JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 51/2024

RESOL-2024-51-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-37502094- -APN-DGDYD#JGM, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O. 2017, los Decretos N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 264 de fecha 20 de marzo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 264 de fecha 20 de marzo de 2024 se aceptó, a partir del día 18 de marzo de 2024, la renuncia presentada por el ingeniero Armando Daniel GUIBERT (D.N.I. N° 6.079.356) al cargo de Secretario de Transformación del Estado y Función Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 4° del citado decreto se designó en el cargo de Subsecretaria de Desarrollo y Modernización del Empleo Público dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la licenciada María Rosana REGGI (D.N.I. N° 25.436.011).

Que el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría junto con sus objetivos, estableciendo en el punto V de su Anexo I el correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 dispone que la competencia de los órganos administrativos será la que resulte, según los casos, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia; que su ejercicio constituye una obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la delegación o sustitución estuvieren expresamente autorizadas.

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 -T.O. 2017, prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites; delegarles facultades; intervenirlos y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.

Que, por su parte, el punto 9, inciso b), artículo 4°de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios establece, entre las funciones de los ministros en el ámbito de sus competencias, resolver por sí todo asunto concerniente al régimen administrativo de sus respectivos Ministerios ateniéndose a los criterios de gestión que se dicten y, adoptar las medidas de coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia.

Que, ante la vacancia del cargo del titular de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y con el objeto de garantizar el normal funcionamiento administrativo así como el cumplimiento de las tareas a su cargo, resulta necesario encomendar en forma transitoria la gestión de la firma del despacho y la resolución de asuntos concernientes a dicho órgano a la titular de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO dependiente de la mencionada Secretaría, hasta la designación de un nuevo titular.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el punto 9, inciso b), artículo 4° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 -T.O. 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Encomiéndase en forma transitoria la firma del despacho y la resolución de asuntos concernientes a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hasta la designación de su nuevo titular, a la Sra. Subsecretaria de Desarrollo y Modernización del Empleo Público dependiente de la mencionada Secretaría, licenciada María Rosana REGGI (D.N.I. N° 25.436.011).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse

e. 22/05/2024 N° 31148/24 v. 22/05/2024