ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 10/2024

RESFC-2024-10-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/05/2024

EX-2024-41847572-APN-SDYME#ENACOM

El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:

1.- Atribuir la banda de frecuencias 1.980-2.025 MHz al Servicio Móvil por Satélite (Tierraespacio) y la banda de frecuencias 2.170-2.200 MHz al Servicio Móvil por Satélite (espacio-Tierra), con categoría primaria.

2. – Establecer que, en las bandas de frecuencias atribuidas por medio del Artículo 1º al Servicio Móvil por Satélite que contaren con otros servicios atribuidos con igual categoría, la compartición y protección de frecuencias se harán teniendo en cuenta las Resoluciones 716 (Rev. CMR-23) y 212 (Rev. CMR-23), o aquellas que las actualicen, reemplacen o complementen, sin perjuicio de la normativa nacional especifica que oportunamente se dicte.

3. – Incorporar la atribución efectuada en el Artículo 1° de la presente Resolución, en el Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina (CABFRA).

4.- Comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor, Patricia Zulema ROLDÁN y Alejandro Fabio PEREYRA, interventores adjuntos respectivamente, del Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.

e. 20/05/2024 N° 30482/24 v. 20/05/2024