PRESIDENCIA
DE LA NACION
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución N° 222/97
Bs. As.. 21/3/97
VISTO el Expediente N° 205/97 del registro de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 246/96 SRN y AH se creó la Unidad Ejecutora
del Plan Nacional de Manejo del Fuego —dependiente de la Unidad
Secretario—, integrada por un Centro Nacional y Seis Centros Regionales.
Que por la Resolución N° 465/96 se aprobó el Plan Nacional de Manejo
del Fuego.
Que con el objeto de lograr la eficiente y eficaz implementación del
Plan, y al sólo efecto de organizar las tareas inherentes al mismo,
resulta conveniente determinar su organización interna, con asignación
de funciones y responsabilidades, en concordancia con sus objetivos.
Que en virtud de la Resolución 569/96 se autoriza a la Unidad Ejecutora
del Plan Nacional de Manejo del Fuego a suscribir convenios en
representación de la Secretaria de Recursos Naturales y Desarrollo
Sustentable sobre la implementación del Plan Nacional de Manejo del
Fuego.
Que la Unidad Ejecutora del Plan Nacional de Manejo del Fuego actuará
en el marco de la ley N° 24.156 y normas concordantes.
Que para el desarrollo de las actividades propias del Plan, se han
contratado en forma transitoria a profesionales y técnicos
especializados, en las condiciones establecidas por el Decreto N° 92/95.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente en virtud
de los decretos N° 1381/96, N° 1412/96.
Por ello,
LA SECRETARIO DE
RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la organización interna de la Unidad Ejecutora
del Plan Nacional de Manejo del Fuego, dependiente de la Unidad
Secretario de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo
Sustentable, conforme al organigrama, objetivos y acciones que forman
parte integrante de esta Resolución como ANEXOS I; II; III; IV; V; y
VI, respectivamente.
ARTICULO 2° — Asígnase las funciones de la Coordinación General
establecidas por el Anexo II de esta resolución al Doctor Alberto Noé
Carballo; DNI. 12.744.093, en las condiciones estipuladas en su
contratación.
ARTICULO 3° — Asígnase las funciones de la Coordinación Administrativa
e Institucional establecidas por el Anexo III de la presente al Señor
Felipe Crespo, DNI. 17.530.613, en las condiciones estipuladas en su
contratación.
ARTICULO 4° — Asígnase las funciones de la Coordinación de Medios
Aéreos establecidas por el Anexo IV de esta resolución al Señor
Comodoro Carlos Bunge, DNI. 7.981.647. en las condiciones estipuladas
en su contratación.
ARTICULO 5° — Asignase las funciones de la Coordinación Técnica
establecidas por el Anexo V de esta resolución al Señor Roberto
Heredia, DNI. 8.645.070, en las condiciones estipuladas en su
contratación.
ARTICULO 6° — Delégase en el Subsecretario de Desarrollo Sustentable la
facultad de autorizar la transferencia de bienes previo cumplimiento
de los procedimientos administrativos que correspondan a las
Coordinaciones Regionales, las que deberán rendir cuenta documentada de
su recepción e imputación, dentro de los 5 (cinco) días hábiles.
ARTICULO 7° — El Señor Subsecretario de Desarrollo Sustentable
autorizará los gastos necesarios para la implementación del Plan
Nacional de Manejo del Fuego. Asimismo, el Señor Subsecretario de
Desarrollo Sustentable autorizará la utilización de los bienes de
propiedad de la Secretaria de Recursos Naturales y Desarrollo
Sustentable asignados al Plan Nacional de Manejo del Fuego por parte de
personal contratado.
ARTICULO 8° — Derógase la resolución N° 246/SRN y AH/96 en todo aquello
que se oponga a la presente.
ARTICULO 9° — Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro oficial y archívese. — Fdo.: Ing. MARIA JULIA ALSOGARAY,
Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.
ANEXO I
ORGANIGRAMA DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PLAN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO
ANEXO II
Funciones de la COORDINACION GENERAL
1. - OBJETIVOS
1.1. Implementar los diversos mecanismos que faciliten una expeditiva y
satisfactoria realización de todas las actividades contempladas en el
Plan Nacional de Manejo del Fuego, coordinando las acciones.
1.2. Desarrollar el conjunto de decisiones relativas al Plan Nacional
de Manejo del Fuego, llevadas a la práctica para minimizar las pérdidas
o daños que provocan los incendios forestales.
