MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 135/2024
DI-2024-135-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-15000478- -APN-DNRYRT#MT, las Leyes
Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la
Ley N° 23.546 (t.o.2004) y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de
1988 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el Documento Electrónico Nº IF-2024-15590263-APN-DNRYRT#MT del
Expediente Nº EX-2024-15000478- -APN-DNRYRT#MT obra el acuerdo
celebrado entre la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO y la UNIÓN
PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por la parte sindical, y el INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC), por la parte empleadora,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que a través del presente se establece prorrogar la vigencia temporal
de lo pactado en el acuerdo alcanzado en el acta de fecha 24 de abril
de 2017, debidamente homologada mediante la Resolución Nº
RESOL-2017-545-APN-SECT#MT, por el término de un año, desde el 1° de
enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024, en lo atinente a la
liquidación mensual del adicional rotulado como “Función Estadística”.
Que el ámbito de aplicación del instrumento mencionado, se circunscribe
a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresarial firmante y la de la entidad sindical signataria, emergente
de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente, conforme las constancias obrantes en autos.
Que, de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención
que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N°14.250 y el artículo 10° del Decreto N°200/88 y sus
modificatorias.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el Documento
Electrónico Nº IF-2024-15590263-APN-DNRYRT#MT del Expediente Nº
EX-2024-15000478- -APN-DNRYRT#MT, celebrado entre la ASOCIACIÓN
TRABAJADORES DEL ESTADO y la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, por la
parte sindical, y el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
(INDEC), por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL. Cumplido, pase a esta DIRECCIÓN NACIONAL DE
RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de proceder al registro del
instrumento identificado en el artículo 1° de la presente Disposición.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no
efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado
y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer
párrafo del artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/05/2024 N° 24312/24 v. 02/05/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)