SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 2329/2023
RESOL-2023-2329-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2023
VISTO el EX-2023-135895403-APN-DGD#MT del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546
(t.o.2004)
y CONSIDERANDO
Que en el RE-2023-135895336-APN-DGD#MT del presente expediente, obra el
Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN OBRERA TEXTIL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA por la parte gremial y la FEDERACIÓN DE INDUSTRIAS TEXTILES
ARGENTINA (FITA) por el sector empleador, en el marco de la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido la fijación de
un aporte solidario, en los términos y condiciones allí consignados.
Que el Acuerdo ha sido celebrado en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 500/07, del cual las partes son las signatarias.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo, se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresarial firmante y la Entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que la vigencia del aporte solidario pactado se circunscribe a la
duración del acuerdo pactado en el EX-2023-126706496-APN-DGD#MT.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y las facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN OBRERA TEXTIL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte gremial
y la FEDERACIÓN DE INDUSTRIAS TEXTILES ARGENTINA (FITA) por el sector
empleador obrante en RE-2023-135895336-APN-DGD#MT del EX-2023-
135895403-APN-DGD#MT, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro del instrumento identificado en el Artículo 1º, de la
presente Resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 500/07.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/05/2024 N° 26422/24 v. 09/05/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)