1.3. Establecer un funcionamiento operativo basado en el mando único y
gestión descentralizada.
1.4. Establecer una cadena de mandos provincias-región-nación, clara e
inequívoca.
1.5. Establecer una estrategia de gestión de incorporación modular,
avanzando en grados de complejidad.
2. - ACCIONES
2.1. Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las
actividades que se desarrollan a través del PNMF, en función del
presupuesto asignado.
2.2. Formular, para su aprobación por la Señora Secretario de Recursos
Naturales y Desarrollo Sustentable, las políticas en materia de Manejo
del Fuego, apropiadas para el logro de las metas previstas en el Plan
Nacional y en los Regionales.
2.3. Definir criterios y procedimientos, ejecutar tareas requeridas,
evaluar los resultados logrados y de ser necesario, proponer las
modificaciones o actualizaciones del PNMF.
2.4. Establecer un orden estructurado y orgánico para en PNMF.
2.5. Cuantificar las metas del PNMF.
2.6. Compatibilizar el uso de los recursos disponibles con las metas
establecidas.
2.7. Optimizar el empleo de los recursos disponibles.
2.8. Establecer la secuencia de decisiones, para el cumplimiento de
metas especificas en determinados plazos y llegar, al término del
horizonte definido, a un eficiente empleo de los recursos disponibles y
a la consecución de los objetivos perseguidos en el control de los
incendios forestales.
2.9. Impulsar y elaborar, en base a las propuestas formuladas por la
Coordinación Técnica, convenios de ayuda mutua y cooperación, tanto a
nivel nacional como internacional, en todo lo referente a la
investigación, capacitación profesional y técnica e intercambio
tecnológico.
2.10. Promover y elaborar los compromisos tendientes a conformar el
sistema de organización que permita anexar a la estructura existente,
la coordinación del apoyo federal a través de los organismos detectados
al efecto.
2.11. Coordinar las acciones de supresión, en conformidad con la
autoridad regional y recibir los requerimientos de medios humanos y
materiales, tanto nacionales como internacionales a través del sistema
de organización montado, para los niveles de complejidad superior.
2.12. Establecer el contacto con los diferentes organismos
intervinientes, a los efectos de solicitar los requerimientos de apoyo
federal en el tercer nivel.
2.13. Facilitar las tareas de supervisión técnica forestal de la DRFN y
poner a su disposición la información solicitada a tales fines.
ANEXO III
Funciones de la COORDINACION ADMINISTRATIVA E INSTITUCIONAL.
1. OBJETIVOS
1.1. Establecer las relaciones institucionales atinentes al Plan
Nacional de Manejo del Fuego con el estado nacional, los estados
provinciales y organismos oficiales.
1.2. Desarrollar todas las actividades administrativas inherentes al
funcionamiento del Plan Nacional de Manejo del Fuego.
1.3. Implementar los diversos mecanismos que faciliten la inserción del
Plan en los organismos actuantes en la lucha contra incendios
forestales.
2. ACCIONES
2.1. Impulsar y elaborar en-base a las directivas formuladas por la
Coordinación General, tanto a nivel nacional como internacional, en
todo lo referente a la investigación, capacitación profesional y
técnica e Intercambio tecnológico.
2.2. Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las
actividades que se desarrollan en el área administrativa.
2.3. Llevar el Libro de Registro de Entradas y Salidas de Expedientes y
Memorandos; en el primero se asentarán actuaciones y expedientes
iniciados por la Unidad Ejecutora y por los Centros Regionales,
consignando fecha de inicio, estado del trámite, responsable asignado,
remisión a otras áreas y su motivo, conclusión y observaciones.
2.4. Entender en los requerimientos de adquisiciones.
2.5. Entender en el inicio de los trámites relacionados con los
viáticos y su rendición, para traslado del personal, con intervención
de la Dirección Técnico Administrativa.
2.6. Efectuar el seguimiento de la ejecución del presupuesto.
2.7. Rendir el Fondo de Emergencia ante la DRFN.
2.8. Asignar y distribuir las funciones al personal administrativo.
2.9. Facilitar las tareas de supervisión técnica forestal de la DRFN y
poner a su disposición la información solicitada a tales fines.
ANEXO IV
Funciones de la COORDINACION DE MEDIOS AEREOS
1. ACCIONES
1.1. Actuar en el desarrollo e implementación del Sistema de
Operaciones Aéreas, definiendo la necesidad de equipos a adquirir,
arrendar y/o transformar dentro del esquema de la organización.
