MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 305/2024
RESOL-2024-305-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-40219873- -APN-SAF#MSG, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y
sus modificatorias, la Ley Nº 27.287, los Decretos Nros. 383 del 30 de
mayo de 2017 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y modificatorios, la
Decisión Administrativa Nº 335 del 6 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 establece
como competencias del MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en la
coordinación del Sistema Nacional de Gestión Integral del Riesgo y la
Protección Civil creado por la Ley Nº 27.287; y en las acciones
tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que
se produzcan en el territorio de la Nación; así como ejecutar los
planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados
conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.
Que el Decreto Nº 50/2019 estipula como objetivos de la SECRETARÍA DE
ARTICULACIÓN FEDERAL asistir al Ministro en la dirección del esfuerzo
nacional de policía, en lo referente a la participación de las Fuerzas
Policiales provinciales y en la coordinación del Sistema Nacional para
la Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil, creado por la Ley N°
27.287; y en la implementación de las acciones tendientes a preservar
la vida, los bienes y el hábitat de la población ante desastres
socio-naturales, coordinando el empleo de los recursos humanos y
materiales en las etapas de mitigación, respuesta y reconstrucción.
Que la Decisión Administrativa Nº 335/2020 establece como
responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE
PROTECCIÓN CIVIL, o el área que en el futuro la reemplace, asistir en
materia del desarrollo de las acciones de preparación y de respuesta
inmediata ante situaciones de emergencia y/o desastres socio-naturales,
atendiendo a la coordinación del despliegue de las Fuerzas Policiales y
de Seguridad.
Que, asimismo, dicha norma establece como acciones de la DIRECCIÓN DE
RESPUESTA, asesorar y asistir en la coordinación de acciones para la
ayuda federal en casos de desastre y emergencias de origen
socio-natural; asistir en la coordinación con otros organismos de la
Administración Pública Nacional, provincial y municipal y con
organizaciones civiles, para la respuesta durante situaciones de
emergencia y/o desastres; y asistir en materia de la colaboración con
la organización y conducción de equipos de respuesta inmediata propios
del Ministerio; entre otras.
Que para el cumplimento eficaz de las responsabilidades precitadas
resulta necesario poder organizar y planificar con antelación las
acciones a desarrollarse a nivel Nacional ante la ocurrencia de
situaciones de desastre y/o emergencia en las diferentes provincias y/o
regiones.
Que, a tales fines, la DIRECCIÓN DE RESPUESTA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL es la encargada
de elaborar planes y protocolos de actuación orientados a coordinar el
despliegue territorial y las tareas a realizarse ante las diversas
contingencias que pudieran suceder.
Que para el próximo período invernal la mencionada Dirección elaboró,
en coordinación con los organismos con competencia en la materia, el
“Plan Invierno 2024” en el cual se establecen los lineamientos
generales del apoyo federal para el mencionado período estacional.
Que dicho Plan tiene por objetivo contribuir con el mejoramiento de los
sistemas de alerta temprana, así como establecer la coordinación
técnica/operativa entre los diferentes componentes de la respuesta.
Que entre las actividades previstas en dicho documento se encuentran:
coordinar con el Servicio Meteorológico Nacional los productos de
información específicos de la temática invernal, implementar diferentes
canales de información con otros organismos con competencia, elaborar y
distribuir informes operativos y de situación, elaborar protocolos que
faciliten la gestión ante un pedido de la jurisdicción provincial,
brindar apoyo a los COE y Sistema de Comando de Incidente con logística
propia, entre otras.
Que en virtud de lo manifestado, resulta pertinente aprobar el
mencionado Plan y facultar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE
PROTECCIÓN CIVIL a efectuar las actualizaciones y/o modificaciones
periódicas que resulten necesarias tendientes a ajustar el mismo
conforme la evolución del referido período estacional así lo requiera.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 4°, inciso b), apartado 9° y 22° bis de la Ley Nº
22.520 de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el PLAN INVIERNO 2024, que como Anexo I
(IF-2024-40281460-APN-DR#MSG) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE
PROTECCIÓN CIVIL de este Ministerio, o el área que en el futuro la
reemplace, el seguimiento e implementación del mencionado Plan, así
como la articulación con los organismos involucrados en su ejecución.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE
PROTECCIÓN CIVIL de este Ministerio, o el área que en el futuro la
reemplace, a realizar las actualizaciones o modificaciones periódicas
que resulten necesarias tendientes a adecuar el mencionado Plan a la
evolución del referido período estacional.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/05/2024 N° 25953/24 v. 03/05/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)