ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 10/2024
RESFC-2024-10-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/05/2024
EX-2024-41847572-APN-SDYME#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Atribuir la banda de frecuencias 1.980-2.025 MHz al Servicio Móvil
por Satélite (Tierraespacio) y la banda de frecuencias 2.170-2.200 MHz
al Servicio Móvil por Satélite (espacio-Tierra), con categoría
primaria.
2. – Establecer que, en las bandas de frecuencias atribuidas por medio
del Artículo 1º al Servicio Móvil por Satélite que contaren con otros
servicios atribuidos con igual categoría, la compartición y protección
de frecuencias se harán teniendo en cuenta las Resoluciones 716 (Rev.
CMR-23) y 212 (Rev. CMR-23), o aquellas que las actualicen, reemplacen
o complementen, sin perjuicio de la normativa nacional especifica que
oportunamente se dicte.
3. – Incorporar la atribución efectuada en el Artículo 1° de la
presente Resolución, en el Cuadro de Atribución de Bandas de
Frecuencias de la República Argentina (CABFRA).
4.- Comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín
OZORES, Interventor, Patricia Zulema ROLDÁN y Alejandro Fabio PEREYRA,
interventores adjuntos respectivamente, del Ente Nacional de
Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.
e. 20/05/2024 N° 30482/24 v. 20/05/2024