas previstas en las citadas normas, serán destinados para la
aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con
discapacidad.
Que por Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD,
como organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, como continuadora de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA
INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que mediante Decreto N° 187/22 se creó el FONDO NACIONAL PARA LA
INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS), que será
destinado al financiamiento de Programas y Proyectos a favor de las
personas con discapacidad, y se transfirieron los fondos del ex FONDO
NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (creado
por Decreto N° 1277/03) al referido FONADIS.
Que por el artículo 5º del mencionado Decreto se creó el CONSEJO DE
ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dependiente
de la Dirección Ejecutiva de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, el
cual tendrá a su cargo la administración, el diseño y la aprobación de
los Programas del FONDO NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS), como así también la determinación
de los criterios, requisitos y condiciones para su acceso.
Que el artículo 8° del Decreto aludido estipula que el o la titular de
la DIRECCIÓN EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD presidirá
y coordinará el funcionamiento del CONSEJO DE ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que por la Resolución AND N° 677/22 se aprobaron los lineamientos para
la solicitud, trámite y otorgamiento de subsidios referidos al Fondo
Nacional para la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad
(FONADIS).
Que por Acta N° 6 -identificada como IF-2024-33070022-APN-DE#AND- el
Consejo de Articulación de Programas para Personas con Discapacidad
aprobó los programas que a continuación se mencionan y que integran la
presente resolución individualizados como: PROGRAMA DE APOYOS TÉCNICOS
PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (IF-2024-33715620-APN-UEP#AND),
PROGRAMA DE APOYO A DEPORTISTAS CON DISCAPACIDAD DE ALTO RENDIMIENTO
(IF-2024-33712986-APN-UEP#AND) PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE UNIDADES
PRODUCTIVAS INCLUSIVAS (IF-2024-33712969-APN-UEP#AND) y PROGRAMA DE
INCLUSIÓN EDUCATIVA (IF-2024-33712947-APN-UEP#AND).
Que por el Acta mencionada anteriormente, se estableció que la
presentación de proyectos se realizará exclusivamente a través de la
plataforma de Trámite a Distancia (TAD).
Que resulta necesario establecer los plazos del período de convocatoria
y selección de los proyectos a financiarse durante el presente
ejercicio presupuestario.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los Decretos Nº 698/17 y sus modificatorios, Nº 868/17 y
Nº 96/23.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD EN SU
CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los programas seleccionados por el Consejo de
Articulación de Programas para Personas con Discapacidad, los cuales
integran la presente resolución: PROGRAMA DE APOYOS TÉCNICOS PARA LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD (IF-2024-33715620-APN-UEP#AND), PROGRAMA DE
APOYO A DEPORTISTAS CON DISCAPACIDAD DE ALTO RENDIMIENTO
(IF-2024-33712986-APN-UEP#AND) PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE UNIDADES
PRODUCTIVAS INCLUSIVAS (IF-2024-33712969-APN-UEP#AND) y PROGRAMA DE
INCLUSIÓN EDUCATIVA (IF-2024-33712947-APN-UEP#AND).
ARTÍCULO 2°.- Establécese como fecha de apertura para la presentación
de proyectos del PROGRAMA DE APOYOS TECNICOS PARA LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD el día 15 de abril de 2024 a través de la plataforma de
Trámite a Distancia (TAD).
ARTICULO 3°.- Establécese como período de presentación de los proyectos
institucionales y de deportistas de alto rendimiento entre el 15 de
abril y el 10 de junio de 2024, la que se realizará exclusivamente a
través de la plataforma de Trámite a Distancia (TAD.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Diego Orlando Spagnuolo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/04/2024 N° 18895/24 v. 08/04/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROGRAMA DE APOYOS TÉCNICOS PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Por favor lea con atención el presente Programa. Desde las
áreas
técnicas de la ANDIS, se podrá solicitar documentación complementaria.
