ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5506/2024
RESOG-2024-5506-E-AFIP-AFIP -
Seguridad Social. Ley N° 14.499 y sus modificaciones. Artículo 12.
Regularización de obligaciones previsionales. Resolución General N°
4.128. Su abrogación.
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2024
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2024-00508727- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley N° 14.499 y sus modificaciones estableció
la obligación por parte de las instituciones de crédito bancario de
requerir a los empleadores, previo al otorgamiento del crédito,
constancia de que no poseen incumplimientos respecto de sus
obligaciones previsionales.
Que asimismo, prevé que los empleadores deberán obtener del organismo
recaudador la constancia respectiva o, en su caso, presentar una
declaración jurada sobre la inexistencia de tales deudas, intervenida
por dicho organismo.
Que en este sentido, mediante la Resolución General Nº 4.128 esta
Administración Federal aprobó un servicio con “Clave Fiscal” denominado
“Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales” a los
fines de instrumentar un procedimiento simplificado que permita a las
entidades financieras verificar la regularización de las obligaciones
previsionales que los sujetos empleadores mantienen con este Organismo.
Que, posteriormente, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70
del 20 de diciembre de 2023 se adoptaron una serie de medidas
tendientes a mejorar y simplificar los trámites y agilizar los
procesos, entre las cuales, en su artículo 39 procede a la derogación
de la citada Ley N° 14.499 y sus modificaciones.
Que de acuerdo a tales preceptos, este Organismo se encuentra abocado a
la revisión de los diferentes registros y regímenes de información
implementados, que pudieran obstaculizar la agilización de los
procesos, facilitación del comercio y eliminación de costos
desproporcionados.
Que ello así, corresponde dejar sin efecto la mencionada norma reglamentaria.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Recaudación, Sistemas y Telecomunicaciones y Servicios al
Contribuyente, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad
Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución General N° 4.128.
ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de la presente resolución general
entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Florencia Lucila Misrahi
e. 26/04/2024 N° 24205/24 v. 26/04/2024