1.2. Coordinar la implementación del Sistema de Operaciones Aéreas,
como así también el despacho de los medios aéreos solicitados, y la
definición anual de la distribución de estos medios a las distintas
regiones de acuerdo a lo que surja de los Planes Operativos Anuales.
1.3. Facilitar las tareas de supervisión técnica forestal de la DRFN y
poner a su disposición la información solicitada a tales fines.
ANEXO V
Funciones de la COORDINACION TECNICA
OBJETIVOS
Desarrollar los Planes, Esquemas Organizacionales. Sistemas de
Instrucciones y Sistemas de Información necesarios para la puesta en
práctica del PNMF.
ACCIONES
1. Diseñar las operaciones, efectuar el seguimiento de las tareas en
ejecución, evaluar los resultados, plantear las reformulaciones
necesarias.
2. Efectuar las evaluaciones técnicas y económicas del PNMF.
3. Definir a nivel nacional los Planes de Prevención, Presupresión,
Organización, Capacitación. Evaluación y Estudios.
4. Proponer los programas de Asignación de Recursos, comprendiendo al
personal, instalaciones e infraestructura, equipos y herramientas,
inversiones y gastos.
5. Diseñar el Sistema de Instrucciones, elaborando reglamentos,
manuales, instructivos, circulares y en general, las normas y
procedimientos más relevantes requeridos para el funcionamiento del
PNMF, como asi también los Planes de Contingencia correspondientes.
6. Diseñar y operar el Sistema de Información en apoyo a los procesos
de coordinación, planificación y control, estableciendo los
requerimientos y tipos de información.
7. Planificar a nivel nacional las tareas de protección y prevención.
8. Elaborar y mantener actualizado un atlas que contenga entre otros:
Mapas de Zonas Quemadas; Mapas de Frecuencias de Incendios (hechos
sobre mapas de utilización de tierras); Mapas de Reducción de Peligro,
Mapas de Material Combustible, Mapas de Zonas No Visibles; Mapas de
Transportes; Mapas de Medios Fijos de Lucha, etc.
9. Proponer Convenios relacionados con las necesidades materiales, a la
cooperación, a la capacitación y a la investigación.
10. Definir técnicamente, la localización, infraestructura y recursos
humanos mínimos necesarios para el funcionamiento de los Centros
Regionales.
11. Promover la investigación aplicada orientada a la problemática
general de los incendios forestales y/o de campos, su prevención causas
y efectos.
12. Participar con asistencia profesional y técnica en la investigación
y desarrollo de tecnologías aplicadas a la prevención y combate de los
incendios forestales y de campos, privilegiando la intervención de la
actividad privada.
13. Promover la aplicación en el país de aquellos conocimientos y
resultados emergentes de las tareas de investigación, que sean
considerados de interés.
14. Colaborar en los Planes de Desarrollo de Manejo del Fuego de cada
una de las Regionales, brindando la asistencia técnica a su alcance.
15. Asistir a la capacitación del personal directamente ligado a las
tareas de presupresión, supresión, investigación y demás relacionadas
con el tema, propendiendo a su especialización profesional.
16. Apoyar las tareas de la DRFN tendientes a desarrollar el Sistema
nacional de estadística de incendios forestales, actuando en la
implementación del sistema seleccionado.
17. Llevar el registro nacional del personal capacitado y habilitado
para el desarrollo de acciones en las diferentes especialidades.
18. Actuar en la conformación de una reserva estratégica de recursos
humanos y materiales, a través de los elementos ya existentes y de
aquellos necesarios para actuar ante situaciones que así lo requieran.
19. Definir las características técnicas del tipo de apoyo solicitado,
cuando no exista una caracterización específica sobre el mismo.
20. Facilitar las tareas de supervisión técnica forestal de la DRFN y
poner a su disposición la información solicitada a tales fines.
ANEXO VI
Funciones de las COORDINACIONES REGIONALES.
OBJETIVOS
Proteger la riqueza forestal y minimizar los daños producidos por el
fuego en bosques y campos a fin de disminuir los procesos de
degradación ecológica en las áreas de influencia regional.
ACCIONES
1. Formular y elevar para su aprobación, los Planes Regionales de
Desarrollo de Manejo del Fuego, conforme el siguiente esquema:
1.1. Objetivos.
1.2. Diagnóstico de incendios forestales.
1.2.1. Delimitación del área de acción del plan.
1.2.2. Determinación de prioridades de protección.
a) análisis de riesgo.
b) análisis de peligro.
c) evaluación del daño potencial.