La presentación se deberá realizar a través del sistema TAD "Trámite a
Distancia" en la página: https://tramitesadistancia.gob.ar |
DESCRIPCIÓN
El programa busca favorecer el acceso a los productos de apoyo
utilizados por o para las personas con discapacidad a fin de facilitar
el desarrollo de las actividades de la vida diaria, mejorar la
autonomía personal y la calidad de vida.
Se consideran "productos de apoyo" a todos aquellos dispositivos,
equipos, instrumentos o software disponibles en el mercado, que
en relación
DIRECTA con el TIPO discapacidad (debidamente justificada) de la
persona solicitante permitan:
• promover y garantizar la autonomía
• facilitar la participación;
• proteger, apoyar, entrenar o sustituir funciones corporales y
actividades;
• superar barreras en pos tener un mayor grado de independencia en las
actividades de la vida diaria.
CONSIDERACIONES GENERALES
Podrán presentar solicitudes:
✓ Personas con discapacidad que no
cuenten con cobertura de salud
✓ Personas con discapacidad incluidas en el Programa Federal INCLUIR
SALUD, SOLO en los casos que el bien solicitado no se encuentre dentro
de los elementos que suministra la cobertura.
✓ Personas con obras sociales provinciales y sindicales con negativa de
cobertura
Los productos de apoyo
no incluyen
ningún tipo de elemento médico de rehabilitación o que requiera
intervención quirúrgica para su utilización.
Todo producto de apoyo solicitado debe estar justificado por
profesional competente, y en el caso de prótesis y elementos médicos
debe contarse con la prescripción médica.
✓ NO SE FINANCIARÁN ELEMENTOS USADOS
INSTRUCTIVO
Documentación necesaria para
la presentación del proyecto:
• Nota de pedido de la persona con
discapacidad si es mayor de 18 años o de su representante legal, en la
que se explicite el/los bienes solicitados y la justificación del
pedido.
• Acreditación de Documento Nacional de Identidad del solicitante.
• Para el caso de menores de 18 años, deberá constar acreditación de
Documento Nacional de Identidad de adulto responsable y documentación
que acredite la representación legal.
• Acreditación del Certificado de Discapacidad vigente
• Informe social firmado por profesional competente.
• Prescripción médica o reseña del profesional competente en la que se
describa las características del elemento solicitado, acordes al tipo
de discapacidad.
• TRES (3) Presupuestos del equipamiento a adquirir.
• Constancia de CBU
• Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos y Formulario de
Acreditación de Pagos de Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria.
• En el caso de ser necesario, negativa de cobertura de la obra social.
IMPORTANTE
✓ El subsidio que eventualmente se
otorgue no es reembolsable, pero si, debe realizarse la
rendición de cuentas del mismo en los plazos que se comuniquen,
con la presentación de la FACTURA con fecha posterior al pago del mismo.
✓ Para la definición del monto a otorgar se tomará como referencia el
presupuesto de menor valor, priorizando los elementos de producción
nacional, salvo excepción debidamente justificada por el profesional
interviniente.
IF-2024-33715620-APN-UEP#AND
ANEXO II
PROGRAMA DE APOYO A DEPORTISTAS CON
DISCAPACIDAD DE ALTO RENDIMIENTO
Por favor lea con atención el presente Programa. Desde las
áreas
técnicas de la ANDIS, se podrá solicitar documentación complementaria.
La presentación se deberá realizar a través del sistema TAD "Trámite a
Distancia" en la página: https://tramitesadistancia.gob.ar |
DESCRIPCIÓN
El presente programa tiene el propósito de apoyar económicamente a
atletas con discapacidad buscando fortalecer el desarrollo de las actividades deportivas de competencias
de alto rendimiento.
CONSIDERACIONES GENERALES
• Podrán presentar solicitudes aquellas
deportistas con discapacidad que demuestren el desarrollo sostenido de
la actividad deportiva con miras a participar en competencias en
distintas instancias de alto rendimiento.
