MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Decisión Administrativa 382/2024
DA-2024-382-APN-JGM - Desígnase Director Nacional de Promoción y Protección del Empleo.
Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-39890075-APN-SICYT#JGM, las Leyes Nros.
25.164 y 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008,
sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio, 8 del 10 de diciembre de 2023, 86 y 88, ambos del 26 de
diciembre de 2023, y la Decisión Administrativa N° 1662 del 9 de
septiembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de
2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 8/23 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias
y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el citado decreto se estableció que se consideran transferidos,
entre otros, los créditos presupuestarios y unidades organizativas del
entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL al MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO.
Que por la Decisión Administrativa N° 1662/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director Nacional de Promoción y Protección del
Empleo de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL de la
SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO.
Que con el fin de designar en el citado cargo al doctor Eduardo Jorge
FASULINO, resulta necesario exceptuarlo del requisito de ingreso a la
Administración Pública Nacional previsto en el inciso f) del artículo
5º del Anexo de la Ley Nº 25.164, el cual establece como impedimento
para el ingreso tener la edad prevista en la ley previsional para
acceder al beneficio de la jubilación o gozar de un beneficio
previsional.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico pertinente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y 5° del Anexo I del
Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2022.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 12 de
abril de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al
doctor Eduardo Jorge FASULINO (D.N.I. Nº 10.133.123) en el cargo de
Director Nacional de Promoción y Protección del Empleo de la
SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL de la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones de los artículos 14 de dicho
Convenio y 5°, inciso f) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional N° 25.164.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
12 de abril de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Sandra Pettovello
e. 22/05/2024 N° 31625/24 v. 22/05/2024