SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2407/2023

RESOL-2023-2407-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2023

VISTO el EX-2023-02959544- -AFIP-DECADP#SDGRHH, del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004) y

CONSIDERANDO:

Que en la NO-2023-02956608-AFIP-DICDRH#SDGRHH del EX-2023-02959544- -AFIP-DECADP#SDGRHH luce como archivo embebido el Acuerdo Nº 28/2023 celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (S.U.P.A.R.A) y la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PÚBLICOS (A.E.F.I.P.), por la parte sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

Que a través del referido instrumento las partes convienen modificaciones referidas a los ingresos y cupos referidos a la incorporación a la Planta Permanente del Organismo de personas con discapacidad, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por el LAUDO Nº 15/91 (T.O. Resolución S.T. Nº 925/10), y Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92-Laudo 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10), conforme los lineamientos allí estipulados.

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para suscribir el presente conforme surge de los antecedentes obrantes en esta Cartera de Estado.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas.

Que el ámbito de aplicación de los mismos, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el Acuerdo Nº 28/2023 que luce como archivo embebido en la NO-2023-02956608-AFIP-DICDRH#SDGRHH del EX-2023-02959544- -AFIP-DECADP#SDGRHH celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (S.U.P.A.R.A) y la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PÚBLICOS (A.E.F.I.P.), por la parte sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS , por la parte empleadora, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del instrumento identificado en el artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 56/92 “E” Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10) y Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por el LAUDO Nº 15/91 (T.O. Resolución S.T. Nº 925/10).

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/05/2024 N° 27573/24 v. 16/05/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)