• Se financiarán elementos técnicos para la práctica competitiva del
deporte adaptado. No serán contemplados elementos que no tengan
adaptaciones (ropa, calzado, etc.) ni elementos de entrenamiento.
INSTRUCTIVO
Documentación necesaria para
la presentación del proyecto:
• Nota de pedido de la persona con
discapacidad si es mayor de 18 años o de su representante legal, en la
que se explicite el/los bienes solicitados y la justificación del
pedido.
• Acreditación de Documento Nacional de Identidad del solicitante.
• Para el caso de menores de 18 años, deberá constar acreditación de
Documento Nacional de Identidad de adulto responsable y documentación
que acredite la representación legal.
• Acreditación del Certificado de Discapacidad vigente.
• Informe social firmado por profesional competente.
• Nota de la Federación deportiva en la que participa avalando la
trayectoria en competencias y la solicitud.
• Constancia de CBU
• Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos y Formulario de
Acreditación de Pagos de Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria.
• TRES (3) Presupuestos de proveedores nacionales del equipamiento a
adquirir.
IMPORTANTE
✓ El subsidio que eventualmente se
otorgue no es reembolsable, pero si, debe realizarse la rendición de
cuentas del mismo en los plazos que se comuniquen, con la presentación
de la FACTURA con fecha posterior al pago del mismo.
✓ Para la definición del monto a otorgar se tomará como referencia el
presupuesto de menor valor, priorizando los elementos de producción
nacional, salvo excepción debidamente justificada por el profesional
interviniente.
✓ NO SE FINANCIARÁN ELEMENTOS USADOS
IF-2024-33712986-APN-UEP#AND
ANEXO III
PROGRAMA
DE FORTALECIMIENTO DE UNIDADES PRODUCTIVAS INCLUSIVAS
Por favor lea con atención el presente Programa. Desde las
áreas
técnicas de la ANDIS, se podrá solicitar documentación complementaria.
La presentación se deberá realizar a través del sistema TAD "Trámite a
Distancia" en la página: https://tramitesadistancia.gob.ar |
DESCRIPCIÓN
El presente programa promueve el apoyo económico a unidades productivas
conformadas o que incluyan personas con discapacidad, buscando a través
del mismo fortalecer estas unidades de negocios para mejorar su
inclusión en el mercado comercial formal, permitiendo potenciar la
inclusión, autonomía y equiparación de las oportunidades de las
personas con discapacidad en el trabajo.
Se entienden estas unidades productivas como emprendimientos
productivos sustentables, cuyo plantel incluya al menos el 40% de
Personas con Discapacidad, permitiéndoles mejorar significativamente su
calidad de vida, a partir de un trabajo digno y reconocido.
CONSIDERACIONES GENERALES
• El presente programa brindará apoyo
económico para la compra de equipamiento y/o insumos directamente
vinculados con la actividad productiva que se realiza.
• Podrán presentar proyectos para el presente programa, Organizaciones
de la Sociedad Civil que puedan acreditar el desarrollo de actividades
de tipo productivas que incluyan personas con discapacidad, que
justifique el financiamiento solicitado.
COMPONENTES A SUBSIDIAR:
o Componente Equipamiento: Se podrán
financiar maquinarias, herramientas, amoblamientos laborales,
adaptaciones para puestos de trabajo justificado en la actividad
productiva.
o Componente de Insumos: Se podrán subsidiar, por única vez, insumos
para la producción que, según el proyecto y la explicación del negocio
a realizar, no superen las necesidades de seis (6) meses de producción.
• En ningún caso se subsidiarán equipamientos o insumos laborales que
no se encuentren directamente relacionados con la actividad laboral
desarrollada.
INSTRUCTIVO
1. NOTA DE SOLICITUD
Se debe presentar una nota de solicitud de inclusión al Programa
firmada por la máxima autoridad de la entidad, expresando el/los
elementos solicitados.