1.2.3. Evaluación técnica del manejo del fuego.
1.2.4. Evaluación económica del manejo del fuego.
2. Evaluación de cursos de acción y limites.
2.1. Nivel óptimo de protección.
2.2. Delimitación de actividades.
3. Definición del Plan.
3.1. Prevención.
3.2. Presupresión.
3.3. Organización.
3.4. Capacitación.
3.5. Evaluación y Estudios.
4. Programa de asignación de recursos.
4.1. Personal.
4.2. Instalaciones e Infraestructuras.
4.3. Equipos y Herramientas.
4.4. Ingresos.
5. Definir las metas al corto, mediano y largo plazo, describiendo y
elevando para su aprobación, los Planes Operativos (o anuales).
6. De existir necesidad, plantear los Planes Especiales
correspondientes.
7. Confeccionar y elevar para su aprobación, el presupuesto anual para
su funcionamiento, en concordancia con el plan nacional de desarrollo
correspondiente.
8. Administrar los recursos asignados a la regional.
9. Planificar, programar, ejecutar, supervisar y evaluar las
operaciones de prevención, presupresión, combate y uso del fuego.
10. Promover la adopción de modalidades y metodología de trabajo
normalizadas, conforme a las características de la región, a fin de
asegurar el correcto ensamble de las dotaciones de personal que puedan
converger ante incidentes que así lo requieran.
11. Brindar capacitación técnica y práctica al personal de organismos
nacionales, provinciales o de otros interesados, que actúan en los
trabajos de presupresión y combate de incendios forestales y campos,
extendiendo las calificaciones habilitadas que correspondan.
12. Implementar el enlace de los sistemas de comunicaciones, detección,
alarmas y despacho existentes en la región a fin de optimizar la
utilización de medios y recursos.
13. Desarrollar modelos de organización y comandos para la atención de
distintos grados de contingencia.
14. Orientar y asesorar a los organismos y entes de la región para el
logro de la estandarización de equipos, elementos de combate y
metodología de trabajo.
15. Confeccionar y mantener actualizado el registro del personal
calificado para cumplir roles operativos o de apoyo en el combate de
incendios forestales existentes en la región, cuyos servicios pueden
ser requeridos en forma temporal o permanente por la Central Regional.
16. Asegurar la recolección de la información requerida por el sistema
estadístico nacional de incendios forestales implementado.
17. Coordinar y participar en los proyectos de investigación inherentes
a la materia, que resul ten de interés para la región.
18. Fomentar y mantener relaciones con aquellos entes públicos o
privados de la región a los efectos de mejorar la eficiencia en la
gestión.
19. Efectuar tareas de extensión y capacitación a la población.
20. Coordinar con organismos nacionales, provinciales y/o privados los
programas a desarrollar en cada región, estableciendo el orden de
prioridades emergentes.
21. Impulsar a través de acciones de extensión y apoyo profesional
técnico la conformación de consorcios forestales de protección contra
incendios, en los bosques, masas forestales y campos de propiedad
privada, integrados en cada regional.
22. Definir las necesidades de incorporación de nuevos equipos, en
función de las características técnicas más convenientes para que los
mismos se adapten a las condiciones regionales.
23. Facilitar las tareas de supervisión técnica forestal de la DRFN y
poner a su disposición la información solicitada a tales fines.
24.- CAPACITACION
Se deberá prever en cada centro regional, como asi mismo, en la
Coordinación General, la capacitación técnica y práctica de personal
que actúe en tareas de presupresión y combate a nivel de Combatiente,
Brigada e Incendio.
Se elaborará los programas de estudios técnicos y prácticos.
Se desarrollarán en los Centros Regionales, compuestos por los tres
Módulos que se describen:
1.- Nivelación. Incluye los siguientes temas:
• Principios básicos de combustión.
• Combustibles forestales.
• Comportamiento del fuego.
• Herramientas manuales.
• Construcción de Líneas.
• Secuencias de herramientas.
• Métodos de Combate.
• Liquidación de incendios.
• Organización para el combate.
• Seguridad.
Detección.
2.- Práctica con herramientas y equipos específicos.
3.- Práctico contemplando las distintas técnicas de combate.
OBJETIVO DE LA CAPACITACION
Formar capacitadores provinciales, a nivel Combatiente, Brigada e
Incendio.
e. 7/4 N° 181.635 v. 7/4/97