ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC
Disposición 4318/2024
DI-2024-4318-APN-DNAYRT#ENACOM
Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2024
VISTO el EX-2020-83866261-SDYME#ENACOM, del Registro del ENTE NACIONAL
DE COMUNICACIONES, el Decreto N° 267/2015, las Leyes Nro. 27.078 y
26.522, la Resolución N° 46/1997 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES,
la Resolución N° 15.692/1999 de la ex SECREATARÍA DE COMUNICACIONES, la
Resolución N° 32/2014 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el
ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad
de Aplicación de las leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas
modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias
de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que el Punto III.4.1 del mencionado Plan Fundamental, determina que los
Servicios Especiales están destinados a establecer comunicaciones de
urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los
prestadores de servicios de telecomunicaciones, conforme al formato de
numeración que allí se indica.
Que por Resolución N° 15.692 de fecha 15 de Junio de 1999, de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se asignó, entre otros, el Indicativo de
Servicios Especiales “132” para la lucha contra la drogadependencia.
Que por Resolución Nº 32 de fecha 12 de Junio de 2014, de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se asignó a la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN
PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO
– SEDRONAR –, el Indicativo de Servicios Especiales “141” para la
atención de comunicaciones relacionadas con su labor institucional de
prevención y asistencia.
Que mediante nota NO-2020-78392021-APN-SEDRONAR#JGM, la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA – SEDRONAR –,
con el fin de ordenar los servicios que lleva adelante para la atención
de comunicaciones relacionadas con su labor institucional de prevención
y asistencia relativa al consumo problemático de sustancias
psicoactivas, solicita la baja del Indicativo de Servicios Especiales
“132”, dado que ha sido reemplazado por el “141”
Que de acuerdo a lo indicado en la instrucción superior emitida por
NOTA-2020-78800128-APN-ENACOM#JGM, se procederá a la baja del
Indicativo de Servicios Especiales “132”.
Que es facultad de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, administrar
los recursos del Plan Fundamental de Numeración Nacional, aprobado como
Anexo I de la Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997, de la ex
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN.
Que oportunamente ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS, en su carácter de servicio permanente
de asesoramiento jurídico de este Organismo.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
las Actas de Directorio del ENACOM Nº 3 del 3 de marzo de 2016 y N° 57
del 20 de febrero de 2020, y la Resolución N°
RESOL-2021-671-APN-ENACOM#JGM, de fecha 27 de mayo de 2021.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Dese de baja el Indicativo de Servicios Especiales “132”
para la lucha contra la drogadependencia, asignado oportunamente por
Resolución N° 15.692 de fecha 15 de Junio de 1999, de la ex SECRETARÍA
DE COMUNICACIONES
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Hernán Salas
e. 13/05/2024 N° 28416/24 v. 13/05/2024