2. PROYECTO
El proyecto detallará y justificará siempre la relación entre la
producción, necesidad de maquinaria y/o herramientas, las personas con
discapacidad que trabajan en el emprendimiento. Claramente se definirá
el tipo de producto que se desarrolla, las estrategias de producción y
comercialización que se viene llevando a cabo, y la proyección de
mejora que implica la implementación del presente financiamiento.
Se deberá describir los antecedentes de la organización referidos a
esta actividad, la actividad productiva que se está llevando a cabo y
detallar el personal con el que se cuenta para realizar la misma
3. DOCUMENTACION REQUERIDA
ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES
• Copia de la Resolución que otorga la
personería jurídica a la Entidad o toda documentación legal que
demuestra la constitución de la misma.
• Copia de los Estatutos Sociales o documentación legal que dé cuenta
de los fines de la entidad.
• Último Balance exigible firmado por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas y/o autoridad competente provincial.
• Copia del acta de Asamblea y/o Directorio y/o Consejo de
administración donde conste la designación de las autoridades actuales
vigentes.
• Copia del Acta de Comisión Directiva donde se autoriza al
presidente/a a gestionar el presente subsidio.
• Acreditación de Documento Nacional de Identidad la autoridad que
solicita el financiamiento.
• Constancia de Inscripción ante AFIP (CUIT).
• Constancia de CBU
• Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos y Formulario de
Acreditación de Pagos de Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria.
• Tres presupuestos comparativos de cada uno de los elementos
solicitados en los que conste los datos fiscales de los comercios o
empresas.
PARA TENER EN CUENTA
• El subsidio que eventualmente se
otorgue no es reembolsable, pero si, debe realizarse la rendición de
cuentas del mismo, en tiempo y forma, según los términos del convenio
correspondiente.
• El monto del subsidio otorgado deberá ser utilizado estrictamente en
función de lo presupuestado oportunamente, en el proyecto aprobado. Los
fondos deberán destinarse a la adquisición de bienes nuevos.
• En ningún caso, se admitirá la compra de elementos usados.
Nota: la evaluación de los proyectos
considerará el impacto del proyecto en la mejora de la vida de las
personas con discapacidad, la relación de lo solicitado con las
acciones a realizar y se verificará que los montos presupuestarios
correspondan a los valores del mercado. Todo ello en virtud de un uso
racional y adecuado de los recursos disponibles.
IF-2024-33712969-APN-UEP#AND
ANEXO IV
PROGRAMA
DE INCLUSIÓN EDUCATIVA
Por favor lea con atención el presente Programa. Desde las
áreas
técnicas de la ANDIS, se podrá solicitar documentación complementaria.
La presentación se deberá realizar a través del sistema TAD "Trámite a
Distancia" en la página: https://tramitesadistancia.gob.ar |
DESCRIPCIÓN
El programa promueve el mejoramiento de la infraestructura de
instituciones escolares de gestión pública o privada en cuya matrícula
figuren alumnos o alumnas con discapacidad.
CONSIDERACIONES GENERALES
• Podrán presentar proyectos las
cooperadoras de los Establecimiento Educativos de gestión pública o las
Organizaciones No Gubernamentales -ONG- que cuenten con un mínimo de 2
años de antigüedad de personería jurídica que desarrollen actividades
de educación formal, en cuya matrícula figuren alumnos o alumnas con
discapacidad.
• El destino de los fondos podrá ser para la adquisición de
equipamiento educativo adaptado y/o para mejorar la accesibilidad de
sanitarios y, rampas y sendas (sin sumar metros cuadrados a los
existentes)
INSTRUCTIVO
1. NOTA DE SOLICITUD
Se debe presentar una nota de solicitud de inclusión al Programa
firmada por la máxima autoridad de la entidad, expresando el/los
elementos solicitados.
2. PROYECTO
Se deberá presentar un proyecto que contenga los datos que identifiquen
la institución (Nombre, responsable de Institución y del proyecto,
Domicilio, teléfonos de contacto, e-mail institucional y del
responsable). Además, deberá explicitar lo solicitado de manera
fundada, describir los objetivos que se proponen, detalle de los pasos
y metodología para alcanzarlos, matrícula de estudiantes con
discapacidad y los resultados esperados. También debe figurar el costo
detallado del proyecto.
3. DOCUMENTACION REQUERIDA
• Copia de la Resolución que otorga la personería jurídica a la Entidad
o de acto administrativo de autoridad competente que reconoce a la
entidad cooperadora.
• Copia de los Estatutos Sociales o
documentación legal que dé cuenta de los fines de la entidad.
• Último Balance exigible firmado por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas y/o autoridad competente provincial, o Acta de
Cooperadora por la que se deja constancia del balance económico del
último período escolar.
• Copia del acta de Asamblea y/o Directorio y/o Consejo de
administración donde conste la designación de las autoridades actuales
vigentes.
• Copia del Acta de Comisión Directiva o de Asamblea de Cooperadora
donde se autoriza al presidente/a a gestionar el presente subsidio.
• Acreditación de Documento Nacional de Identidad la autoridad que
solicita el financiamiento.
• Las ONG's deberán presentar documentación que acredite su
incorporación a la enseñanza oficial.
• Constancia de Inscripción ante AFIP (CUIT).
• Para ONG's, en caso de solicitar mejoras de accesibilidad, copia del
informe de dominio expedido por el registro de la propiedad inmueble de
la jurisdicción, libre de restricciones y gravámenes, a nombre de la
institución, que demuestre la titularidad a nombre de la Entidad.
• Para Cooperadoras, en caso de solicitar mejoras de accesibilidad,
nota del área competente que autoriza la realización de las mismas.
• Constancia de CBU
• Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos y Formulario de
Acreditación de Pagos de Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria.
• Tres presupuestos comparativos de cada uno de los elementos
solicitados en los que conste los datos fiscales de los comercios o
empresas.
DOCUMENTACIÓN REFERIDA A LAS
MEJORAS EN ACCESIBILIDAD
El proyecto debe estar de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, la
Ley 24.314 y su Decreto Reglamentario 914/97. Esto deberá manifestarse
explícitamente mediante nota firmada por autoridad competente.
• Memoria Descriptiva del proyecto
arquitectónico a ejecutar, especificando las tareas de obra a realizar,
cantidad total de m2 que se desea construir y/o refaccionar.
• Memoria de especificaciones técnicas, en la que se detallen las
características de los materiales a utilizar.
• Planos de planta corte y vista, escala 1:100, 1:50 ó 1:20 de acuerdo
al nivel de detalle que fuera necesario representar gráficamente.
• Computo métrico y presupuesto oficial, discriminando materiales y
mano de obra, rubro e ítems de obra, precios unitarios y porcentajes de
incidencia.
• Plazo de ejecución.
• Tres presupuestos de materiales y mano de obra.
• Fotografías de los espacios a intervenir.
PARA TENER EN CUENTA
• El subsidio que eventualmente se
otorgue no es reembolsable, pero si, debe realizarse la rendición de
cuentas del mismo, en tiempo y forma, según los términos del convenio
correspondiente.
• El monto del subsidio otorgado deberá ser utilizado estrictamente en
función de lo presupuestado oportunamente, en el proyecto aprobado. Los
fondos deberán destinarse a la adquisición de bienes nuevos.
• En ningún caso, se admitirá la compra de elementos usados.
Nota: la evaluación de los proyectos
considerará el impacto del proyecto en la mejora de la vida de las
personas con discapacidad, la relación de lo solicitado con las
acciones a realizar y se verificará que los montos presupuestarios
correspondan a los valores del mercado. Todo ello en virtud de un uso
racional y adecuado de los recursos disponibles.
IF-2024-33712947-APN-UEP#AND